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pension de alimentos

15 Comentarios
 
Pension de alimentos
06/01/2005 00:55
hola, soy karin tengo 21 años soy separada y sin trabajo, mi consulta es si puedo demandar a mi exmarido por pension alimenticia
06/01/2005 01:14
¿eres separada o divorciada? Si eres separada, no es tu exmarido, sino tu todavía marido. En ese caso sí que puedes demandarle alimentos, siempre y cuando los necesites y él pueda suministrártelos.
El problema es que debió fijarse, en la sentencia de separación o de divorcio, la pensión por desequilibrio económico... Si no se ha fijado, cambia de abogado si realmente tenías derecho a ella... De todas formas, son necesarios muchos más datos para dar una respuesta satisfactoria a tu pregunta...
06/01/2005 13:23
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
07/01/2005 12:37
cuando te separastes ,si había desequilibrio economico deberías haber pedido pensión compensatoria ,aunque por tu edad seguramente no te la hubieran concedido ,ahora ya no puedes solicitarla
22/01/2005 15:49
que diferencias hay ?? si estas divorciada no te dan la compensatoria? Si todavia sois marido y mujer dado q solo se esta separados hay obligaciones el uno con el otro? tenia entendido q la unica diferencia es q te puedas volver a casar o no. yo estoy separada y no tengo compensatoria ni hijos ni nada, pq no teniamos nada. casa de alquiler y cada uno su propio coche. Acabamos bastante mal porq lo pille en casa con otra. No me he divorciado pq crei q no era necesario, pero si tengo alguna obligacion con él no tardare ni un dia en solicitarlo.alguien me puede asesorar?
24/01/2005 07:58
Anitta: Búscate un trabajo, divorciate y ruego por que el hombre con el que reagas tu vida no sufra las consecuencias de tu odio hacia tu ex.
24/01/2005 19:40
No tengo ningun odio. Y ya tengo otra pareja con la q estoy estupendament. Si estar separado es lo mismo pues no me voy a gastar el dinero en un divorcio. Solo tengo esa duda y si alguien me la resuelve pues estupendo. Gracias.
24/01/2005 22:08
Para Annita:
Con la separación, el vínculo matrimonial no se disuelve, en cambio con el divorcio si. Con lo cual no es lo mismo una cosa que otra.

24/01/2005 22:27
Ruego me disculpes Anita, por error te he señalado a ti cuando mi mensaje estaba dirigido a Karin: Dudo que un juez en sus cabales te conceda la pensión compensatoria a tu edad, que puedes trabajar sin pegas. Se que has expuesto tus dudas con toda libertad, pero me considero igulamente libre para decirte que tienes la cara muy dura.
25/01/2005 01:31
Gracias marla.Disculpas aceptadas Harta. Desde luego una no sabe lo q hace cuando se casa.Por lo menos yo.He preguntado por fuera y me han dicho q si estas separada tienes las mismas obligaciones para tu conyuge q cuando estas casada. lo q no tienes son derechos.Es eso cierto?? Que derechos y deberes tienes cuando estás casada? Lo q se hace sin saber!!...... Gracias.
25/01/2005 09:51
Annita, no saber lo que se hace cuando se casa es un indicador de lo que uno quiere hacer en su vida. Pero cuando se tiene un hijo, el nivel de conciencia sobre tu vida debe ser mas claro.

Respecto a tus derechos y obligaciones, son los mismos que los de cualquier persona. Responsabilizarse de la protección y cuidado en todos los aspectos: sanitario, educativo, recreativo y social de tu hijo, y sobre ti misma, que para eso eres mayor de edad.

Cuando estás separada no tienes las mismas obligaciones para con tu cónyuge, puesto que ha cesado la convivencia con él. Pero dichas obligaciones que tenías antes, surgían no de la ley, sino de las obligaciones personales y morales que se establece entre personas que se quieren (se supone). La ley no dictamina sobre derechos y obligaciones en cuanto a la manera de relacionarse, siempre que se respete el código civil y penal. Es decir, que no haya abandono de las responsabilidades para con la pareja e hijos, y no se cometa ningún delito contra la libertad de las personas; pero la ley no clarifica mucho más sobre vuestra relación (faltaría más): estamos en un país libre y democrático (o ello suponemos todos).

A partir de la separación, cesan las obligaciones de convivencia mutua, pero si tenéis un hijo, se mantienen aquellas relacionadas con proporcionar todo el afecto y cuidado que necesita vuestro hijo. Y si lo compartis desde la corresponsabilidad, mucho mejor para ese hijo. Ahora bien, si no hay acuerdo entre vosotros, y el conflicto es grande, la ley ayuda a clarificar como debe producirse la relación entre hijos y padres (lo cual en mi opinión es triste, y debe ser un último recurso a emplear).

Así que, a expensas de clarificaciones más técnicas, te sugeriría que continuases con la felicidad en la nueva relación que has establecido, y que ójala pudieses junto a tu expareja acordar un convenio de mutuo acuerdo respecto a la relación con vuestro hijo; lo cual significa la Custodia Compartida. Sino, consulta a un abogado, que espero que sea honesto y profesional, y al contencioso (que Dios ampare a vuestro hijo).

Suerte y un saludo
25/01/2005 20:43
Grcias por intentan aclararme las dudas, tiento, pero hay un problema en este foro, q estais cegados con los hijos y con la custodia compartida. Ya q yo dejé bien claro en mi exposicion q no tengo hijos y q lo único q quiero saber es si tengo obligaciones con mi marido ya q no estoy divorciada, solo separada y no entiendo cual es la diferencia. Ya se q en la sepración los vinculos matrimoniales todavia existen, pero no se lo q significa y parece q nadie lo sabe. Existen mas difenrencias q la de no poder volver a casarte ??? Gracias
25/01/2005 20:56
Yo me separé y concertamos una compensatoria ya q yo estaba estudiando una carrera y no podria trabajar a tiempo completo. Yo tenia 24 años y me la concedieron sin problema. Tb tengo q decir q la vivienda se la kedo mi ex y no se si eso influiria en algo...
25/01/2005 21:37
Disculpa mi interpretación, que aunque no fue por cegera, se ha producido. Y lo interpreté porque hablaste en tu duda inicial sobre una "pensión alimenticia", que es la de los hijos. La de la pareja o excónyuge se llama "pensión compensatoria".


Un saludo
25/01/2005 22:43
Deduzco q el mail anterior va dirigido a mi, aunq lleva mi nombre como remitente.Siento tener q aclarar de nuevo q yo no he dicho pension de alimentos, he dicho compensatoria. Se las diferencias.
26/01/2005 11:09
vamos a ver Annita:
una cosa es la sepraion que como te han comentado correctamente, no disuelve el vinculo matrimonial, sino que lo deja en suspenso y otra bien distinta es el divorcio, que rompre el vinculo conyugal.
al estar separada, no existen obligaciones con tu conyuge, ni personales ni patrimoniales, puesto que la sociedad conyugal se disolvio, por tanto todos los bienes y deudas que adquieras tras la sepracion tienen carcater privativo.
si deseas contraer nuevo matrimonio, es necesario instar el procedimietno de divorcio.
un saludo