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Pareja sin regularizar

152 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 152 comentarios
27/11/2009 12:42
Ante todo quiero decir que he tratado a todo el mundo con respeto y agradezco sobremanera todas las opiniones dichas y la magnífica participación. Decir y aclarar que nadie me ha quitado de las cuenta, no he dicho tal cosa, he dicho que nadie puede hacerme desaparecer de las cuentas. No me casé con mi parja porque no nos dió tiempo, murió antes de que pudiesemos hacerlo, ya que estaba muy enfermo con quimioterapia y en ese proceso le vino la sentencia de divorcio.La famila, rechazó la herencia,(que yo tengo dicha renuncia), por que habían deudas, pero despues de hacerlo resulta que las compañías acreedoras comunicaron que esas deudas estaban saldadas por los seguros conrrespondientes que van asociadas a dichas deudas(préstamos) puesto que el dedudor no había muerto de muerte violenta, ni era drogadisto ni nada a lo que se acogen dichas empresas para que o cubran los seguors.Yo he recibido ese 50% de los activos, no porque me los haya llevado, si no porque el banco me lo ha dado, acogiéndose a la normativa que rige.Así que a mí no me pueden pedir explicaciones ni demandar nadie al respecto.No he aceptado nada que o me haya correspondido legalmente.Si mi pareja me hizo esos poderes, era porque confiaba plenamente en mí, como así ha sido, pues esos poderes en manos, por ejemplo de su exmujer, habrían sido de consecuencias nefastas para él.Creo que no me he dejado nda por explicar. SOlo decir que no soy responsable de las opiniones o comentarios que hagan otras personas.

Muchas gracias.
27/11/2009 12:51
pues la familia, supongo que los hijos no fuerón listos, a no pedir la herencia a beneficio de inventarario. Así ello no hubieran tenido ningún problema.
Pero ya que renunciarón,la verdad no se quedecir a no ser que si el estado ve dinero que coger y tu no tienes por escrito un testamento, ahí la cosa esta dificil para heredar.

Un saludo y suerte.
27/11/2009 14:10
Hola, para empezar la ley de divorcio salió en 1981, y no creo que eso tenga nada que ver, porque lo veo absurdo, porque una persona también puede tener la libreta a nombre de una hermana también, ó de una amiga.

Yo lo veo bien que se quede con el dinero la persona que queda viva porque cuando la libreta está a nombre de los dos es porque lo han querído así los dos, y han firmado los dos para abrír la libreta, si no la persona que queda viva, de qué come??.

He buscado la hoja de la Caixa de Catalunya que he comentado, es la última de todas, por la cara de dentro, y voy a poner exactamente lo que pone, Goz te lo puedes imprimír si quieres, o lo que sea.

PLURALIDAD DE TITULARES - Cuando la titularidad de la cuenta sea de más de una persona, la forma de actuación será la que consta en las condiciones particulares.

AUTORIZADOS Y APODERADOS - El titular o titulares podrán autorizar a otras personas, mediante poder notarial o por escrito firmado, tanto por los autorizantes como por los autorizados en presencia de personal de la Caja, a operar en la cuenta disponiendo de cualquier forma de sus saldos. En caso de ser varis titulares la autorización, para ser válida, deverá firmarse por todos ellos. El cliente exonera a la Caja de cualquier reclamación contra la misma en caso de haberse hecho uso de poderes o firmas revocadas, modificadas, limitadas o extinguidas, siempre que la Caja no hubiere recibido con anterioridad comunicación de la variacion antes mencionada.

DOMICILIO Y COMUNICACIONES - Se considerarán recibidas todas las comunicaciones que la Caja dirija a los titulares al domicilio que figura en las condiciones particulares. Los cambios de domicilio deberán ser comunicados por escrito.

FALLECIMIENTO DE TITULARES - En caso de fallecimiento de uno de los titulares en una cuenta indistinta, los sobrevivientes podrán disponer de la totalidad del saldo existente, sin que los herederos del premuerto puedan impugnar este derecho (artículo 27 del Estatuto del Ahorro de 14-3-33)previo cumplimiento de las obligaciones fiscales que correspondan.

