Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pareja de hecho en Barcelona 2013

88 Comentarios
Viendo 61 - 80 de 88 comentarios
10/03/2014 14:15
Hola.

De ante manó felicitar este portal por el gran aporte que le hace al tema, buena explicación,fluida experiencia en fin me a sido de mucha ayuda gracias.


Quiero consultar lo siguiente:

Mi pareja es italiana tememos 7 meses empadronados en Barcelona en la misma vivienda roquetas, ella lleva 9 años viviendo en Barcelona tiene contrato de trabajo indefinido y yo 1año y mi visa de paseo ya expiro hace 9 meses y queremos hacer pareja de hecho en santa coloma, tengo todos mi documentó expedido por mi país republica Dominica todo legalizado, esta civil y los demás. Ella que necesita quiero saber como hacer todo para la pareja de hecho y luego solicitar la tarjeta comunitaria.



Muchas gracias espero pronta respuesta.....
11/03/2014 08:32
Buenos dias. Mi consulta es la siguiente.
Soy viudo con 2 niñas desde el 2007. Cobro una pequeña paga de viudedad y otra de orfandad por mis hijas. Desde hace 3 años aprox vivo con mi actual pareja. Ella esta empadronada en mi misma vivienda, pero no somos pareja de hecho con papeles registrados. Somos de Barcelona. Se que tenemos un régimen de parejas de hecho en el cual no es necesario inscribirse, pero no se si eso es suficiente para que me puediera quitar la paga de viudedad y de horfandad de mis hijas. Espero su respuesta.
Gracias.
22/03/2014 18:36
Hola, tengo una duda tambien quiero hacer una pareja de hecho yo y mi pareja estamos empadrionados en un piso de Badalona, pero tenemos que registrar como pareja de hecho en Sant adria de Besos o en Sant Coloma de Gramenet. mi Suegros viven en Sant Coloma puedemos nos empadrionar en el piso de mi suegros, se puede estar empadrionado en duas viviendas a mismo tiempo hay algun problema.

Gracias
22/03/2014 18:44
Chuchucao tu caso es bien parecido al mio puedemos entrar en contato para hablamos.

Gracias!!!
24/03/2014 18:03
Muy buenas tardes , referente a la misma situacion de todos , con mi pareja estamos inscritos ante notario y hemos presentado los papeles en Extranjeria, los que nos piden un registro oficial , obviamente que en Barcelona no existe , ya hemos hablado con distintos ayuntamientos y todos nos dicen que la unica opcion es estar empadronados alli, cosa que es dificil de hacer ya que no conocemos a nadie en esos lugares . y si es algo completamente legal el hacer el acta notarial no entendemos porque hay que hacer una segunda inscripcion. existe alguna alternativa para este problema? como un registro general en espana? o las soluciones son nulas?
Gracias.
01/04/2014 15:10
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:

Mi pareja (extranjera) y yo (ciudadano español) llevamos menos de dos años empadronados en el mismo domicilio en Barcelona. En el caso de querer registrarnos como pareja de hecho en una comunidad autonoma que no sea Catalunya (una vez empadronados en dicho municipio) ¿ habría inconveniente posteriormente en presentar la solicitud de residencia de familiar comunitario en Barcelona (al poco tiempo de habernos inscrito)? La escritura publica de pareja estable se habría efectuado en la localidad del registro (fuera de Catalunya)

Muchas gracias
01/05/2014 21:57
Buenos días Conde,

Ante todo felicitaciones por la profesionalidad del foro.

Ya he leído todo el hilo de parejas de hecho y casos similares al mío, pero aún tengo algunas dudas que planteo a continuación. En mi caso, mi novia es extracomunitaria y yo soy nacido en Colombia pero con nacionalidad italiana. Llevamos dos años conviviendo juntos en Barcelona y hemos cambiado de piso/padrón tres veces. Entiendo que debemos empadronarnos en otro municipio que tenga el registro de parejas habilitado para solicitar la inscripción (luego de pasar por notario para dar fé de la unión estable). Mis inquietudes son las siguientes:

1- He leído por otro caso que le han rechazado el registro de la pareja de hecho luego de que la policía local investigara su situación de vivienda. Pensaba que podría cambiar de padrón con el favor de alguna amistad pero seguir conviviendo en Bcn, si estas investigaciones de la policía ocurren no podría hacerlo. Debo mudarme de pleno al otro municipio?.

