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Paternidad en desempleo sin subsidio

2 Comentarios
 
Paternidad en desempleo sin subsidio
11/03/2024 17:15
Buenas tardes.
En junio nacerá nuestro primer hijo.
El contrato de mi pareja finaliza en julio.
No tiene derecho a a subsidio por desempleo por no llevar contratado en esta empresa al menos 1 año.
Anteriormente a este trabajo estuvo cobrando el subsidio por desempleo.

Mi pregunta es:
Al coger la paternidad con su actual empresa cobrará el 100% de su B.R., pero, cuando finalice el contrato en julio estando ya de baja por paternidad, ¿entraría como desempleado cobrando lo mismo que haya cobrado de baja con la empresa? ¿o al no tener derecho a subsidio tampoco tendría derecho a paternidad en el desempleo?

Es un poco lio, espero haberme sabido explicar
12/03/2024 15:34
Hola Somarpa, la respuesta a tu pregunta se encuentra en el artículo 284 de la Ley General de la Seguridad Social que dispone: "Cuando el trabajador se encuentre en situación de maternidad o de paternidad y durante las mismas se extinga su contrato por alguna de las causas previstas en el artículo 267.1, seguirá percibiendo la prestación por maternidad o por paternidad hasta que se extingan dichas situaciones, pasando entonces a la situación legal de desempleo y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la correspondiente prestación. En este caso no se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo de nivel contributivo el tiempo que hubiera permanecido en situación de maternidad o de paternidad."
En consecuencia tu pareja seguirá percibiendo la prestación por paternidad hasta que se extinga y, posteriormente, pasará a la situación de desempleo percibiendo la prestación/subsidio que, en su caso le corresponda.
Saludos,
12/03/2024 16:23
abalo abogados
Muchas gracias abalo abogados. Mi duda a quedado totalmente resuelta. Un saludo
Paternidad en desempleo sin subsidio | PorticoLegal
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Paternidad en desempleo sin subsidio

2 Comentarios
 
Paternidad en desempleo sin subsidio
11/03/2024 17:15
Buenas tardes.
En junio nacerá nuestro primer hijo.
El contrato de mi pareja finaliza en julio.
No tiene derecho a a subsidio por desempleo por no llevar contratado en esta empresa al menos 1 año.
Anteriormente a este trabajo estuvo cobrando el subsidio por desempleo.

Mi pregunta es:
Al coger la paternidad con su actual empresa cobrará el 100% de su B.R., pero, cuando finalice el contrato en julio estando ya de baja por paternidad, ¿entraría como desempleado cobrando lo mismo que haya cobrado de baja con la empresa? ¿o al no tener derecho a subsidio tampoco tendría derecho a paternidad en el desempleo?

Es un poco lio, espero haberme sabido explicar
12/03/2024 15:34
Hola Somarpa, la respuesta a tu pregunta se encuentra en el artículo 284 de la Ley General de la Seguridad Social que dispone: "Cuando el trabajador se encuentre en situación de maternidad o de paternidad y durante las mismas se extinga su contrato por alguna de las causas previstas en el artículo 267.1, seguirá percibiendo la prestación por maternidad o por paternidad hasta que se extingan dichas situaciones, pasando entonces a la situación legal de desempleo y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la correspondiente prestación. En este caso no se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo de nivel contributivo el tiempo que hubiera permanecido en situación de maternidad o de paternidad."
En consecuencia tu pareja seguirá percibiendo la prestación por paternidad hasta que se extinga y, posteriormente, pasará a la situación de desempleo percibiendo la prestación/subsidio que, en su caso le corresponda.
Saludos,
12/03/2024 16:23
abalo abogados
Muchas gracias abalo abogados. Mi duda a quedado totalmente resuelta. Un saludo