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Pasar tribunal médico

3 Comentarios
 
Pasar tribunal médico
12/11/2010 22:45
Hola a todos!. Tengo 42 años y actualmente llevo 15 días de baja por haber sufrido una nueva trombosis venosa profunda en la pierna izada.Anteriormente he tenido dos trombosis más asociada a una embolia al pulmón, es decir llevo 2 trombosis en la pierna izda y una en la derecha. Tengo que llevar para siempre unas medias de compresión fuerte para evitar los edemas que tengo en ambas piernas.Cuando tuve la primera trombosis pasé por la valoración del inserso para una minusvalía parcial, concediendome una minusvalía del 39 %. Mi pregunta es . ¿podría pasar el tribunal médico para optar a una minusvália total?.O bien vuelvo al inserso para que me valoren las dos trombosis que he tenido a posteriori.Mi profesión es administrativo y permanezco 8 horas frente a un ordenador, después de que la empresa a raiz de la minusvalía que os he comentado, me cambiara a este puesto pero según los médicos me perjudica estar de pie igualmente que estar sentado. entonces ¿que hago?. La solución que me dan los especialistas es que me levante de mi puesto de trabajo de vez en cuando para que se me reactive la circulación.!!!.¿puedo pasar el tribunal médico para una minusvalía total?.
gracias
14/11/2010 12:41
1. Corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos que reglamentariamente se establezcan y en todas las fases del procedimiento, declarar la situación de incapacidad permanente, a los efectos de reconocimiento de las prestaciones económicas a que se refiere la presente Sección.

2. Toda resolución, inicial o de revisión, por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados, o se confirme el grado reconocido previamente, hará constar necesariamente el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad mínima establecida en el artículo 161 de esta Ley, para acceder al derecho a la pensión de jubilación. Este plazo será vinculante para todos los sujetos que puedan promover la revisión.

No obstante lo anterior, si el pensionista por incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá, de oficio o a instancia del propio interesado, promover la revisión, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución.

Las revisiones fundadas en error de diagnóstico podrán llevarse a cabo en cualquier momento, en tanto el interesado no haya cumplido la edad a que se refiere el primer párrafo de este número.

3. Las disposiciones que desarrollen la presente Ley regularán el procedimiento de revisión y la modificación y transformación de las prestaciones económicas que se hubiesen reconocido al trabajador, así como los derechos y obligaciones que a consecuencia de dichos cambios correspondan a las entidades gestoras o colaboradoras y servicios comunes que tengan a su cargo tales prestaciones

Cuando, como consecuencia de revisiones por mejoría del estado invalidante profesional proceda reintegrar, parcialmente o en su totalidad, la parte no consumida de los capitales coste constituidos por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social o por las empresas que hubieran sido declaradas responsables de su ingreso, este último no tendrá la consideración de ingreso indebido, a los efectos previstos en los apartados 1 y 3 del artículo 23 de esta Ley, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Saludos
14/11/2010 19:51
Si los especialistas le dan esa solución, es lo que debería hacer. Aun en un trabajo de administrativo y si en la empresa saben lo que hay, se puede uno levantar de su puesto de trabajo un sinfín de veces. Al baño, a beber agua, a preguntar algo al jefe, a consultar un libro o un compañero...
Además, existen unos reposapiés del tipo de los pedales de las antiguas máquinas de coser que precisamente están hechos para personas con patologías circulatorias. Puede pedir uno por medio del delegado de prevención de su empresa.
Creo que para su dolencia es más beneficioso trabajar que estar en su casa viendo el sálvame.
10/02/2021 21:33
raypa69
Hola @raypa69 quisiera saber cómo estás? Y cómo se resolvió tu caso. Yo también estoy en tu misma situación médica y profesional.