27/11/2009 15:06
Yamila9. Muchas gracias por tu aportación.Me es de mucha utilidad, pues es a fin de cuentas lo que vengo defendiendo desde el principio y resulta que en esa libreta se hace alusión al artículo 27 que he mencionado desde el principio.En mis libretas de la caixa no figura eso que dices.Pero voy a ver libretas antiguas de mi pareja a ver si figura ese aspecto.

Saludos y ya os contaré en que acaba todo esto.
27/11/2009 16:03
De nada, si es que yo me acordaba que ponía eso en la libreta, y cuando falleció el padre de mi pareja hace tres años que por cierto también hubo un poco de lío por la herencia, y eso que había testamento y todo, pero normalmente suelen haber problemas cuando se beneficia más a una persona que a otra, y es normal porque a lo mejor una persona que a cuidado a otra, se a llevado menos parte o nada, y otra persona que apenas se han visto se a llevado más parte o TODO, y a veces es porque las cosas se van dejando, y cuando las a querido arreglar bien arregladasde nuevo ya a fallecido.

Bueno, pues a lo que iba, cuando falleció el padre de mi pareja, hablando sobre éstos temas, le comenté a mi pareja lo que ponía en la hoja que he dicho, y busqué la libreta y se la enseñé, y ya se la enseñó a uno de sus hermanos; y entonces como yo sé que hay líos casi siempre me he guardado la hoja, no sé de que año es porque mi pareja arrancó, y tiró el resto porque ponía también el nombre de la ex de mi pareja, pero recuerdo que es de después de 1980, seguramente tenga algúna más por aquí de él de hace años anulada, lo guarda todo jajaja.

Yo de tí me imprimiría lo que ponía en la libreta que te he dicho, y iría a preguntar con la libreta que teníais a nombre de los dos, haber que te dicen, cuando sepas algo, ponlo por aquí, que a mí también me interesan estos temas por lo que pueda pasar.
27/11/2009 16:17
lo mejor, por lo que pueda pasar, es hacer testamento. Bien asesorados. Es barato y se puede dejar todo atado evitando sorpresas desagradables.

A veces pensamos que no hace falta porque no tenemos nada, pero hay seguros de vida en el trabajo, de acciedente, en los viajes, etz que no tenemos en cuenta.

Otras pensamos que tenemos tiempo.
Cuanto antes mejor. En esto "no dejes para mañana lo que puedas hacer hoy".

un saludo
27/11/2009 17:37
Ya os mantendré informados, de todas formas aunque lo ponga en tu libreta Yamila9 si yo no puedo llevar una libreta física en que también lo ponga, no voy a demostrarles nada, pero como ese artículo sí existe y tú me lo has corroborado al poner el texto que reza en tu libreta, tango argumentos más que suficientes para llevar mi queja.Además tengo que añadir que como soy socia de la OCU, me he puesto en contacto con ellos para que me asesoren y en su caso tomar medidas oportunas para hacer valer mis derechos, si es que los tengo.

Un abrazo.
27/11/2009 17:40
Al defensor del cliente de la caixa también le podría pner la queja, pero eso es a la boca del lobo y tardan en contestarte una eternidad. Para que luego te digan que no procede acogiéndose a una puerilidad.Además el actual defensor del cliente de las cajas de ahorro de catraluña es un hueso duro de roer y siempre falla a favor del fuerte, que ya conozco su trayectoria como magistrado. Prefiero ir dónde supuestamente parece que sí se interesan por los derechos de los consumidores.
27/11/2009 17:58
Hola Goz, bueno, y no tendrían tus padres algúna libreta de hace años que ponga eso en la última página??, me imagino que los de la Caixa lo sabrán de sobras, pregúntale a algúno de la Caixa pero que sea ya mayor, haber que te dicen.

