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pau

12 Comentarios
 
Pau
perfil ams
03/08/2009 18:15
¿un pau en el cual esta construido mas del 60% ilegalmente desde el año 88 actualmente como se considera ese suelo que queda sin construir? (comunidad valenciana)
perfil veo
03/08/2009 20:39
mal, muy mal, pudiendo llegar a vergonzante

tengo mi opinión sobre lo que debería hacerse con quienes consintieron la ilegalidad continuada durante 20 años, pero nuestros políticos y funcionarios suelen ser en la práctica legalmente IRRESPONSABLES a nivel personal, porque, salvo ante un caso de prevaricación probada, todos sus actos gozan de la presunción de velar por el bien común y, aunque pueden equivocarse, sus errores son achacables a su cargo y no a sus actos.

desconozco si quienes hoy delimitan el pau son los mismos que quienes permitieron la construcción ilegal, pero soy pesimista aunque sean otros, porque tengo tanto miedo de "los buenos" como de "los malos", y me explico:
- pudiéramos entender que "los buenos" son los que pugnan por un desarrollo sostenible con equidistribución de cargas y beneficios, y serían "buenos" si así lo hicieran en tiempo y forma. La realidad es que "los buenos" se limitan a arreglar el desaguisado poniendo trabas al patrimonio de una minoría, cuando no incautándolo, para beneficio de la mayoría causante.
- pudiéramos entender que "los malos" son los que únicamente tratan de reafirmarse en su cargo, obteniendo apoyo en dar cobertura legal a la mayoría infractora

en cualquier caso, sean "los buenos" o sean "los malos", el desarrollo del pau muy probablemente tratará de respetar todo lo posible de lo construido y, si se delimita un pau en el que ya se ha construido ilegalmente el 60%, dado que se necesitará espacio libre para zonas verdes y dotaciones, por simple economía éstas recaerán en las zonas no edificadas, con lo que, además de privar a sus propietarios de los mismos derechos que los infractores, difícilmente recibirán una justa compensación económica

¿podría hacerde bien?. difícilmente, porque difícil, cuando no imposible, es reparcelar algo colmatado de edificación, y porque difícil, cuando no imposible, es conseguir arrancar a los infractores una justa contribución a las cargas comunes
perfil ams
04/08/2009 00:28
mi pregunta ahora es la siguiente ¿se puede exigir a el ayuntamiento a calificar la zona como urbana ya que es la administracion que ha permitido que se haya construido ilegalmente perjudicando a otros vecinos?(bien via administrativa o judicial) y tambien si hay jurisprudencia en este sentido gracias
04/08/2009 18:15
Unas preguntas AMS,

De ese PAU ¿ fueron aprobados definitivamente el Plan Parcial, los Estatutos de la Junta de Compensación, las Bases de la Reparcelación y el proyecto de Urbanización ?

¿ Se constituyó la Junta de Compensación e inscribió ésta en el Departamento de Urbanismo de la CCAA, como Entidad Urbanística Colaboradora ? y todos esos actos, ¿ se expusieros a información pública ?

Te formulo esas preguntas porque un PAU es todo eso y hasta que no esté aprobado todo y ejecutada la urbanización no se puede construir.

Ese 60% que ha construído, ¿ porque consideras que las construcciones son ilregales ? ¿ acaso no tienen licencia ? creo que hay muchos cabos sueltos en éste asunto que deberías aclarar, para poder facilitarte una respuesta adecuada.

Un saludo.
perfil ams
04/08/2009 22:39
hola alga
en la primera pregunta la respuestas es un no.
en la segunda pregunta es un no y la tercera lo mismo
considero que son ilegales por que el concejal de urbanismo lo dijo el otro dia delante mio y al comentarle yo que ejecutara la demolicion el me dijo que eso es una decision suya, licencia no tiene ninguna edificacion y lo unico que tienen en ese pau es licencia de actividad pero no licencia de apertura y ademas las construcciones son anteriores al plan general de 1990 en el cual se esta aplicando en la actualidad
perfil veo
04/08/2009 23:09
independientemente de que parece existir alguna contradicción entre lo que ha dicho usted ayer y lo que ha dicho hoy, y de que, aunque involuntariamente, también puede ser inexactas algunas de las manifestaciones que usted pone en boca de ese concejal, no me cabe duda de que ese concejal es de "los malos"

NO, no podrá reclamar como urbano lo que no lo es y que para serlo requiere el desarrollo del planeamiento, con ordenación pormenorizada, cesiones y obras de urbanización de acuerdo con el plan general
perfil ams
04/08/2009 23:28
por que es contradictorio lo que comente ayer y lo que he dicho hoy si ayer dije que esta construido el 60% del pau y hoy contesto que nada de lo construido es legal y que son anteriores al plan general de 1990

perfil veo
05/08/2009 01:55
las contradicciones no cambian lo esencial pero, porque tiene interés en que las indique:
el día 3 escribió "un pau en el cual esta construido mas del 60% ilegalmente desde el año 88 ..."
y el día 4 escribió "... las construcciones son anteriores al plan general de 1990"
¿tan rápidos son?, ¿el 60% en 2 años?

respecto a las posibles inexactitudes:
dice que "lo unico que tienen en ese pau es licencia de actividad pero no licencia de apertura"
¿qué es la licencia de actividad?, ¿qué la de apertura?
dice que "al comentarle yo que ejecutara la demolicion el me dijo que eso es una decision suya"
y yo pienso que ha dicho algo más o menos así, pero no exactamente eso, salvo que se lo haya dicho a usted a solas

en cuaquier caso no cambian lo esencial
05/08/2009 11:56
Amigo Ams,

¿ Estás seguro que el Plan Parcial, Estatutos y Bases de la Reparcelación y el proyecto de Urbanización del PAU no fueron aprobados en su día por los órganos competentes ? ¿ como puedes asegurarlo ?, ¿ de que datos o información dispones para asegurarlo ?, ¿ acaso en esa urbanización no existen viales asfaltados, encintado de aceras, suministro de energía eléctrica, alumbrado, alcantarillado y abastecimiento de agua públicos y zonas verdes o suelo reservado para ellas ?. Haga éstas preguntas porque estoy observando, un día sí y otro también, que se manejan conceptos urbanísticos sin conocer realmente su significado.

