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Pensión máxima de jubilación

2 Comentarios
 
Pensión máxima de jubilación
06/11/2004 11:09
Hola. Quería saber cómo se calcula la pensión máxima de jubilación, cual es el criterio que se sigue y por qué es inferior al tope máximo de cotización. Gracias.
08/11/2004 09:58
La pensión de jubilación se cálcula dividiendo por 210 las bases de cotización del interesado durante los 180 meses inmediatamente anteriores a aquel en que se produzca el hecho causante, es decir, la jubilación.

En realidad se trata de considerarla suma de las cotizaciones de los 15 años anteriores (15X12= 180) dividiendo su importe por el número de meses de esos años más las pagas extras (15X14=210).

Las bases correspondientes a los 24 meses anteriores a aquel en que se produce la jubilación se computarán por su importe real.

Las restantes bases de cotización se actualizarán de acuerdo con la evolución que haya experimentado el IPC desde el mes a que aquellas correspondan, hasta el período de los dos años al que hemos hecho referencia. Existen programas informáticos que realizan las operaciones ya que a mano sería muy laborioso.

La pensión máxima establecida por el gobierno en los Presupuestos Generales del Estado para el 2004 es de 2.086,10 € (347.098 Ptas.)

El tope máximo de cotización también para el 2004 es de 2.731,50 € (454.483 Ptas.)

Es inferior la pensión máxima al tope máximo de cotización porque es el criterio marcado por el poder legislativo ya que el cálculo de la pensión se realiza a través de un porcentaje en función de los años cotizados alcanzando el 100% a los 35 años. Pero de la base reguladora cálculada, no de la cotización. Y lógicamente se reduce la base reguladora con relación a la cotización cuantos más años se tienen en cuenta para calcular la base reguladora.

Espero haber aclarado tus dudas.
Saludos
09/11/2004 09:37
Muchas gracias. Hoy he aprendido un poco más.
Pensión máxima de jubilación | PorticoLegal
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Pensión máxima de jubilación
06/11/2004 11:09
Hola. Quería saber cómo se calcula la pensión máxima de jubilación, cual es el criterio que se sigue y por qué es inferior al tope máximo de cotización. Gracias.
08/11/2004 09:58
La pensión de jubilación se cálcula dividiendo por 210 las bases de cotización del interesado durante los 180 meses inmediatamente anteriores a aquel en que se produzca el hecho causante, es decir, la jubilación.

En realidad se trata de considerarla suma de las cotizaciones de los 15 años anteriores (15X12= 180) dividiendo su importe por el número de meses de esos años más las pagas extras (15X14=210).

Las bases correspondientes a los 24 meses anteriores a aquel en que se produce la jubilación se computarán por su importe real.

Las restantes bases de cotización se actualizarán de acuerdo con la evolución que haya experimentado el IPC desde el mes a que aquellas correspondan, hasta el período de los dos años al que hemos hecho referencia. Existen programas informáticos que realizan las operaciones ya que a mano sería muy laborioso.

La pensión máxima establecida por el gobierno en los Presupuestos Generales del Estado para el 2004 es de 2.086,10 € (347.098 Ptas.)

El tope máximo de cotización también para el 2004 es de 2.731,50 € (454.483 Ptas.)

Es inferior la pensión máxima al tope máximo de cotización porque es el criterio marcado por el poder legislativo ya que el cálculo de la pensión se realiza a través de un porcentaje en función de los años cotizados alcanzando el 100% a los 35 años. Pero de la base reguladora cálculada, no de la cotización. Y lógicamente se reduce la base reguladora con relación a la cotización cuantos más años se tienen en cuenta para calcular la base reguladora.

Espero haber aclarado tus dudas.
Saludos
09/11/2004 09:37
Muchas gracias. Hoy he aprendido un poco más.