2- En caso de realizar satisfactoriamente el registro de la pareja y solicitar la cita previa en extranjería, entiendo que me pedirán entre otros documentos, acreditar soportes económicos. En mi caso ambos trabajamos, yo estoy en la fase de contrato de una beca doctoral pero no es indefinido (se vence a final de este año), mi novia trabaja como becaria en una empresa que ofrece cambiar su contrato una vez obtenga la residencia. Existe un monto mínimo exigido por extranjería para validar los recursos económicos.

Muchas gracias de antemano por los consejos y aclaraciones que nos pueda brindar,

Cordial saludo.
02/05/2014 18:39
Hola.

1.- Para inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho del respectivo municipio, deben estar empadronados en la misma vivienda. Debe constatar, según sea el municipio, que no exija la normativa reguladora un tiempo mínimo de antigüedad padronal, como han empezado a exigir algunos municipios, para luchar contra el fraude.

2.- Es necesario y conveniente que, primeramente, pase por una notaría, para que formalice su relación por escritura pública.

3.- En la Oficina de Extranjería, quien debe presentar recursos económicos es la persona nacional del Estado miembro de la Unión Europea, no su conviviente extracomunitario. Usted y exclusivamente usted, será quien deberá acreditar ser trabajador por cuenta ajena o propia (es indiferente, en el caso de ser trabajador por cuenta ajena, que el contrato sea temporal y si gana mucho o poco, lo importante es ser trabajador y estar en situación de alta en la Seguridad Social).

Yo tuve un contrato doctoral como el que tiene usted ahora (contrato para elaborar un trabajo de investigación). Es suficiente para este procedimiento. Basta que lleve el contrato en vigor. Con él, ya pueden mirar en el sistema informático si está en situación de alta en la Seguridad Social y queda acreditada su calidad de trabajador, lo cual es suficiente para que se le pueda hacer extensivo el derecho de residencia en régimen comunitario a su conviviente extracomunitaria.

4.- Es importante que ambos cuenten con sus certificados de estado civil, ya que los necesitarán para todos los trámites.

Cualquier otra duda, puede escribirme a condedecartagena@hotmail.com

Un cordial saludo.

23/05/2014 17:28
Hola Conde! Gracias por las respuestas.

Comparto aqui una duda con este tema. Y
Ya tengo el registro de pareja de hecho en el pueblo de El Masnou, donde no se pide tiempo minimo de convivencia. Pero no vivimos actualmente ahi, aun que seguimis empadronados.

Antes de entrar con el pedido de permiso de residencia en la extranjeria, nos gustaria mudar el empadronamiento para el sitio donde estaremos viviendo. Esto puede complicar el proceso o cancelar el, registro de pareja de hecho? Podrias orientarnos en este caso?

Muchas gracias
23/05/2014 20:35
Hola:

1.- Es conveniente que permanezcan empadronados en la misma vivienda, hasta tanto se resuelva sobre la concesión de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

2.- Sobre la posibilidad de que se cancele la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de El Masnou por cambiar de domicilio a otra vivienda: debe consultarlo con el Ayuntamiento, ya que dependerá de lo que disponga el Reglamento municipal respectivo.

Un cordial saludo.
25/07/2014 11:20
Gracias a este portal por aportarme la información necesaria para poder conseguir mi tarjeta de residencia..

Seguí todos los paso y salió todo bien...,


Muchísimas gracias..👍👍👍
12/08/2014 04:02
buenas noches, condedecartagena he leído los mensajes a los que das respuestas y me parece maravilloso. Quisiera hacer la siguiente consulta soy de Colombia y a fin de año viajare a España con visado de turista para encontrarme con mi novio que es de España, quisiéramos aprovechar para otorgar escritura pública como pareja de hecho, para lo cual aprovecharé para empadronarme, sin embargo en los requisitos para hacer ese trámite en la notaría observo que se tiene que llevar tarjeta de identidad de extranjero eso significa que ¿al ir yo de turista no podríamos realizar la escritura ya que no cuento con dicha tarjeta? ¿tendríamos alguna opción para poder realizar el trámite?
06/12/2014 22:24
Hola Condedecartagena, primero quisiera felicitarle y agradecerle por la gran labor, que no parece nada fácil, que hace en este foro.

Yo he leído ya todo y todo me queda bastante claro, solo me quedan algunas dudas sobre mi situación de extranjera en España.

