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pensión alimentos para el cónyuge

1 Comentarios
 
31/03/2007 12:29
No es pensión de alimentos, es pensión compensatoria del desequilibrio económica que produce la disolución del matrimonio. Art. 97 del CC (Código civil) y siguientes.
Un saludo.
Pensión alimentos para el cónyuge
31/03/2007 12:25
Buenos días;

Mi pregunta es la siguiente: ¿se puede pedir, como consecuencia del divorcio contencioso, además de la pensió por alimentos del hijo menor una pensión por alimentos para el cónyuge que se queda con la custodia del hijo al haber tenido una enfermedad que le incapacita para trabajar y no tener otra fuente de ingresos? ¿La pensión por alimentos es sólo de los padres para los hijos o también de los cónyuges entre sí? ¿En qué artículo lo puedo ver?


Muchas gracias a todos.