Primera pregunta. Se puede quitar la compensatoria si acredita haber trabajado durante un año?'segunda pregunta. Puede valer unas fotos comprometidas de estar en pareja para quitar la compensatoria?
Buenas tardes. Habrá que estar al tipo de trabajo y si es temporal o se desarrolla sin interrupción, durante tiempo y con previsión de que así sea en un futuro. Si se perciben unos ingresos regulares y de una entidad que le permitan vivir con total dignidad sin necesidad de ayuda del otro cónyuge, es muy probable que se interprete com un cambio sustancial en las circunstancias económicas que existían en el momento de dictar sentencia en el procedimiento de divorcio y ello podría conducir si no a la extinción de la pensión compensatoria, sí a su reducción. En cuanto a la convivencia en pareja sí que es un causa para la extinción de la pensión compensatoria. Quien solicite su extinción tendrá que demostrar en un procedimiento judicial que existe esa relación de pareja, con una convivencia duradera y estable, así como que existen lazos sentimentales fuertes que acrediten que dicha pareja hace vida en común equiparable a la situación de matrimonio. Por tanto unas simples fotos no van a ser suficientes, hará falta otras pruebas más contundentes de que existe esa relación. Quedo a su disposición. http://diazyalarconabogados.es
Buenas tardes. Y si conviven juntos pero no se demuestran gastos comunes? Es decir.. . Como se demuestra que recibe dinero de su nueva pareja o que comparten gastos? Gracias