Yo vine como estudiante y mi NIE de estudiante venció en octubre, o sea que ahora estoy en mis 90 días "de gracia" o de turista, antes de encontrarme en situación irregular, de los que ya habrán corrido 50 el día 19 de diciembre que me voy a México.

Ahora iré a México un mes y al regresar, tengo entendido que me quedan otros 40 días de turista (¿es asi?) en los que pretendo realizar los trámites de pareja de hecho y solicitud de residencia como familiar de comunitario.

Yo soy mexicana y vivo en Barcelona desde hace un año y dos meses y con mi novio belga desde hace 6 meses, no estamos empadronados en el mismo domicilio, pero esto no ha parecido ser una barrera para tener el registro de pareja estable ante un notario, ya que aunque no hemos procedido con el documento, he consultado ya con un notario y pretendemos hacerlo en esta semana, antes de que yo me vaya. Ese es el primer paso, y el segundo paso es que mi novio (belga) se de de alta como autónomo, lo cual también está ya en proceso.

Una vez que tengamos documento notarial de pareja estable y él se dé de alta como autónomo nos quedan los siguientes pasos (creo, y quisiera que me corrigiera en caso de que me faltara alguno)

1- Obtener ambos certificado de soltería (yo en el consulado de México y él siendo belga ¿dónde?), la mía será en castellano así que no habrá necesidad de traducción pero sí de legalización ¿cierto? y la de él que vendrá en flamenco debe ser traducida y legalizada. Si es así, dónde hacemos este tramite de legalizar y traducir las actas de soltería?

2- Mudarnos a un municipio donde se permita el registro de parejas de hecho, empadronarnos ahí y hacer el registro con el documento notarial, empadronamiento y certificados de soltería.

3- Solicitar cita en extranjería calle Murcia e ir con toda la documentación (Pasaporte mío, NIE y registro como autónomo suyo, documentos de pareja de hecho -ambos notarial y del ayuntamiento correspondiente-, certificados de soltería traducidos y legalizados, y certificados de empadronamiento en el mismo domicilio... ¿me he saltado algún documento?)

Después de esto, todo debe resultar favorable. Mi duda es si tengo que hacer todo esto en los 40 días de derecho a estar aquí sin caer en situación irregular, y si es así, ¿Cree usted que será suficiente el tiempo? O no es necesario que todo se haga en estos 40 días?

Muchas gracias de antemano por toda la información ya aportada le mandamos un gran abrazo.

Ana y Matthias

10/12/2014 20:16
Hola:

No es como usted ha interpretado:

A) Si estaba como titular de unan autorización de estancia por estudios, NO TIENE 90 DÍAS DE GRACIA COMO TURISTA.

Lo que tiene es un plazo extraordinario de TRES MESES para solicitar la prórroga de su autorización de estancia por estudios en Esp
07/01/2015 14:20
Hola! tengo una pregunta sobre el sustento economico que actualmente piden para tramitar la tarjeta comunitaria al hacer pareja de hecho

Mi pareja es estudiante universitaria, es Española y yo tengo nie de estudiante, queremos hacer pareja de hecho vivimos en Barcelona, pero ella no tiene contrato laboral, esto es impedimento para iniciar el proceso de pareja de hecho y la tarjeta comunitaria? que opciones tendría?

Gracias
Buena Semana
08/01/2015 19:22
Hola:


De acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 2004/38/CE; el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero y la Orden Ministerial PRE/1490/2012, de 9 de julio, cuando se trata de estudiantes matriculados en centros educativos españoles, se les exige una DECLARACIÓN RESPONSABLE, en la que deberá constar:

A) Que está matriculado en una institución educativa española (debe adjuntarse copia compulsada de la matrícula).

B) Que cuenta con recursos económicos suficientes para su subsistencia y la del conviviente de hecho registrado a su cargo.

C) Que cuenta con seguro médico, público o privado (debe aportar documento acreditativo).

No existe un modelo oficial de la declaración responsable, aunque en algunas Oficinas de Extranjería pueden tener un modelo preparado por ellas, para facilitar el despacho. Es conveniente llevarlo redactado, incluyendo los extremos que deben constar y prueba de la matrícula y del seguro médico.

