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penalizacion en contratos de arrendamiento

1 Comentarios
 
Penalizacion en contratos de arrendamiento
30/06/2008 17:43
si en un contrato de arrendamiento, pongo que es para un año minimo, y caso de no estar los 12 meses, me deberan de abonar los restantes como perjuicios.
sería correcto ????
me ampararia la ley si reclamo los pendientes de estar en el piso hasta losdoce ????
gracias
03/07/2008 13:26
Es vivienda o local de negocio? En contratos de alquiler de vivienda de 1 año de duración, la ley no dice nada sobre la indemnización que debe pagar el inquilino al propietario en caso de marcharse antes de que pase el año de duración pactada, pero ud. puede incluir una claúsula con la indemnización que quiera acordar con el inquilino si se marcha antes de 1 año. La indemnización que ud. quiere poner me parece excesiva, porque si el inquilino se va a los 6 meses tendría que pagar a ud. otros 6 meses aunque ud. vuelva a alquilar a otro a los pocos días de marcharse el anterior.
inquilino. No es aconsejable que un contrato de arrendamiento lo redacte una persona sin conocimientos legales, por los problemas que le puede crear. abogadoesp@gmail.com
penalizacion en contratos de arrendamiento | PorticoLegal
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Penalizacion en contratos de arrendamiento
30/06/2008 17:43
si en un contrato de arrendamiento, pongo que es para un año minimo, y caso de no estar los 12 meses, me deberan de abonar los restantes como perjuicios.
sería correcto ????
me ampararia la ley si reclamo los pendientes de estar en el piso hasta losdoce ????
gracias
03/07/2008 13:26
Es vivienda o local de negocio? En contratos de alquiler de vivienda de 1 año de duración, la ley no dice nada sobre la indemnización que debe pagar el inquilino al propietario en caso de marcharse antes de que pase el año de duración pactada, pero ud. puede incluir una claúsula con la indemnización que quiera acordar con el inquilino si se marcha antes de 1 año. La indemnización que ud. quiere poner me parece excesiva, porque si el inquilino se va a los 6 meses tendría que pagar a ud. otros 6 meses aunque ud. vuelva a alquilar a otro a los pocos días de marcharse el anterior.
inquilino. No es aconsejable que un contrato de arrendamiento lo redacte una persona sin conocimientos legales, por los problemas que le puede crear. abogadoesp@gmail.com