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Pareja de hecho. Visado de estudiante.

1 Comentarios
 
Pareja de hecho. visado de estudiante.
22/03/2019 12:25
Estoy viviendo en España desde hace 6 meses con un visado de estudiante, tengo NIE y estoy empadronado en mi vivienda. Quiero que mi novia viva conmigo legalmente durante toda mi estancia en España. Ella vendrá con un visado por 3 meses y quiero saber si podemos inscribirnos como pareja de hecho en España. Posteriormente, ella volvería a su país y solicitaría visado de familiar de estudiante desde allí. ¿Es posible que nos podamos inscribir como pareja de hecho en estas circunstancias?
22/03/2019 20:36
Lcarri
Hola:

Depende de lo que establezca la normativa de la Comunidad Autónoma en la que resida o si no existe regulación autonómica, lo que establezca la regulación del respectivo Ayuntamiento si tuviera establecido un Registro de Parejas Estables.

En Cataluña sería posible si se formaliza por escritura pública ( pues ustedes no pueden acreditar al menos dos años de convivencia continuada, ni tienen descendencia en común). Pero en la Comunidad de Madrid, la normativa en vigor exige que hayan convivido durante 12 meses de forma continuada. Y en el resto de Comunidades Autónomas, hay que estarse a lo que prevea su normativa específica. Tenga en cuenta que en España no hay regulación estatal de las parejas de hecho, sino que ha sido materia de regulación autonómica y municipal.

Un cordial saludo.
Pareja de hecho. Visado de estudiante. | PorticoLegal
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Pareja de hecho. visado de estudiante.
22/03/2019 12:25
Estoy viviendo en España desde hace 6 meses con un visado de estudiante, tengo NIE y estoy empadronado en mi vivienda. Quiero que mi novia viva conmigo legalmente durante toda mi estancia en España. Ella vendrá con un visado por 3 meses y quiero saber si podemos inscribirnos como pareja de hecho en España. Posteriormente, ella volvería a su país y solicitaría visado de familiar de estudiante desde allí. ¿Es posible que nos podamos inscribir como pareja de hecho en estas circunstancias?
22/03/2019 20:36
Lcarri
Hola:

Depende de lo que establezca la normativa de la Comunidad Autónoma en la que resida o si no existe regulación autonómica, lo que establezca la regulación del respectivo Ayuntamiento si tuviera establecido un Registro de Parejas Estables.

En Cataluña sería posible si se formaliza por escritura pública ( pues ustedes no pueden acreditar al menos dos años de convivencia continuada, ni tienen descendencia en común). Pero en la Comunidad de Madrid, la normativa en vigor exige que hayan convivido durante 12 meses de forma continuada. Y en el resto de Comunidades Autónomas, hay que estarse a lo que prevea su normativa específica. Tenga en cuenta que en España no hay regulación estatal de las parejas de hecho, sino que ha sido materia de regulación autonómica y municipal.

Un cordial saludo.