Para los estudiantes existe una disposición específica, que es la que debe aplicarse en todo caso, no la general que se aplica a los trabajadores. Debe tenerse en cuenta esto especialmente, porque en ciertas dependencias públicas, el personal que atiende directamente no siempre tiene presente que en la normativa en vigor aplicable existen disposiciones específicas para el supuesto de que el ciudadano de la Unión sea un estudiante matriculado en cualquier centro de estudios, público o privado y tienden a requerirles los mismos documentos que se debe exigir a los trabajadores, por lo cual, debe hacerse hincapié al momento de presentar la solicitud que se trata de un estudiante.

Por otra parte, no olvide que lo que le da el derecho de residencia en régimen comunitario es la INSCRIPCIÓN en un REGISTRO PÚBLICO establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, no el mero hecho de haber formalizado la relación. Esto es especialmente relevante en el ámbito de Cataluña, donde el Derecho Civil de Cataluña prevé la unión de pareja estable y permite que se formalice mediante escritura pública, pero, en cambio, no ha previsto que se cree un Registro Público autonómico, ni Registros Municipales para que sean inscritas, por lo cual, el mero otorgamiento de la escritura pública de formalización, si bien produce efectos en el ámbito del Derecho Civil de Cataluña y en otros ámbitos normativos donde se admita como prueba la copia de la escritura pública, en cambio, a efectos de la aplicación del régimen comunitario, es INDISPENSABLE la INSCRIPCIÓN. Y en Cataluña, como ha quedado dicho, no existe un Registro Autonómico, sino sólo Registros Municipales y no todos los Ayuntamientos tienen Registro de Parejas Estables. Barcelona capital, por ejemplo, no lo tiene desde diciembre de 2011.

Un cordial saludo.
11/05/2015 23:13
Conde, Hola!

Te escribo porque soy Chilena, tengo visa de estudiante que me vence el próximo mes y estoy viendo la posibilidad con mi pareja española de sacar el Permiso de residencia para la pareja estable de un ciudadano comunitario. Me gustaría saber si es posible?, dónde se hace? y qué papeles necesito?

Por favor, sería de gran ayuda!!
Muchas gracias.
12/05/2015 19:57
Hola:

No indica usted en qué provincia vive. Es importante especificarlo, pues puede ser que en su provincia - comunidad autónoma, exista posibilidad de inscribirse en algún Registro de parejas estables y tenga derecho al régimen comunitario.

Si sólo tiene medios de prueba de que es pareja estable, pero no consta inscrita en ningún Registro, puede acogerse a la Disposición adicional vigésimo tercera del Reglamento de la Ley de Extranjería y solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Pero necesitará, en todo caso, contar con documento público que acredite que son pareja de hecho, como puede ser un acta notarial o una escritura pública de formalización de unión de pareja estable.

Un cordial saludo.
17/05/2015 20:29
Hola.
Quisiera información de cómo mi novia, de Venezuela, podría quedarse legalmente en España.
Paso a explicar nuestra situación:
Yo soy ciudadano español, de una localidad de Barcelona (Mollet del Vallés) en cuyo ayuntamiento no se si existe ya el registro para parejas de hecho. Tengo trabajo y vivienda propia, y soy mayor de edad emancipado.
Ella es de Venezuela y viene a España el próximo mes con un visado de turismo.
La idea es hacernos pareja de hecho para que pueda quedarse ya conmigo empadronada en mi casa.
Hemos estado leyendo y parece que ésto solamente es posible empadronándonos en en ayuntamiento de Cerdanyola o de Santa Coloma. Es posible que consiga que alguien nos haga el favor de permitirnos empadronarnos en su casa para realizar los trámites, pero me surgen varias dudas, entre ellas que para que nos otorguen el documento publico ante notario, creo que es necesaria la tarjeta de identidad de extrangeria, pero creo que ella no cumple los requisitos para obtenerla.
La verdad, estamos desesperados porque falta un mes para que ella llegue y no tenemos ni idea de qué podremos hacer ni de qué papeles ha de tramitar ella antes de venir, y lo que nos preocupa es que si durante su estancia de turismo no conseguimos ser pareja de hecho, ella tendrá que regresar con una casi total imposibilidad de volver a España, sobretodo por el tema económico.
Muchas gracias.
21/05/2015 00:28
hola! puedo tramitar mis papeles con mi pareja,somo ciudadanos nicaraguenses los 2,pero estamos inscritos comopareja de echo no casados estable desde hace 6 meses,
pero mi inquietud es que en su nomina solo le sale de 626e,que puede hacerse en ese caso,ya que con contrato de trabajo me lo denegaron. puedes explicarme los pasos y requisitos porfa.
Pareja de hecho en Barcelona 2013 | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pareja de hecho en Barcelona 2013

88 Comentarios
Viendo 61 - 80 de 88 comentarios
10/03/2014 14:15
Hola.

De ante manó felicitar este portal por el gran aporte que le hace al tema, buena explicación,fluida experiencia en fin me a sido de mucha ayuda gracias.


