para reclamar un pagaré vía cambiario, se puede demandar al firmante del mismo, por hacerlo sin antefirma. Mis dudas: ¿se puede demandar solidariamente a la sociedad que ha emitido el pagaré? y sobre todo ¿hay que solicitar antes al juzgado que el que firmó el pagaré reconozca su firma? Muchas gracias
No se puede, sino que debes, ya que se entiende queen un cheque , pagare etc... sin antefirma o sello de la empresa quien asume la obligación de pago es el firmante directamente. En cuanto al reconocimiento no es preciso, en un primer momento, ya que tu vas a presentar la demanda diciendo que tuviste relaciones comerciales con la empresa x, que vista la situación de crisis economica la empresa x te entrego un pagare , el cual para mayor garantia de pago lo firmo el legal representante asumiendo directametne su pago. Otro caso es que se te oponga al cambiario diciendo que la firma no es suya, ahí siempre te quedaría la posibilidad de practicar y a aportar al acto de la vista una pericial caligrafica (ya que la sustanciación de la oposicion cambiaria se tramita como un verbal) SALVO MEJOR CRITERIO SALU2 SAMPLERKING
Acabo de ganar dos cambiarios dirgidos contra los firmantes, y han recurrido a la audiencia ( eran apoderados de la sociedad), de todas formas siempre me ha funcionado , pero creo que tambien se puede perder facilmente,. Suerte con el juez que dicte sentencia