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Paro por cambio de empleo

17 Comentarios
 
Paro por cambio de empleo
22/05/2012 19:06
Hola, os expongo mi caso:

Trabajo en una asesoria (contrato jornada completa indefinido) y a demas tengo un contrato indefinido en periodo de prueba en mercadona de 20 horas... y necesitaria dejar el trabajo en la asesoria para ponerme a estudiar, el problema es que mi jefe no me quiere firmar los papeles para el paro, entonces... que podria hacer para pedir baja voluntaria y no perder el paro?? tengo la posibilidad de que me contraten en otra empresa tambien a jornada completa.

Gracias un saludo
22/05/2012 19:15
Para que quede claro,la prestación por desempleo es para la gente que,queriendo trabajar,ha perdido su puesto de trabajo.
22/05/2012 19:21
Gracias por tu pronta respuesta:

Sisi lo se pero es q tengo 2 trabajos y no puedo con todo, a lo que me refiero es que si dejo la asesoria, el paro sigue contando por si me despidieran de mercadona

Gracias
22/05/2012 20:22
Si te despiden en Mercadona en periodo de prueba, en las oficinas del SEPE van a sospechar la realidad y es muy probable que te denieguen la prestación por desempleo. Ahora, con la que está cayendo miran con lupa todas las solicitudes. De la crisis no se sale renunciando a trabajar y para cobrar de lo que trabajan los demás.
Dejar un contrato indefinido a jornada completa por otro de 20 horas canta bastante.
Seguramente tu jefe no quiere firmar los papeles del paro porque es ilegal arreglar los despidos.
Siento la crudeza, pero es así.
23/05/2012 11:26
A ver es mi opinion.

Primero felicidades averweis, con la que esta callendo, la gente buscando trabajo para comer, es agradable oir que hay alguien que sencillamente lo de encontrar trabajo es pura rutina y solo con levantar una piedra, la encuentra. La verdad me das envidia sana.
Dicho esto.
A ver, quieres dejar un trabajo indefinido para poder estudiar, estas en otro tambien indefinido pero en fase de pruebas, y una tercera posibilidad de ser contratado en otra empresa.xd.
Si dejas un trabajo para poder estudiar a que viene la tercera empresa?
No seria mas conveniente que dejaras lo de mercadona?
Por ultimo, podriamos hablar de casos concretos, pero en el tuyo si que estoy de acuerdo con lo que te han dicho. Todo es posible pero entiendo, que el empresario te deniegue "arreglarte" los papeles. Estaria incurriendo en una ilegalidad.

Si dejas la asesoria, no contara para Paro, aunque deberiamos de saber cuantos años llevas trabajando en la asesoria, si anteriormente has tenido otros trabajos, si en cada uno de ellos has sido despedido...etc.... Lo digo porque todo trabajador solo puede tener un maximo de 24 meses de Paro, y tambien porque un trabajo que supere dos años, no puede contabilizarse con otro, y por lo tanto debes de elegir entre uno o otro.
23/05/2012 20:58
¿Un trabajo que supere los dos años no puede contabilizarse con otro y por lo tanto hay que elegir?
No entiendo ¿no se puede tener pluriempleo más de dos años?
¿Dónde lo pone?
24/05/2012 02:44
Que yo sepa mosca, esta preguntando por el paro.

Que yo sepa si tu trabajas en un trabajo y te despiden despues de haber trabajado mas de dos años, te correspondera lo que la ley marque, si tu te incorporas a otro trabajo y trabajas mas de dos años, no se suman los dos trabajos. Tenras que elgir entre uno o otro.
El pluriempleo a mi trabaja en 25 lugares si puedes.
24/05/2012 21:03
Ahora te has explicado mejor, Magra. Según la redacción yo había entendido lo otro.
La elección de la prestación hay que hacerla en cuanto el segundo trabajo genere derecho a recibir otra prestación, que basta con 12 meses de cotización (no hace falta cotizar dos años).
24/05/2012 23:19
En eso estamos de acuerdo.

Con lo de los dos años me referia, sin mala intencion de equivocarme de que poniendo el caso de que estuvieras trabajando en diferentes lugares y que estos, siempre fueras despedido, no superaran individualmente, los dos años, los tiempos trabajados si se irian sumando hasta conseguir un maximo de 24 meses de paro.

