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Pensión viudedad hombres en cataluña

5 Comentarios
 
Pensión viudedad hombres en cataluña
18/01/2023 09:21
Me gustaría saber si en Cataluña, los hombres también tienen derecho a cobrar pensión de viudedad. Y si es así, hasta cuándo pueden cobrarla.?
Gracias
19/01/2023 10:30
Igual que las mujeres si cumplen los requisitos para ello: estar legalmente casados desde al menos un año, inscritos como pareja de hecho desde dos años, o tener hijos en común, y que la pareja fallecida estuviera dada de alta y/o tuviera ya cotizaciones que generasen derecho a pensión de viudedad.
La pensión de viudedad en principio es vitalicia, salvo que el perceptor se vuelva a casar (o que la hayas matado tú y tal), pero está sujeta a limitación de rentas.
19/01/2023 13:21
paquito xocolatero
Hola
Muchas gracias por la rápida respuesta
Sólo me queda una duda…
“Sujeta a limitación de rentas”, no sé qué significa.
Gracias
19/01/2023 13:24
paquito xocolatero
Por cierto…
Me puedes aclarar una cosa que he leído que dice que en Cataluña, cuando el hijo menor cumple los 18, dejas de cobrar la pensión de viudedad por ser varón….?
Gracias
19/01/2023 14:13
Sobre las rentas: en el caso de cobrar otra pensión (jubilación, por ejemplo) hay un límite máximo de lo que se puede cobrar entre ambas.
Sobre lo del menor, no, no hay nada en absoluto de nada de eso. No hay NINGUNA diferencia entre ser hombre y mujer, en ningún caso, nunca, y por tener hijos que cumplan los 18 lo que pueden dejar de cobrar son estos las de orfandad, que es independiente de la viudedad.
19/01/2023 22:25
paquito xocolatero
Muchísimas gracias de nuevo
Gracias por tu ayuda
Un cordial saludo
Pensión viudedad hombres en cataluña | PorticoLegal
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5 Comentarios
 
Pensión viudedad hombres en cataluña
18/01/2023 09:21
Me gustaría saber si en Cataluña, los hombres también tienen derecho a cobrar pensión de viudedad. Y si es así, hasta cuándo pueden cobrarla.?
Gracias
19/01/2023 10:30
Igual que las mujeres si cumplen los requisitos para ello: estar legalmente casados desde al menos un año, inscritos como pareja de hecho desde dos años, o tener hijos en común, y que la pareja fallecida estuviera dada de alta y/o tuviera ya cotizaciones que generasen derecho a pensión de viudedad.
La pensión de viudedad en principio es vitalicia, salvo que el perceptor se vuelva a casar (o que la hayas matado tú y tal), pero está sujeta a limitación de rentas.
19/01/2023 13:21
paquito xocolatero
Hola
Muchas gracias por la rápida respuesta
Sólo me queda una duda…
“Sujeta a limitación de rentas”, no sé qué significa.
Gracias
19/01/2023 13:24
paquito xocolatero
Por cierto…
Me puedes aclarar una cosa que he leído que dice que en Cataluña, cuando el hijo menor cumple los 18, dejas de cobrar la pensión de viudedad por ser varón….?
Gracias
19/01/2023 14:13
Sobre las rentas: en el caso de cobrar otra pensión (jubilación, por ejemplo) hay un límite máximo de lo que se puede cobrar entre ambas.
Sobre lo del menor, no, no hay nada en absoluto de nada de eso. No hay NINGUNA diferencia entre ser hombre y mujer, en ningún caso, nunca, y por tener hijos que cumplan los 18 lo que pueden dejar de cobrar son estos las de orfandad, que es independiente de la viudedad.
19/01/2023 22:25
paquito xocolatero
Muchísimas gracias de nuevo
Gracias por tu ayuda
Un cordial saludo