SUERTE!!!!.
27/11/2009 18:03
Busca en el Google sobre este tema haber si encuentras algo, y te lo imprimes.
27/11/2009 18:19
Ya estoy buscando en internet al respecto y por eso he encontrado ese decreto en la pagina del banco de España, que no es moco de pavo.También estoy mirando reglamentos internos de la caixa,pero no encuentro nada al respecto.El decreto del Banco de España esta aún vigente y aunque sea antiguo y parezca obsoleto aún tiene vigencia salvo algunos artículos derogados pero no es el caso del articulo 27.Una cosa quiero dejar clara. No es lo mismo disponibilidad que propiedad, yo sí puedo disponer de los activos puesto que la caja no me puede negar ese derecho, su responsabilidad ha terminado en tanto en cuanto le he presentado la renuncia a la herencia. La propiedad de ese dinero, se tiene que dirimir en los tribunales si es que hay una denuncia inetrpuesta por los herederos, que en mi caso no los hay,puesto que han renunciado a todos los derechos.Yo no me las tendría que ver con nadie en los tribunales. Así que zanjado el tema de la propiedad del dinero, queda la disponibilidad que se me está negando. Eso es lo que yo reclamo, la disponibilidad.

Creo que me he explicado bien.
27/11/2009 18:22
Yo tengo cartillas de la Caixa de hace más de 20 años,mañana las busco a ver que pone,pero vamos que yo tuve que devolver el 50% de la cartilla indistinta.
Tengo hasta la sentencia del juicio.

Lo busco y mañama digo algo.
27/11/2009 18:27
Gracias tolimar.A ver si al final también tú vas a tener que recurrir esa sentencia..
27/11/2009 18:36
A ver, lo que está muy claro que si lo pone en la libreta, es que es así, (ó antes era así), ahora bien, si la ley a cambiado en ese sentído, eso ya es otra cosa, me imagino que los abogados si que lo sabrán bien, no??, sobre el tema de estas leyes, has preguntado a algún abogado sobre esto Goz?.
27/11/2009 18:42
Eres afortunada porque han renunciado a la herencia los familiares, porque estoy segura que la hija de mi pareja no renunciará a NADA, menuda es ella y la ex de mi pareja......, seguro que vendrán como lobas para hecharme del piso y todo, bufff, la que me espera con esas......
27/11/2009 18:54
Yamila he preguntado a un abogado y se remite a sentencias en las que habían derechohabientes,pero ese no es micaso. No tienen idea de lo que les expongo, parecen papagayos recitando jurisprudencia una y otra vez sin pararse a pensar en este caso en concreto que nada tiene que ver con los demás.En cuanto a lo que me dices Yaiza de la ex y su hija, la ex no va a heredar nada ysuhija tampoco si él hace las cosas como tiene que hacerlas. Poniendo todas las cosas a tu nombre o no dejando sencillamente nada que repartir o dejar. Porque la herencia de cero es...cero. v
27/11/2009 18:55
Perdón quise decir yamila en la segunda respuesta y te llame yaiza
27/11/2009 19:07
Gracias Goz, ya sé que a la ex de mi pareja no le pertenece NADA de la herencia, pero de todas maneras por el tipo de mujer que ex, (por lo que me a contado mi pareja, y gente que la a conocido, ya que yo no la he visto en mi vida), estoy segura que vendrá a sar por saco junto a su hija.

Mi pareja lleva un montón de años diciéndome que vá a hacer testamento y me vá a dejar el piso mientras viva, y el día que yo falte para su hija, pero nunca lo hace, así que deduzco que se lo querrá dejar todo a su hija por el hecho de que es su hija, (ellas dos tienen un negocio propio y todo), y hace 15 años que no las vé, así que ya ves el panorama que tengo......

