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pareja de hecho

10 Comentarios
 
Pareja de hecho
20/05/2011 19:27
soy portugues mi pareja es española llevamos 23 años juntos tenemos un hijo de 14 años vivimos en la comonidad valenciana y queremos ser pareja de echo.que nesesito?
20/05/2011 20:29
Hola. Como ella es española y usted ciudadano de la Unión Europea, no hay aspectos de Extranjería relevantes posteriores a la inscripción. Solo tendrán que inscribirse como pareja de hecho en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Valenciana, a cargo de la Consejería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas de la Generalitat Valenciana. Debe pedir cita previa, según donde viva, en la sede central en la ciudad de Valencia o en las Direcciones Territoriales de la Generalitat Valenciana en Castellón o en Alicante:

Registro General de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas:
Registro Administrativo de Uniones de Hecho de la Comunidad Valenciana
C/ Avellanas, 14 BAJO – 46003. Valencia.
Telf: Tel: 961925164
Horario: lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.


DIRECCIÓN TERRITORIAL DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE ALICANTE
RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, 41 (TORRE DE LA GENERALITAT)- 03001 ALACANT/ALICANTE
Tel: 966478086-55

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE CASTELLÓN
C/ MAYOR, 78 (CASA DE LOS CARACOLES) - 12001 CASTELLÓ DE LA PLANA/CASTELLÓN DE LA PLANA
Tel: 964358240 - 964358206

Deben llevar con ustedes dos testigos mayores de edad, plenamente capaces, conocedores de que, en efecto, ustedes son pareja de hecho. Los testigos pueden ser españoles o extranjeros residentes legales en España.

Es fundamental que usted solicite en su Consulado o mande a solicitar en su país el certificado de estado civil (debe indicar que usted no está unido con otra persona mediante vínculo matrimonial). Si lo expide el Consulado, está exento de legalización en virtud del Convenio Europeo de Londres, pero no de traducción oficial al castellano. Puede optar porque la traducción se la efectúe el propio Consulado de Portugal (tampoco necesitará legalización) o sino, que la efectúe un traductor jurado, reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (la lista oficial de traductores jurados reconocidos en toda España, por ciudad e idioma, la puede hallar en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, www.mae.es ).

Su pareja deberá solicitar la Fe de Vida y Estado en el Registro Civil de su localidad.

Luego, los demás documentos de rigor: DNI de la persona de nacionalidad española, pasaporte portugués en vigor más el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros (donde conste el NIE), certificados de empadronamiento de ambos.

Los testigos deben llevar su DNI, su pasaporte más certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, si son ciudadanos de la Unión Europea o tarjeta de identidad de extranjero en vigor si son extranjeros extracomunitarios.

El impreso de solicitud se lo facilitarán en el momento que comparezcan.

NORMATIVA APLICABLE:

- Ley 1/2001, de 6 de abril, por la que se regulan las uniones de hecho, de la Generalitat Valenciana.

- Decreto 61/2002, de 23 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/2001, de 6 de abril, de la Generalitat Valenciana, por la que se regulan las uniones de hecho.

Puede consultar, más detalladamente, la siguiente ruta de la página web de la Generalitat Valenciana:

http://www.gva.es/gestorcontenidos/htdocs/atencionCiudadano/detalle_proc/VersionImprimible.jsp?id_proc=917&idioma=ES&colectivo=&id_proc=917

PÁGINA WEB DE LA EMBAJADA DE PORTUGAL EN ESPAÑA:
http://www.embajadaportugal-madrid.org/

Un cordial saludo.
25/02/2014 18:07
Hola que tal? yo tengo una consulta repsecto a las parejas de hecho, pero la diferencia es que el es ciudadano italiano, que reside en españa, tiene el dni, y yo soy uruguaya.

De todas maneras debemos inscribirnos como pareja de hecho en españa? Es independiente de la ciudadania, sino del lugar donde vamos a residir?

Muchas Gracias
25/02/2014 18:51
Hola. Hay datos que faltan en su consulta:

1.- Comunidad Autónoma en la que viven.

2.- Cuál es su situación jurídica-administrativa en España.

3.- Si la inscripción tiene por objeto que usted adquiera la residencia en España en régimen comunitario.

Un cordial saludo.
25/02/2014 19:01
EL vive en la comunidad Valenciana, siendo ciudadano italiano.. yo aun vivo en Uuruguay la idea es encontrar una forma de poder ir a vivir con el sin quedar ilegal.

Muchas Gracias por su pronta respuesta!

26/02/2014 16:31
Hola.

La solución sería que ambos formalizaran una unión de hecho y la inscribieran en el Registro Público establecido para el efecto.