Quiero consultar lo siguiente:

Mi pareja es italiana tememos 7 meses empadronados en Barcelona en la misma vivienda roquetas, ella lleva 9 años viviendo en Barcelona tiene contrato de trabajo indefinido y yo 1año y mi visa de paseo ya expiro hace 9 meses y queremos hacer pareja de hecho en santa coloma, tengo todos mi documentó expedido por mi país republica Dominica todo legalizado, esta civil y los demás. Ella que necesita quiero saber como hacer todo para la pareja de hecho y luego solicitar la tarjeta comunitaria.



Muchas gracias espero pronta respuesta.....
11/03/2014 08:32
Buenos dias. Mi consulta es la siguiente.
Soy viudo con 2 niñas desde el 2007. Cobro una pequeña paga de viudedad y otra de orfandad por mis hijas. Desde hace 3 años aprox vivo con mi actual pareja. Ella esta empadronada en mi misma vivienda, pero no somos pareja de hecho con papeles registrados. Somos de Barcelona. Se que tenemos un régimen de parejas de hecho en el cual no es necesario inscribirse, pero no se si eso es suficiente para que me puediera quitar la paga de viudedad y de horfandad de mis hijas. Espero su respuesta.
Gracias.
22/03/2014 18:36
Hola, tengo una duda tambien quiero hacer una pareja de hecho yo y mi pareja estamos empadrionados en un piso de Badalona, pero tenemos que registrar como pareja de hecho en Sant adria de Besos o en Sant Coloma de Gramenet. mi Suegros viven en Sant Coloma puedemos nos empadrionar en el piso de mi suegros, se puede estar empadrionado en duas viviendas a mismo tiempo hay algun problema.

Gracias
22/03/2014 18:44
Chuchucao tu caso es bien parecido al mio puedemos entrar en contato para hablamos.

Gracias!!!
24/03/2014 18:03
Muy buenas tardes , referente a la misma situacion de todos , con mi pareja estamos inscritos ante notario y hemos presentado los papeles en Extranjeria, los que nos piden un registro oficial , obviamente que en Barcelona no existe , ya hemos hablado con distintos ayuntamientos y todos nos dicen que la unica opcion es estar empadronados alli, cosa que es dificil de hacer ya que no conocemos a nadie en esos lugares . y si es algo completamente legal el hacer el acta notarial no entendemos porque hay que hacer una segunda inscripcion. existe alguna alternativa para este problema? como un registro general en espana? o las soluciones son nulas?
Gracias.
01/04/2014 15:10
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:

Mi pareja (extranjera) y yo (ciudadano español) llevamos menos de dos años empadronados en el mismo domicilio en Barcelona. En el caso de querer registrarnos como pareja de hecho en una comunidad autonoma que no sea Catalunya (una vez empadronados en dicho municipio) ¿ habría inconveniente posteriormente en presentar la solicitud de residencia de familiar comunitario en Barcelona (al poco tiempo de habernos inscrito)? La escritura publica de pareja estable se habría efectuado en la localidad del registro (fuera de Catalunya)

Muchas gracias
01/05/2014 21:57
Buenos días Conde,

Ante todo felicitaciones por la profesionalidad del foro.

Ya he leído todo el hilo de parejas de hecho y casos similares al mío, pero aún tengo algunas dudas que planteo a continuación. En mi caso, mi novia es extracomunitaria y yo soy nacido en Colombia pero con nacionalidad italiana. Llevamos dos años conviviendo juntos en Barcelona y hemos cambiado de piso/padrón tres veces. Entiendo que debemos empadronarnos en otro municipio que tenga el registro de parejas habilitado para solicitar la inscripción (luego de pasar por notario para dar fé de la unión estable). Mis inquietudes son las siguientes:

1- He leído por otro caso que le han rechazado el registro de la pareja de hecho luego de que la policía local investigara su situación de vivienda. Pensaba que podría cambiar de padrón con el favor de alguna amistad pero seguir conviviendo en Bcn, si estas investigaciones de la policía ocurren no podría hacerlo. Debo mudarme de pleno al otro municipio?.