Mi pareja es un egoísta, qué le costará beneficiarnos a las dos??, que también nos puede beneficiar a las dos si quiere, y él lo sabe muy bien, pero chica no sé lo que tendrá metido en la cabeza, él ya empieza a tener los achaques de la edad, y estoy muy preocupada, pero por lo visto a él le dá igual, qué me aconsejas sobre mi caso??.
27/11/2009 19:27
Yo te aconsejo que se lo digas seriamente, porque si no lo dejará pasar y luego si ocurre lo indeseable te verás en la puñetera calle.Házselo saber así de claro.Mi pareja hizo un testamento nombrandome su heredera universal,salvo la legítima para sus hijos, pero eso era puramente texto formal del testamento.El no quería que se quedaran con nada,puesto que lo habían abandonado estando enfermo.Pero yo no quería que al final me viera en la situación de heredar también las deudas, así que le dije que hiciera otro testamento recusando el anterior y su deseo de morir sin testar.Pero te repito que lo tienes que plantear seriamente y que te vea preocupada,pues la cosa no es para menos. Si no lo hace tendrás que decirle que el futuro de vosotras está en juego y que de alguna forma se tendrá que asegurar,pues que piense en la escena de que un día, que no lo deseo que ocurra, os veais deshauciadas por le hija de tu pareja. Qué piense por un momento si eso le gustaría que os sucediese. Así de claro. Parece duro,pero más dura es la realidad de lo que nos espera a las personas que no tenemos maldad y no hacemos nada en vida para beneficiarnos de nada.Yo lo he tenido todo en mi mano y no lo he utilizado. Pero si hay algo que me corresponda lícitamente, pues lo pediré. Jmás me quedaré con nada que no me pertenezca u aún habiendome dado poderes mi pareja,tampoco hice uso de ellos. Los tengo como recuerdo de la confianza que depositó en mí.
27/11/2009 19:57
Muchas gracias Goz, por lo que cuentas tu pareja era muy buena persona, y se portó muy bien contigo.

Yo una vez le dije a mi pareja, a tí no te gustaría que yo me quedara aquí viviendo el día que tú faltes?, y él me contestó muy serio que por supuesto que eso no hace falta ni que lo diga.

Siempre me decía que yo no me preocupara por nada que él no me vá a dejar desamparada, y no a sido ni capaz de divorciarse, está separado judicialmente, y siempre me decía que estaba esperando que lo pidiera su ex, porque el que lo pide es el que lo paga, y siempre a estado mareando la perdíz, no sé con qué propósito porque yo ya llevo en total 13 años con él, y vivímos juntos.
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27/11/2009 12:42
Ante todo quiero decir que he tratado a todo el mundo con respeto y agradezco sobremanera todas las opiniones dichas y la magnífica participación. Decir y aclarar que nadie me ha quitado de las cuenta, no he dicho tal cosa, he dicho que nadie puede hacerme desaparecer de las cuentas. No me casé con mi parja porque no nos dió tiempo, murió antes de que pudiesemos hacerlo, ya que estaba muy enfermo con quimioterapia y en ese proceso le vino la sentencia de divorcio.La famila, rechazó la herencia,(que yo tengo dicha renuncia), por que habían deudas, pero despues de hacerlo resulta que las compañías acreedoras comunicaron que esas deudas estaban saldadas por los seguros conrrespondientes que van asociadas a dichas deudas(préstamos) puesto que el dedudor no había muerto de muerte violenta, ni era drogadisto ni nada a lo que se acogen dichas empresas para que o cubran los seguors.Yo he recibido ese 50% de los activos, no porque me los haya llevado, si no porque el banco me lo ha dado, acogiéndose a la normativa que rige.Así que a mí no me pueden pedir explicaciones ni demandar nadie al respecto.No he aceptado nada que o me haya correspondido legalmente.Si mi pareja me hizo esos poderes, era porque confiaba plenamente en mí, como así ha sido, pues esos poderes en manos, por ejemplo de su exmujer, habrían sido de consecuencias nefastas para él.Creo que no me he dejado nda por explicar. SOlo decir que no soy responsable de las opiniones o comentarios que hagan otras personas.

Muchas gracias.
27/11/2009 12:51
pues la familia, supongo que los hijos no fuerón listos, a no pedir la herencia a beneficio de inventarario. Así ello no hubieran tenido ningún problema.
Pero ya que renunciarón,la verdad no se quedecir a no ser que si el estado ve dinero que coger y tu no tienes por escrito un testamento, ahí la cosa esta dificil para heredar.

