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Patio comunitario mancomunado servidumbre de paso

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Patio comunitario mancomunado servidumbre de paso
08/06/2010 00:50
1.- Una comunidad tiene la propiedad como predio sirviente de un Patio mancomunado de 543m2, servidumbre de paso de luces y vistas, todo ello recae sobre la totalidad del patio, además nuestra comunidad tiene un local destinado a garajes que forman parte como anejos inseparables de las viviendas y las sobrantes plazas se destinan como anejos inseparables a las viviendas del edificio colindante, por lo que la comunidad predio dominante tiene a su vez fincas vinculadas en la comunidad predio sirviente dado que la totalidad de sus viviendas tiene el siguiente apunte en su escritura: ¨lleva vinculada una plaza de garaje de X m2 ubicada en el sótano garaje del edificio colindante, rotulada con el numero …..¨, el mismo sobre la que recae la facultad de precio dominante del patio, este edificio además tiene destinado en su sótano un local destinado siendo además predio dominante por servidumbre de paso garajes, dichas plazas no se vinculan con las viviendas sino se destinan a venta libre.
Una vez introducidos en cómo están divididas las fincas horizontalmente paso al detalle:
En todo esto hay constituidas Tres comunidades una para la totalidad de los garajes incluye los dos sótanos, y las otras dos una cada una de las comunidades de viviendas y locales. La cuestión es la siguiente:
Existe un problema de filtraciones en los garajes dichas filtraciones vienen por el patio mancomunado. La comunidad de garajes tiene aprobada en acta dar un plazo para que las otras dos para reparen las filtraciones o procederán por vía judicial.
Dado que en los estatutos derivados de la división horizontal son iguales en las dos comunidades dice lo siguiente ¨ El sótano y la planta baja quedaran exceptuados de los gastos de uso, alumbrado conservación y reparación de los zaguanes y escaleras, cuyos gastos serán sufragados en cada escalera, por los restantes componentes de la misma, por partes iguales¨, ninguna referencia al patio mancomunado, entiendo es un elemento común también a los garajes.
1- ¿deberían contribuir las tres comunidades en los gastos de reparación de las filtraciones?
2- ¿en qué proporción?
3- ¿Cómo podemos cuantificar el valor de la servidumbre que soporta nuestra comunidad con respecto del predio dominante? ¨Aquí el pagar a partes iguales entre las comunidades nos perjudica debido que somos menos propietarios¨.
4- ¿es válido que se constituya en comunidad de propietarios independiente una finca que forma parte en propiedad horizontal de otras dos? Además en ningún acta al menos en nuestra comunidad hace mención a la división de la comunidad.