2- En caso de realizar satisfactoriamente el registro de la pareja y solicitar la cita previa en extranjería, entiendo que me pedirán entre otros documentos, acreditar soportes económicos. En mi caso ambos trabajamos, yo estoy en la fase de contrato de una beca doctoral pero no es indefinido (se vence a final de este año), mi novia trabaja como becaria en una empresa que ofrece cambiar su contrato una vez obtenga la residencia. Existe un monto mínimo exigido por extranjería para validar los recursos económicos.

Muchas gracias de antemano por los consejos y aclaraciones que nos pueda brindar,

Cordial saludo.
02/05/2014 18:39
Hola.

1.- Para inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho del respectivo municipio, deben estar empadronados en la misma vivienda. Debe constatar, según sea el municipio, que no exija la normativa reguladora un tiempo mínimo de antigüedad padronal, como han empezado a exigir algunos municipios, para luchar contra el fraude.

2.- Es necesario y conveniente que, primeramente, pase por una notaría, para que formalice su relación por escritura pública.

3.- En la Oficina de Extranjería, quien debe presentar recursos económicos es la persona nacional del Estado miembro de la Unión Europea, no su conviviente extracomunitario. Usted y exclusivamente usted, será quien deberá acreditar ser trabajador por cuenta ajena o propia (es indiferente, en el caso de ser trabajador por cuenta ajena, que el contrato sea temporal y si gana mucho o poco, lo importante es ser trabajador y estar en situación de alta en la Seguridad Social).

Yo tuve un contrato doctoral como el que tiene usted ahora (contrato para elaborar un trabajo de investigación). Es suficiente para este procedimiento. Basta que lleve el contrato en vigor. Con él, ya pueden mirar en el sistema informático si está en situación de alta en la Seguridad Social y queda acreditada su calidad de trabajador, lo cual es suficiente para que se le pueda hacer extensivo el derecho de residencia en régimen comunitario a su conviviente extracomunitaria.

4.- Es importante que ambos cuenten con sus certificados de estado civil, ya que los necesitarán para todos los trámites.

Cualquier otra duda, puede escribirme a condedecartagena@hotmail.com

Un cordial saludo.

23/05/2014 17:28
Hola Conde! Gracias por las respuestas.

Comparto aqui una duda con este tema. Y
Ya tengo el registro de pareja de hecho en el pueblo de El Masnou, donde no se pide tiempo minimo de convivencia. Pero no vivimos actualmente ahi, aun que seguimis empadronados.

Antes de entrar con el pedido de permiso de residencia en la extranjeria, nos gustaria mudar el empadronamiento para el sitio donde estaremos viviendo. Esto puede complicar el proceso o cancelar el, registro de pareja de hecho? Podrias orientarnos en este caso?

Muchas gracias
23/05/2014 20:35
Hola:

1.- Es conveniente que permanezcan empadronados en la misma vivienda, hasta tanto se resuelva sobre la concesión de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

2.- Sobre la posibilidad de que se cancele la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de El Masnou por cambiar de domicilio a otra vivienda: debe consultarlo con el Ayuntamiento, ya que dependerá de lo que disponga el Reglamento municipal respectivo.

Un cordial saludo.
25/07/2014 11:20
Gracias a este portal por aportarme la información necesaria para poder conseguir mi tarjeta de residencia..

Seguí todos los paso y salió todo bien...,


Muchísimas gracias..👍👍👍
12/08/2014 04:02
buenas noches, condedecartagena he leído los mensajes a los que das respuestas y me parece maravilloso. Quisiera hacer la siguiente consulta soy de Colombia y a fin de año viajare a España con visado de turista para encontrarme con mi novio que es de España, quisiéramos aprovechar para otorgar escritura pública como pareja de hecho, para lo cual aprovecharé para empadronarme, sin embargo en los requisitos para hacer ese trámite en la notaría observo que se tiene que llevar tarjeta de identidad de extranjero eso significa que ¿al ir yo de turista no podríamos realizar la escritura ya que no cuento con dicha tarjeta? ¿tendríamos alguna opción para poder realizar el trámite?
06/12/2014 22:24
Hola Condedecartagena, primero quisiera felicitarle y agradecerle por la gran labor, que no parece nada fácil, que hace en este foro.

Yo he leído ya todo y todo me queda bastante claro, solo me quedan algunas dudas sobre mi situación de extranjera en España.