Aqui si, si me equivoco rectificame, porque esto me lo explicaron hace un tiempo en el INEM, no sea que lo malinterpretara.
25/05/2012 06:44
No acabo de entender lo de "los dos años".
Cuando una persona pide el paro después de haber finalizado en situación legal de desempleo (despedido), se le tiene en cuenta los cotizado en los seis últimos años para calcular el periodo que le corresponde de paro. El máximo periodo que se conceden son 720 días (2 años), pero por lo cotizado en los últimos seis años.
Si cobra el paro y encuentra trabajo. Si trabaja más de 360 días seguidos (o en diferentes empresas sin reanudar la prestación), genera una nueva prestación y tendrá que optar entre reabrir el derecho anterior con lo que quedaba o pedir una nueva prestación con lo nuevo cotizado desde que pidió la anterior prestación (con el límite de los seis últimos años).
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b01a.html
En el caso de cobrar el paro y trabajar por cuenta propia, si mantiene el alta más de dos años extinguiría el derecho (el paro) reconocido y no podría reanudarlo si cesa en la actividad.
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b01e.html
Saludos.
25/05/2012 16:18
patatinpatatero estoy de acuerdo, tu ha puntualizado positivamente lo que he querido expresar.
Lo unico es sin intencion de equivoarme:

un trabajo superior a los dos años, y es despedido, pongamos como ejemplo, entre seis u ocho meses de paro.

en ese momento cobra durante dos mese y se incorpora a un trabajo.
Le queda un paro de diez meses.

En el nuevo trabajo esta pongamos 14 meses trabajando, se incorpora en otro y esta 10 meses, se incorpora a otro y trabaja 14 meses.
Si no me equivoco y si es asi, acepto la rectificacion, segun me explcron en el INEM, al no superar cada uno de los trabajos los dos años, estos se suman , provocando una acumulacion de trabajo de 38 meses , que pongamos al caso, un ejemplo, correponderia a unos no se entre doce o quinze meses, es ahi cuando debes de decidir si quieres el antiguo de diez meses , o el nuevo de quinze.. Eso ya depende, de las cantidades.
Eso es lo que yo entendi si me equivoco bienvenida sea la rectificacion.
Por ultimo si ademas de esto aun hubiera trabajado en otro lugar y este hubiera superado los 24 mese de trabajo, este no se sumaria, y deberia decidir, con cual se queda, insisto esto es lo que yo entendi si me equivoco sin lugar a dudas rectificare, eso si explicacione no criticas, y si alguien no quiere opinar pues no pasa nada.
25/05/2012 16:20
Hay he hecho una resta mal donde opinaba le quedan diez mese me referia a cuatro o seis. xd
25/05/2012 16:21
Sigo sin ver lo de los dos años. Con uno (con 360 días para ser más exactos) ya se genera una nueva prestación.
Es así ¿no?
25/05/2012 16:25
Si
25/05/2012 17:10
Nada magra12, lo que te explicaron no es así o lo que entendiste mal. Sigo tu ejemplo:
Ya con el primer trabajo de 14 meses, al ser superior a 360 días cotizados, si quisiera pedir el paro entre el contrato de 14 meses y el siguiente de 10 meses (por haber entre ellos días de desempleo),te obligarían a reabrir lo que le quedaba del anterior, los cuatro o seis meses, o elegir el nuevo derecho por lo cotizado por los 14 meses (4 meses de paro).
Si se hubiera dado el caso de que este primer contrato de 14 meses hubiera sido inferior a 360 días y pidieses el paro, entonces se le obligaría a reanudar los cuatro o seis meses. Las cotizaciones nos las perdería para una futurible prestación.
Pero vayamos a tu ejemplo. Si no pide el paro entre esos contratos, entonces acumularías nuevas cotizaciones desde que pediste la anterior prestación. Esto sería: el contrato de 14 meses, el contrato de 10 y otro de 14 meses. Al ir a la oficina te obligarían a reabrir el de cuatro o seis meses o el nuevo de (14 10 14 meses) que serían unos doce meses de paro.
Para no verte obligad@ a optar entre un derecho y otro, lo que hay que hacer es: entre contrato y contrato inferior al año reanudar la prestación, para ir consumiendo la prestación reconocida y no perder las nuevas cotizaciones para una futurible prestación. Pero si un trabajo es superior a 360 días, o varios acumulados sin hacer las pertinentes reanudaciones que superen los 360 días, entonces generarías un derecho de opción.
En el enlace que te puse del SEPE viene bien clarito.
Saludos.
25/05/2012 17:12
Claro, clarito, Patatín.
Creo que ya no hay dudas.
25/05/2012 22:08
Patatín lo que has explicado en el segundo apartado en lo referente a mi ejemplo es lo que yo entendi, tu lo has expuesto mejor y por tanto estamos de acuerdo, seguro que mis palabras no han sido del todo calificadoras(es correcta la palabra?), tu has aportado mejora, y has ampliado con el resto que tambien comparto.
26/05/2012 18:33
la palabra era clarificadora