Pues si todo eso existe, significa que la actuación urbanística de ese PAU está desarrollada y ese suelo tiene la clasificación de urbano con independencia de los años que hayan transcurrido desde su aprobación.

Pero eso sí, las edificaciones que en ese suelo se construyan y los usos que de ellas se haga, deberán ajustarse a las determinaciones establecidas en el propio PAU, es decir si el uso es industrial deberá destinarse a ese uso y no al residencial, por ejemplo.

¿ Construcciones ilegales ?, eso se soluciona fácilmente con la presentación, por escrito, de las denuncias correspondientes en el registro del ayuntamiento.

Un saludo.
perfil ams
05/08/2009 15:49
amigo veo pido disculpas, las construcciones son anteriores al año 88 me queria referir que la ultima fue en el año 88 y era la finca gemela de la que yo poseo y fue vendida por mi familia lo de la demolicion yo al comentarselo que si estaba todo ilegal el me comento que eso son decisiones de el(estabamos concejal de urbanismo y teniente alcalde, concejal de infaestucturas, alcalde pedaneo, mi abogado y yo) con respecto a lo de licencia de apertura y licencia de actividad no se la diferencia ya que en el pau hay gasolineras concesionarios de coches etc,.... con los cuales al hablar con ellos me comentaron que les resulta muy complicado renovar concesiones por que carecen de licencia de apertura y que para renovar las iso que les exigen no pueden al carecer de la licencia de apertura y ellos hacen trampas solicitando todos los años las licencias de apertura para renovar la iso (licencia de apertura que al mes siguiente les vuelve denegada), pero ellos me muestran licencia de actividad y el concejal de urbanismo dice que no hay licencia de apertura alguna y trabajan con licencia de actividad.
amiga alga estoy seguro de q no hay nada de tu primera pregunta ya que esa tierra era de mi bisabuelo, nadie se ha movido dentro de ese plan parcial para desarrollarlo dentro del plan general de ordenacion urbana por lo que lo puedo asegurar (propiedad familiar desde hace mas de 100 años) dispongo de toda ya que en certificados urbanisticos del ayuntamiento de 1/06/2009 esta calificada como urbanizable terciario sin sin desarrollar, existen viales asfaltados pero son antiguas carreteras cedidas a el ayuntamiento, aceras, suministro de agua, todo menos zonas verdes ni suelo reservado ya que solo quedan 2 parcelas para edificar una de ellas la mia de unos 4000m2 y otra de 10.000 m2 no se si me esplico bien pero lo intento dentro de mi desconocimiento en urbanismo ya que yo soy un humilde mecanico un abrazo y gracias amigos
05/08/2009 17:17
Ams, en esa clase de suelo y con ese uso, mientras no se desarrolle urbanísticamente ese sector dotándolo de todos los servicios públicos, hoy, no se puede construir. Otra cuestión es que hace 20 años eso fuera posible cumpliendo los requisitos entonces exigidos.

No obstante después de 20 años, de haber construido sin licencia las adificaciones existentes, la infracción ya ha prescrito y no se pueden demoler. Lo que sí habrá hecho el PGOU es declararlas fuera de ordenación.

En lo que se refiere a la licencia para desarrollar la actividad, debe tenerse en cuenta el tipo de actividad.

Las inócuas, para las que solo es necesaria la licencia de apertura.

Las molestas, insalubres y peligrosas, para las que es precisa la licencia de actividad clasificada.

Si quieres denunciar empieza por ahí, sin embargo todavía no alcanzo a comprender el fondo del asunto, ¿ cual es tu problema ?
perfil ams
05/08/2009 18:34
que nadie quiere desarroyar el pau ya que al solo quedar 2 parcelas en todo el pau nadie le ve viabilidad y ninguno de los propietarios de las parcelas edificadas quiere perder ni un metro ni tener que pagar obras de urbanizacion simplemente los 2 citados anteriormente por mi (gasolinera y concesionario de coches) ya que ellos la necesitan, el por que es por que se han pasado de edificabilidad, los 2 perjudicados actualmente somos los 2 propietarios de ese pau que hemos respetado la legalidad y los que no la han respetado tienen empresas montadas en perjuicio nuestro ya que han edificado mas de lo permitido en ese pau (o lo que dice el plan general en ese tipo de suelo) aunque el pgou fuera despues de las construcciones. ¿que deveriamos hacer? por que yo estoy perdido
05/08/2009 21:01
La verdad es que la legislación urbanística valenciana la desconozco, además creo que difiere bastante de la del resto de comunidades para la tramitación del planeamiento de desarrollo.

¿ Qué puedes hacer ?, lo primero ponerte tu y los propietarios que se te quieran adherir, en manos de un equipo de profesionales con capacidad reconocida para gestionar el desarrollo del sector. Ellos saben los pasos que hay que dar y como darlos.

Si os decidís a seguir adelante, pedidles que os hagan una estimación de los costes de su trabajo y los de la urbanización, así como la manera de repercutirlos. Pero por lo que tengo oído, oscilan entre 50 y 60 € el m2. de suelo urbanizable, que no es lo mismo que urbanizado.

Un saludo y suerte.