Yo vine como estudiante y mi NIE de estudiante venció en octubre, o sea que ahora estoy en mis 90 días "de gracia" o de turista, antes de encontrarme en situación irregular, de los que ya habrán corrido 50 el día 19 de diciembre que me voy a México.

Ahora iré a México un mes y al regresar, tengo entendido que me quedan otros 40 días de turista (¿es asi?) en los que pretendo realizar los trámites de pareja de hecho y solicitud de residencia como familiar de comunitario.

Yo soy mexicana y vivo en Barcelona desde hace un año y dos meses y con mi novio belga desde hace 6 meses, no estamos empadronados en el mismo domicilio, pero esto no ha parecido ser una barrera para tener el registro de pareja estable ante un notario, ya que aunque no hemos procedido con el documento, he consultado ya con un notario y pretendemos hacerlo en esta semana, antes de que yo me vaya. Ese es el primer paso, y el segundo paso es que mi novio (belga) se de de alta como autónomo, lo cual también está ya en proceso.

Una vez que tengamos documento notarial de pareja estable y él se dé de alta como autónomo nos quedan los siguientes pasos (creo, y quisiera que me corrigiera en caso de que me faltara alguno)

1- Obtener ambos certificado de soltería (yo en el consulado de México y él siendo belga ¿dónde?), la mía será en castellano así que no habrá necesidad de traducción pero sí de legalización ¿cierto? y la de él que vendrá en flamenco debe ser traducida y legalizada. Si es así, dónde hacemos este tramite de legalizar y traducir las actas de soltería?

2- Mudarnos a un municipio donde se permita el registro de parejas de hecho, empadronarnos ahí y hacer el registro con el documento notarial, empadronamiento y certificados de soltería.

3- Solicitar cita en extranjería calle Murcia e ir con toda la documentación (Pasaporte mío, NIE y registro como autónomo suyo, documentos de pareja de hecho -ambos notarial y del ayuntamiento correspondiente-, certificados de soltería traducidos y legalizados, y certificados de empadronamiento en el mismo domicilio... ¿me he saltado algún documento?)

Después de esto, todo debe resultar favorable. Mi duda es si tengo que hacer todo esto en los 40 días de derecho a estar aquí sin caer en situación irregular, y si es así, ¿Cree usted que será suficiente el tiempo? O no es necesario que todo se haga en estos 40 días?

Muchas gracias de antemano por toda la información ya aportada le mandamos un gran abrazo.

Ana y Matthias

10/12/2014 20:16
Hola:

No es como usted ha interpretado:

A) Si estaba como titular de unan autorización de estancia por estudios, NO TIENE 90 DÍAS DE GRACIA COMO TURISTA.

Lo que tiene es un plazo extraordinario de TRES MESES para solicitar la prórroga de su autorización de estancia por estudios en Esp
07/01/2015 14:20
Hola! tengo una pregunta sobre el sustento economico que actualmente piden para tramitar la tarjeta comunitaria al hacer pareja de hecho

Mi pareja es estudiante universitaria, es Española y yo tengo nie de estudiante, queremos hacer pareja de hecho vivimos en Barcelona, pero ella no tiene contrato laboral, esto es impedimento para iniciar el proceso de pareja de hecho y la tarjeta comunitaria? que opciones tendría?

Gracias
Buena Semana
08/01/2015 19:22
Hola:


De acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 2004/38/CE; el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero y la Orden Ministerial PRE/1490/2012, de 9 de julio, cuando se trata de estudiantes matriculados en centros educativos españoles, se les exige una DECLARACIÓN RESPONSABLE, en la que deberá constar:

A) Que está matriculado en una institución educativa española (debe adjuntarse copia compulsada de la matrícula).

B) Que cuenta con recursos económicos suficientes para su subsistencia y la del conviviente de hecho registrado a su cargo.

C) Que cuenta con seguro médico, público o privado (debe aportar documento acreditativo).

No existe un modelo oficial de la declaración responsable, aunque en algunas Oficinas de Extranjería pueden tener un modelo preparado por ellas, para facilitar el despacho. Es conveniente llevarlo redactado, incluyendo los extremos que deben constar y prueba de la matrícula y del seguro médico.

