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Pension I.P.T. Autónomos

4 Comentarios
 
Pension i.p.t. autónomos
19/04/2005 21:36
Hola. Quería saber si el Régimen de la Seguridad Social para Autónomos contempla la posibilidad de subir el porcentaje de la pensión por Incapacidad Permanente total del 55% al 75% de la base reguladora al llegar a los 55 años, como es el caso del Régimen General. Gracias.
20/04/2005 11:26
Efectivamente, se reconoce el derecho de incrementar la pensión de un 55% a un 75% a los trabajadores incluidos en el RETA con las siguientes condiciones:
1. Tener 55 años o más.
2. No ejercer ningún trabajo por el que cobre (ni por cuenta ajena ni propia.
No figurar como titular de una explotación marítima, pesquera o agraria, o de un establecimiento abierto al público como propietario o arrendatario
20/04/2005 11:56
Perdona,pero en el caso de los autonomos no hay subida de porcentaje.
20/04/2005 17:58
Como bien dice enenai, tiene que cumplirse ésos requisitos, pero es que además la pensión de incapacidad permanente total para la profesión habitual, habrá de haber sido causada a partir de Enero del año 2003
Saludos
20/04/2005 19:03
Si,perdonar pero esto a cambiado a partir de enero de 2003 estaba hablando de antes de esa fecha.UN SALUDO
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19/04/2005 21:36
Hola. Quería saber si el Régimen de la Seguridad Social para Autónomos contempla la posibilidad de subir el porcentaje de la pensión por Incapacidad Permanente total del 55% al 75% de la base reguladora al llegar a los 55 años, como es el caso del Régimen General. Gracias.
20/04/2005 11:26
Efectivamente, se reconoce el derecho de incrementar la pensión de un 55% a un 75% a los trabajadores incluidos en el RETA con las siguientes condiciones:
1. Tener 55 años o más.
2. No ejercer ningún trabajo por el que cobre (ni por cuenta ajena ni propia.
No figurar como titular de una explotación marítima, pesquera o agraria, o de un establecimiento abierto al público como propietario o arrendatario
20/04/2005 11:56
Perdona,pero en el caso de los autonomos no hay subida de porcentaje.
20/04/2005 17:58
Como bien dice enenai, tiene que cumplirse ésos requisitos, pero es que además la pensión de incapacidad permanente total para la profesión habitual, habrá de haber sido causada a partir de Enero del año 2003
Saludos
20/04/2005 19:03
Si,perdonar pero esto a cambiado a partir de enero de 2003 estaba hablando de antes de esa fecha.UN SALUDO