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pensión de jubilación

1 Comentarios
 
Pensión de jubilación
28/07/2020 15:52
Buenas tardes a todos.
Una cliente me ha venido con dudas respecto a la pensión de jubilación que le han calculado, y el problema es que ha venido realmente tarde y se va terminando el plazo para recurrir la resolución y la SS, por el tema del coronavirus, tarda en darle cita.

De la información que me ha dado extraigo lo siguiente:
-Es una mujer de Rumanía que ha cotizado unos 12 años en España y unos 10 años en Rumanía, por lo que, aunque prorrateada, tendrá derecho a pensión de jubilación.
-No obstante, el período computado a efectos de base reguladora no son los 22 años anteriores al hecho causante, sino que aparece desde abril de 1985 a abril de 2007.
-Las bases reguladoras que aparecen entiendo que son las de España, y efectivamente son realmente bajas (la más alta es de unos 800€, por lo que la pensión a resultar es muy baja.

Ahora bien, mis dudas son las siguientes:
-Aparecen numerosos períodos de tiempo de cotización 0. Teniendo en cuenta que en la resolución aparece que esta trabajadora cotizó al Régimen General, ¿no deberían integrarle las lagunas de cotización?
-¿Por qué el período computable son esos 22 años entre el 85 y el 07? ¿Tiene algo que ver con que no le integren las lagunas?
-¿Tendría derecho al complemento a mínimos, al menos en el porcentaje que resulte del tiempo cotizado en España? Es decir, si le corresponde a España un 55% de la pensión (según la propia resolución), ¿no tendría derecho a que su pensión se complementera a un 55% del mínimo, al menos?

Gracias a todos de antemano.
Me falta mucha información, pero no podré reunirme con mi cliente en los próximos días y quierio ir adelantando trabajo para que no nos pille el toro si tenemos que recurrir.
28/07/2020 16:08
CidK
Añado un dato: mi cliente era empleada de hogar. Que se me ha olvidado ponerlo.
pensión de jubilación | PorticoLegal
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Pensión de jubilación
28/07/2020 15:52
Buenas tardes a todos.
Una cliente me ha venido con dudas respecto a la pensión de jubilación que le han calculado, y el problema es que ha venido realmente tarde y se va terminando el plazo para recurrir la resolución y la SS, por el tema del coronavirus, tarda en darle cita.

De la información que me ha dado extraigo lo siguiente:
-Es una mujer de Rumanía que ha cotizado unos 12 años en España y unos 10 años en Rumanía, por lo que, aunque prorrateada, tendrá derecho a pensión de jubilación.
-No obstante, el período computado a efectos de base reguladora no son los 22 años anteriores al hecho causante, sino que aparece desde abril de 1985 a abril de 2007.
-Las bases reguladoras que aparecen entiendo que son las de España, y efectivamente son realmente bajas (la más alta es de unos 800€, por lo que la pensión a resultar es muy baja.

Ahora bien, mis dudas son las siguientes:
-Aparecen numerosos períodos de tiempo de cotización 0. Teniendo en cuenta que en la resolución aparece que esta trabajadora cotizó al Régimen General, ¿no deberían integrarle las lagunas de cotización?
-¿Por qué el período computable son esos 22 años entre el 85 y el 07? ¿Tiene algo que ver con que no le integren las lagunas?
-¿Tendría derecho al complemento a mínimos, al menos en el porcentaje que resulte del tiempo cotizado en España? Es decir, si le corresponde a España un 55% de la pensión (según la propia resolución), ¿no tendría derecho a que su pensión se complementera a un 55% del mínimo, al menos?

Gracias a todos de antemano.
Me falta mucha información, pero no podré reunirme con mi cliente en los próximos días y quierio ir adelantando trabajo para que no nos pille el toro si tenemos que recurrir.
28/07/2020 16:08
CidK
Añado un dato: mi cliente era empleada de hogar. Que se me ha olvidado ponerlo.