Para los estudiantes existe una disposición específica, que es la que debe aplicarse en todo caso, no la general que se aplica a los trabajadores. Debe tenerse en cuenta esto especialmente, porque en ciertas dependencias públicas, el personal que atiende directamente no siempre tiene presente que en la normativa en vigor aplicable existen disposiciones específicas para el supuesto de que el ciudadano de la Unión sea un estudiante matriculado en cualquier centro de estudios, público o privado y tienden a requerirles los mismos documentos que se debe exigir a los trabajadores, por lo cual, debe hacerse hincapié al momento de presentar la solicitud que se trata de un estudiante.

Por otra parte, no olvide que lo que le da el derecho de residencia en régimen comunitario es la INSCRIPCIÓN en un REGISTRO PÚBLICO establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, no el mero hecho de haber formalizado la relación. Esto es especialmente relevante en el ámbito de Cataluña, donde el Derecho Civil de Cataluña prevé la unión de pareja estable y permite que se formalice mediante escritura pública, pero, en cambio, no ha previsto que se cree un Registro Público autonómico, ni Registros Municipales para que sean inscritas, por lo cual, el mero otorgamiento de la escritura pública de formalización, si bien produce efectos en el ámbito del Derecho Civil de Cataluña y en otros ámbitos normativos donde se admita como prueba la copia de la escritura pública, en cambio, a efectos de la aplicación del régimen comunitario, es INDISPENSABLE la INSCRIPCIÓN. Y en Cataluña, como ha quedado dicho, no existe un Registro Autonómico, sino sólo Registros Municipales y no todos los Ayuntamientos tienen Registro de Parejas Estables. Barcelona capital, por ejemplo, no lo tiene desde diciembre de 2011.

Un cordial saludo.
11/05/2015 23:13
Conde, Hola!

Te escribo porque soy Chilena, tengo visa de estudiante que me vence el próximo mes y estoy viendo la posibilidad con mi pareja española de sacar el Permiso de residencia para la pareja estable de un ciudadano comunitario. Me gustaría saber si es posible?, dónde se hace? y qué papeles necesito?

Por favor, sería de gran ayuda!!
Muchas gracias.
12/05/2015 19:57
Hola:

No indica usted en qué provincia vive. Es importante especificarlo, pues puede ser que en su provincia - comunidad autónoma, exista posibilidad de inscribirse en algún Registro de parejas estables y tenga derecho al régimen comunitario.

Si sólo tiene medios de prueba de que es pareja estable, pero no consta inscrita en ningún Registro, puede acogerse a la Disposición adicional vigésimo tercera del Reglamento de la Ley de Extranjería y solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Pero necesitará, en todo caso, contar con documento público que acredite que son pareja de hecho, como puede ser un acta notarial o una escritura pública de formalización de unión de pareja estable.

Un cordial saludo.
17/05/2015 20:29
Hola.
Quisiera información de cómo mi novia, de Venezuela, podría quedarse legalmente en España.
Paso a explicar nuestra situación:
Yo soy ciudadano español, de una localidad de Barcelona (Mollet del Vallés) en cuyo ayuntamiento no se si existe ya el registro para parejas de hecho. Tengo trabajo y vivienda propia, y soy mayor de edad emancipado.
Ella es de Venezuela y viene a España el próximo mes con un visado de turismo.
La idea es hacernos pareja de hecho para que pueda quedarse ya conmigo empadronada en mi casa.
Hemos estado leyendo y parece que ésto solamente es posible empadronándonos en en ayuntamiento de Cerdanyola o de Santa Coloma. Es posible que consiga que alguien nos haga el favor de permitirnos empadronarnos en su casa para realizar los trámites, pero me surgen varias dudas, entre ellas que para que nos otorguen el documento publico ante notario, creo que es necesaria la tarjeta de identidad de extrangeria, pero creo que ella no cumple los requisitos para obtenerla.
La verdad, estamos desesperados porque falta un mes para que ella llegue y no tenemos ni idea de qué podremos hacer ni de qué papeles ha de tramitar ella antes de venir, y lo que nos preocupa es que si durante su estancia de turismo no conseguimos ser pareja de hecho, ella tendrá que regresar con una casi total imposibilidad de volver a España, sobretodo por el tema económico.
Muchas gracias.
21/05/2015 00:28
hola! puedo tramitar mis papeles con mi pareja,somo ciudadanos nicaraguenses los 2,pero estamos inscritos comopareja de echo no casados estable desde hace 6 meses,
pero mi inquietud es que en su nomina solo le sale de 626e,que puede hacerse en ese caso,ya que con contrato de trabajo me lo denegaron. puedes explicarme los pasos y requisitos porfa.