Un saludo y suerte.
27/11/2009 14:10
Hola, para empezar la ley de divorcio salió en 1981, y no creo que eso tenga nada que ver, porque lo veo absurdo, porque una persona también puede tener la libreta a nombre de una hermana también, ó de una amiga.

Yo lo veo bien que se quede con el dinero la persona que queda viva porque cuando la libreta está a nombre de los dos es porque lo han querído así los dos, y han firmado los dos para abrír la libreta, si no la persona que queda viva, de qué come??.

He buscado la hoja de la Caixa de Catalunya que he comentado, es la última de todas, por la cara de dentro, y voy a poner exactamente lo que pone, Goz te lo puedes imprimír si quieres, o lo que sea.

PLURALIDAD DE TITULARES - Cuando la titularidad de la cuenta sea de más de una persona, la forma de actuación será la que consta en las condiciones particulares.

AUTORIZADOS Y APODERADOS - El titular o titulares podrán autorizar a otras personas, mediante poder notarial o por escrito firmado, tanto por los autorizantes como por los autorizados en presencia de personal de la Caja, a operar en la cuenta disponiendo de cualquier forma de sus saldos. En caso de ser varis titulares la autorización, para ser válida, deverá firmarse por todos ellos. El cliente exonera a la Caja de cualquier reclamación contra la misma en caso de haberse hecho uso de poderes o firmas revocadas, modificadas, limitadas o extinguidas, siempre que la Caja no hubiere recibido con anterioridad comunicación de la variacion antes mencionada.

DOMICILIO Y COMUNICACIONES - Se considerarán recibidas todas las comunicaciones que la Caja dirija a los titulares al domicilio que figura en las condiciones particulares. Los cambios de domicilio deberán ser comunicados por escrito.

FALLECIMIENTO DE TITULARES - En caso de fallecimiento de uno de los titulares en una cuenta indistinta, los sobrevivientes podrán disponer de la totalidad del saldo existente, sin que los herederos del premuerto puedan impugnar este derecho (artículo 27 del Estatuto del Ahorro de 14-3-33)previo cumplimiento de las obligaciones fiscales que correspondan.

27/11/2009 15:06
Yamila9. Muchas gracias por tu aportación.Me es de mucha utilidad, pues es a fin de cuentas lo que vengo defendiendo desde el principio y resulta que en esa libreta se hace alusión al artículo 27 que he mencionado desde el principio.En mis libretas de la caixa no figura eso que dices.Pero voy a ver libretas antiguas de mi pareja a ver si figura ese aspecto.

Saludos y ya os contaré en que acaba todo esto.
27/11/2009 16:03
De nada, si es que yo me acordaba que ponía eso en la libreta, y cuando falleció el padre de mi pareja hace tres años que por cierto también hubo un poco de lío por la herencia, y eso que había testamento y todo, pero normalmente suelen haber problemas cuando se beneficia más a una persona que a otra, y es normal porque a lo mejor una persona que a cuidado a otra, se a llevado menos parte o nada, y otra persona que apenas se han visto se a llevado más parte o TODO, y a veces es porque las cosas se van dejando, y cuando las a querido arreglar bien arregladasde nuevo ya a fallecido.

Bueno, pues a lo que iba, cuando falleció el padre de mi pareja, hablando sobre éstos temas, le comenté a mi pareja lo que ponía en la hoja que he dicho, y busqué la libreta y se la enseñé, y ya se la enseñó a uno de sus hermanos; y entonces como yo sé que hay líos casi siempre me he guardado la hoja, no sé de que año es porque mi pareja arrancó, y tiró el resto porque ponía también el nombre de la ex de mi pareja, pero recuerdo que es de después de 1980, seguramente tenga algúna más por aquí de él de hace años anulada, lo guarda todo jajaja.

Yo de tí me imprimiría lo que ponía en la libreta que te he dicho, y iría a preguntar con la libreta que teníais a nombre de los dos, haber que te dicen, cuando sepas algo, ponlo por aquí, que a mí también me interesan estos temas por lo que pueda pasar.
27/11/2009 16:17
lo mejor, por lo que pueda pasar, es hacer testamento. Bien asesorados. Es barato y se puede dejar todo atado evitando sorpresas desagradables.

