La jura puede realizarse ante el Encargado del Registro Civil del Consulado de España acreditado en el país de residencia. Pero, debe solicitarlo y pedir que le sea practicada la notificación oficial y tomado el juramento por el Encargado del Registro Civil del Consulado.
La inscripción sí debe practicarse en el Registro Civil del municipio donde inició del procedimiento.
Los Consulados de España sólo pueden expedir pasaporte, no DNI. El DNI exclusivamente puede expedirse en territorio español, en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.
Buenas queria hacerles una consulta. Me han otorgado la ciudadania hace un mes. Pero debo viajar en octubre a mi pais por un periodo de 2 meses. Es posible pedir hacer la jura y demas tramites en la embajada española de mi pais?