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patentar

7 Comentarios
 
Patentar
08/05/2011 00:01
hola!muy buana la pagina!! tenia una consulta.Necesito patentar un proyevto de concientizacion vial. Soy de colonia caroya, cba, arg.
Como se hace? a donde se hace? cuanto me sale??
espero su respuesta. gracias!
10/05/2011 05:16
Buenas noches, quisiera que me resolvieran una duda que tengo, realice un sistema de información para la facultad en la que estudio, éste automatizará muchos procesos en cuanto a la evaluación de trabajos de grado, el caso es que quiero saber si yo puedo patentar ese sw ya que será de uso para la universidad y no solo para la sede donde lo realicé sino para todas las demás sedes, así por lo menos sacarle un poco de provecho a todo el esfuerzo realizado.
10/05/2011 11:14
Buenos días, para registrar una invención como patente se deben cumplir los siguientes requisitos

Novedad (que no exista)
Actividad inventiva (que no sea obvio a partir de lo que ya exista)
Actividad industrial (que se pueda fabricar o utilizar en la industria)

Se debe evaluar si las invenciones cumplen con dichos requisitos. Por ejemplo un proyecto de concieciación vial no cumple el requisito de aplicación industrial y por lo tanto no se podría registrar como patente. Seguramente se podrá registrar como propiedad industrial.

Un saludo (ignasi.espiell@volartpons.es)
30/10/2011 23:23
"Hola
Para que algo sea patentable ha de cumplir los siguientes requisitos.
que sea nuevo, que no sea obvio y que se pueda fabricar.
........
Para cualquier cosa ponte en contacto conmigo
ignasi.espiell@volartpons.es "

es una respuesta tuya en otro foro.
por que dices siempre que tiene que poder fabricarse? y si la idea es en la industria de servicios? y que tal si tengo yo una idea, como la de arriba, de concienciacion de consumos, y es aplicable en la industria de servicios? y que tal si la idea tambien involucra un aparato electronico que aun no existe para que el servicios se pueda llevar a cabo? que hay que patentar? el aparato o el servicio? no existe ni uno ni el otro. el aparato es un 10% de la idea, tambien involucra una base de datos, software y telecomunicaciones. el servicio tambien es bajo coste y hace parte a una industria enorme (como cifra de negocio y como teritorio tambien).
31/10/2011 10:04
Más que poderse fabricar, yo prefiero decir que tenga una plasmación en un proceso industrial.

Hay cosas que se pueden proteger pero no como una patente sino como propiedad intelectual (por ejemplo un software)

MKGarzon TU sistema de información es un software?
Este sistema lo hiciste mientras estudiabas en la facultad o lo hiciste en casa y por iniciativa propia, es decir no corresponde a un encargo realizado por la universidad?

Porque según sean tus respuestas se te pueden dar varias soluciones

Siempre consultar con un experto en estos temas es mejor.
Desde el Despacho jurídico con el que colaboro podríamos resolver tus dudas

Ferran Masabeu
Takkmama Servicios Jurídicos
678 905 564
931 855 286
31/10/2011 10:25
Siguiendo con lo que decía antes Te recomiendo la lectura de los artículos 4-5-6-7-8-9 de la Ley de Patentes española

Lo importante para patentar es que tenga aplicación industrial.

Algún tipo de procesos no son patentables (art. 4.4) pero si protegibles por la propiedad intelectual.

Ferran Masabeu
Takkmama Servicios Jurídicos
678 905 564
931 855 286
31/10/2011 14:08
Hola!! Deseo saber como se hace para patentar la idea de un proyecto turistico y educativo al mismi tiempo.Bueno espero una respuesta favorable hasta pronto.
01/11/2011 17:06
Apich,

en linea con lo comentado por mi compañero Ferran (sin igual).

Es importante que sepas que LAS IDEAS NO SE PUEDEN PROTEGER.

Las ideas en cuanto conceptos intangibles no pueden protegerse con un registro, sí su plasmación en algún soporte físico o tangible, pero en este caso como patente.

Hagámoslo mediante ejemplos, la idea original de un proyecto innovador no es protegible, aunque sí el texto explicativo de la misma ante el registro de la propiedad intelectual.

Lo mismo respecto a propiedad intelectual: una tesis, un estudio, dibujo, boceto, guión de película, libro o cuento son protegibles en cuanto al texto, nadie puede decir que por registrar un guión de una película sobre una temática concreta impida a un tercero hacer lo mismo, serán únicamente los personajes, sus nombres, el contenido original e inédito del largometraje lo que sí sea de explotación en exclusiva por el autor, con un periodo de prescripción a los 70 años después de su fallecimiento.

En conclusión, Apich en el momento en el que creo que te encuentras, si deseas proteger mediante la memoria descriptiva de tu proyecto, la explicación de tu proyecto turístico y educativo, te aconsejaría que:

1.- Registremos el nombre de tu nuevo producto o servicio como marca ante la Oficina de Marcas,

2.- Si tu proyecto contiene información original, conviene registrar el contenido litrerario ante el registro de la propiedad intelectual.

Desde mi despacho de abogados (PCP ABOGADOS), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas, te atenderemos encantados en el 93 519 81 95.

No dejes de consultar www.soyautor.es y www.elregistrodemimarca.com para asuntos relacionados con la propiedad intelectual e industrial.

Pablo CASTELLS (Abogado) / PCP ABOGADOS
Copyright – Marcas – Nuevas tecnologías
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