A veces pensamos que no hace falta porque no tenemos nada, pero hay seguros de vida en el trabajo, de acciedente, en los viajes, etz que no tenemos en cuenta.

Otras pensamos que tenemos tiempo.
Cuanto antes mejor. En esto "no dejes para mañana lo que puedas hacer hoy".

un saludo
27/11/2009 17:37
Ya os mantendré informados, de todas formas aunque lo ponga en tu libreta Yamila9 si yo no puedo llevar una libreta física en que también lo ponga, no voy a demostrarles nada, pero como ese artículo sí existe y tú me lo has corroborado al poner el texto que reza en tu libreta, tango argumentos más que suficientes para llevar mi queja.Además tengo que añadir que como soy socia de la OCU, me he puesto en contacto con ellos para que me asesoren y en su caso tomar medidas oportunas para hacer valer mis derechos, si es que los tengo.

Un abrazo.
27/11/2009 17:40
Al defensor del cliente de la caixa también le podría pner la queja, pero eso es a la boca del lobo y tardan en contestarte una eternidad. Para que luego te digan que no procede acogiéndose a una puerilidad.Además el actual defensor del cliente de las cajas de ahorro de catraluña es un hueso duro de roer y siempre falla a favor del fuerte, que ya conozco su trayectoria como magistrado. Prefiero ir dónde supuestamente parece que sí se interesan por los derechos de los consumidores.
27/11/2009 17:58
Hola Goz, bueno, y no tendrían tus padres algúna libreta de hace años que ponga eso en la última página??, me imagino que los de la Caixa lo sabrán de sobras, pregúntale a algúno de la Caixa pero que sea ya mayor, haber que te dicen.

SUERTE!!!!.
27/11/2009 18:03
Busca en el Google sobre este tema haber si encuentras algo, y te lo imprimes.
27/11/2009 18:19
Ya estoy buscando en internet al respecto y por eso he encontrado ese decreto en la pagina del banco de España, que no es moco de pavo.También estoy mirando reglamentos internos de la caixa,pero no encuentro nada al respecto.El decreto del Banco de España esta aún vigente y aunque sea antiguo y parezca obsoleto aún tiene vigencia salvo algunos artículos derogados pero no es el caso del articulo 27.Una cosa quiero dejar clara. No es lo mismo disponibilidad que propiedad, yo sí puedo disponer de los activos puesto que la caja no me puede negar ese derecho, su responsabilidad ha terminado en tanto en cuanto le he presentado la renuncia a la herencia. La propiedad de ese dinero, se tiene que dirimir en los tribunales si es que hay una denuncia inetrpuesta por los herederos, que en mi caso no los hay,puesto que han renunciado a todos los derechos.Yo no me las tendría que ver con nadie en los tribunales. Así que zanjado el tema de la propiedad del dinero, queda la disponibilidad que se me está negando. Eso es lo que yo reclamo, la disponibilidad.

Creo que me he explicado bien.
27/11/2009 18:22
Yo tengo cartillas de la Caixa de hace más de 20 años,mañana las busco a ver que pone,pero vamos que yo tuve que devolver el 50% de la cartilla indistinta.
Tengo hasta la sentencia del juicio.