El problema radica, actualmente, en que la Ley de Parejas de Hecho de la Comunidad Valenciana, actualmente tiene suspendidos sus efectos por resolución del Tribunal Constitucional, al estar siendo objeto de un recurso de inconstitucionalidad. Sin embargo, mientras ha estado vigente la mencionada Ley y la que le precedía, en la Comunidad Valenciana se exigía que, si uno de los miembros de la pareja era extranjero extracomunitario, debía ser titular de una autorización de residencia o de estancia por estudios en España y a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley (que ahora está suspendida mientras se tramita el recurso de inconstitucionalidad), se exigía que tuvieran vecindad civil valenciana (lo que cerraba toda posibilidad a extranjeros, tanto comunitarios como extracomuntarios, pues sólo los españoles tienen vecindad civil).

Lo que podría hacer es intentar inscribirse como pareja de hecho en el Registro establecido para el efecto en otra Comunidad Autónoma, donde no haya restricciones para extranjeros extracomunitarios.

Un cordial saludo.
18/02/2015 02:55
Hola,

Tengo un par de dudas sobre el tema. Soy ciudadana española, nacida y empadronada en Valencia. Mi novio es de EE.UU y queremos formalizarnos como pareja de hecho en España cuando lleguemos en un par de meses.
He leído en diferentes blogs que para ello debemos acreditar que llevamos viviendo juntos al menos durante un año, pero como acredito algo así, si hemos estado viajando durante ese tiempo?
Mi pareja puede estar en España durante 90 días de manera legal, pero nos gustaría poder formalizar nuestra situación para poder asentarnos y dejar de viajar tanto.

Es la opción de pareja de hecho la mejor en esta situación?

Me vendría genial un poco de ayuda! Muchas gracias!


Aran
18/02/2015 18:55
Hola:

Depende de la Comunidad Autónoma. Cada una tiene normas diferentes en lo atinente a uniones de hecho. Y asimismo, hay Comunidades Autónomas donde se exige al extranjero ser residente legal en España o hallarse en España en situación regular y asimismo, hay Comunidades Autónomas que fijan como criterio que al menos uno de los convivientes tenga la vecindad civil de la Comunidad Autónoma (como hacen en Islas Baleares o en la Comunidad Valenciana), lo cual incluso deja fuera a los españoles con vecindad civil diferente.

Donde es relativamente más sencillo formalizarse como pareja de hecho es en Aragón, País Vasco, Cataluña (aunque en Cataluña no hay Registro Autonómico, sino Registros Municipales y no en todos los municipios) o Navarra.

No necesariamente es indispensable haber convivido un tiempo previo. Depende de la Comunidad Autónoma.

Para que obtenga la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, se exige siempre que esté inscritos como pareja de hecho en un Registro Público establecido para el efecto, que en España son autonómicos o municipales.

Un cordial saludo.
25/02/2015 13:45
Hola señor Conde de Cartagena.
Resido en Catalunya y me encuentro en situación irregular. Soy chilena.
Mi pareja (español) y yo tenemos escritura pública de pareja de hecho desde hace un año (hecha frente a notario), durante este tiempo, para obtener mi residencia, nos hemos empadronado en un pueblo de Catalunya que aún tiene registro de parejas de hecho, hemos obtenido el certificado de pareja de hecho y hemos reunido los demás documentos (certificado de fe y vida de el, certificados literales de nacimiento de ambos y certificado de soltería mio). También tengo mi seguro médico privado.
Mis dudas son:
1. El és estudiante (nos conocimos en la universidad), así que solo trabaja medio tiempo y durante algunos meses no trabaja. Que documentos debe aportar el para que a mi no me pidan uns oferta de trabajo?
2. Me habían explicado que debo tener 12 salarios mínimos en la cuenta (al rededor de 8000€), cuanto tiempo debe permanecer ese dinero en mi cuenta?
3. Estoy equivocada en alguno de los trámites? Me falta algún documento?
Gracias!
25/02/2015 13:47
Hola señor Conde de Cartagena.
Resido en Catalunya y me encuentro en situación irregular. Soy chilena.
Mi pareja (español) y yo tenemos escritura pública de pareja de hecho desde hace un año (hecha frente a notario), durante este tiempo, para obtener mi residencia, nos hemos empadronado en un pueblo de Catalunya que aún tiene registro de parejas de hecho, hemos obtenido el certificado de pareja de hecho y hemos reunido los demás documentos (certificado de fe y vida de el, certificados literales de nacimiento de ambos y certificado de soltería mio). También tengo mi seguro médico privado.
Mis dudas son:
1. El és estudiante (nos conocimos en la universidad), así que solo trabaja medio tiempo y durante algunos meses no trabaja. Que documentos debe aportar el para que a mi no me pidan uns oferta de trabajo?
2. Me habían explicado que debo tener 12 salarios mínimos en la cuenta (al rededor de 8000€), cuanto tiempo debe permanecer ese dinero en mi cuenta?
3. Estoy equivocada en alguno de los trámites? Me falta algún documento?
Gracias!
18/01/2022 18:13
Buenas tardes en marzo tengo dos años enpadronado en españa tengo mi pareja de alemania y queremos saber que requisitos nesecitamos para ser pareja de hecho estoy empadronado en la Comunidad Valenciana en l'Alcora de castellon de la plana