Lo busco y mañama digo algo.
27/11/2009 18:27
Gracias tolimar.A ver si al final también tú vas a tener que recurrir esa sentencia..
27/11/2009 18:36
A ver, lo que está muy claro que si lo pone en la libreta, es que es así, (ó antes era así), ahora bien, si la ley a cambiado en ese sentído, eso ya es otra cosa, me imagino que los abogados si que lo sabrán bien, no??, sobre el tema de estas leyes, has preguntado a algún abogado sobre esto Goz?.
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Eres afortunada porque han renunciado a la herencia los familiares, porque estoy segura que la hija de mi pareja no renunciará a NADA, menuda es ella y la ex de mi pareja......, seguro que vendrán como lobas para hecharme del piso y todo, bufff, la que me espera con esas......
27/11/2009 18:54
Yamila he preguntado a un abogado y se remite a sentencias en las que habían derechohabientes,pero ese no es micaso. No tienen idea de lo que les expongo, parecen papagayos recitando jurisprudencia una y otra vez sin pararse a pensar en este caso en concreto que nada tiene que ver con los demás.En cuanto a lo que me dices Yaiza de la ex y su hija, la ex no va a heredar nada ysuhija tampoco si él hace las cosas como tiene que hacerlas. Poniendo todas las cosas a tu nombre o no dejando sencillamente nada que repartir o dejar. Porque la herencia de cero es...cero. v
27/11/2009 18:55
Perdón quise decir yamila en la segunda respuesta y te llame yaiza
27/11/2009 19:07
Gracias Goz, ya sé que a la ex de mi pareja no le pertenece NADA de la herencia, pero de todas maneras por el tipo de mujer que ex, (por lo que me a contado mi pareja, y gente que la a conocido, ya que yo no la he visto en mi vida), estoy segura que vendrá a sar por saco junto a su hija.

Mi pareja lleva un montón de años diciéndome que vá a hacer testamento y me vá a dejar el piso mientras viva, y el día que yo falte para su hija, pero nunca lo hace, así que deduzco que se lo querrá dejar todo a su hija por el hecho de que es su hija, (ellas dos tienen un negocio propio y todo), y hace 15 años que no las vé, así que ya ves el panorama que tengo......

Mi pareja es un egoísta, qué le costará beneficiarnos a las dos??, que también nos puede beneficiar a las dos si quiere, y él lo sabe muy bien, pero chica no sé lo que tendrá metido en la cabeza, él ya empieza a tener los achaques de la edad, y estoy muy preocupada, pero por lo visto a él le dá igual, qué me aconsejas sobre mi caso??.
27/11/2009 19:27
Yo te aconsejo que se lo digas seriamente, porque si no lo dejará pasar y luego si ocurre lo indeseable te verás en la puñetera calle.Házselo saber así de claro.Mi pareja hizo un testamento nombrandome su heredera universal,salvo la legítima para sus hijos, pero eso era puramente texto formal del testamento.El no quería que se quedaran con nada,puesto que lo habían abandonado estando enfermo.Pero yo no quería que al final me viera en la situación de heredar también las deudas, así que le dije que hiciera otro testamento recusando el anterior y su deseo de morir sin testar.Pero te repito que lo tienes que plantear seriamente y que te vea preocupada,pues la cosa no es para menos. Si no lo hace tendrás que decirle que el futuro de vosotras está en juego y que de alguna forma se tendrá que asegurar,pues que piense en la escena de que un día, que no lo deseo que ocurra, os veais deshauciadas por le hija de tu pareja. Qué piense por un momento si eso le gustaría que os sucediese. Así de claro. Parece duro,pero más dura es la realidad de lo que nos espera a las personas que no tenemos maldad y no hacemos nada en vida para beneficiarnos de nada.Yo lo he tenido todo en mi mano y no lo he utilizado. Pero si hay algo que me corresponda lícitamente, pues lo pediré. Jmás me quedaré con nada que no me pertenezca u aún habiendome dado poderes mi pareja,tampoco hice uso de ellos. Los tengo como recuerdo de la confianza que depositó en mí.
27/11/2009 19:57
Muchas gracias Goz, por lo que cuentas tu pareja era muy buena persona, y se portó muy bien contigo.

Yo una vez le dije a mi pareja, a tí no te gustaría que yo me quedara aquí viviendo el día que tú faltes?, y él me contestó muy serio que por supuesto que eso no hace falta ni que lo diga.

Siempre me decía que yo no me preocupara por nada que él no me vá a dejar desamparada, y no a sido ni capaz de divorciarse, está separado judicialmente, y siempre me decía que estaba esperando que lo pidiera su ex, porque el que lo pide es el que lo paga, y siempre a estado mareando la perdíz, no sé con qué propósito porque yo ya llevo en total 13 años con él, y vivímos juntos.