Trabajador con contracto temporal eventual por circunstancias de la producción. Contrato de seis meses, en el que se fija un período de prueba por remisión al convenio de 2 meses. Se le extingue el contrato al mes y medio por no superacion del periodo de prueba. Ahora el trabajador reclama por despido improcedente alegando que el contrato eventual por circunstancias de la producción lo es en fraude de ley y que por tanto al convertirse en indefinido seria un despido improcedente, al no tener cabida el periodo de prueba.
Yo entiendo que aunque el contrato se transformara en indefinido, igualmente la extinción seria correcta porque se hizo dentro del periodo de prueba.
Será nulo el pacto que establezca un período de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación.
Eso, si toma un poco de aire, Antonio, que no se puede ir siempre contestando así a saco. No sé que otras meteduras de pata te habrá hecho ver hoy dsg29, pero el consultante el problema (o posible problema) en este caso no es que el trabajador haya desempeñado las mismas funciones en la empresa, dato que no consta, sino la denuncia por parte del trabajador de que el contrato se ha celebrado en fraude de ley.
En cualquier caso, no es correcto tampoco que en un contrato indefinido no tenga cabida un periodo de prueba
Hola , entiendo que a pesar de que el contrato este o no en fraude , tiene periodo de prueba y por lo tanto no hay improcedencia , si esta dentro del periodo de prueba saludos
Josipi habla de: fraude de ley ¿porque? Convertirse en indefinido ¿porque se convierte en indefinido? Si reclama por deido improcedente, lee la demanda y y mira los argumento, para que sea fraude de ley, y porque se convierte en indefinido de la noche a la mañana. Espero puedas aclarar este tema.
Déjalo estar, Antonio, de verdad. (en cualquier caso, la reclamación por fraude de ley en la contratación temporal y, por tanto, del caracter indefinido, vendrá, con o sin razon, por la inexistencia de causa que justifique la temporalidad)
Y sí, eso es lo quen pretendía expresar, que un contrato indefinido puede tener perfectamente periodo de prueba.
Primero de todo gracias por las respuestas. Antonio: el tema planteado creo que es claro. Se trata de un contrato eventual por circunstancias de producción, donde se contrata a un conductor. En el contrato (de 6 meses) se fija una cláusula de período de prueba (2 meses). Al trabajador se le extingue el contrato por no superar el período de prueba al mes y medio. El trabajador interpone demanda, y alega que el contrato está hecho en fraude de ley porque no existe causa para la temporalidad del contrato (art. 15 ET), y entonces dice que el contrato se convierte en indefinido, de tal manera que no operaría la extinción dentro del período de prueba.
He buscado jurisprudencia que insinuan que aunque se convierta en indefinido el alcance del período de prueba también tiene lugar, pero no hay sentencias que lo digan claramente.
Como te han apuntado otros foreros, el período de prueba se puede dar en los contratos indefinidos. El art. 14 ET se establece para cualquier contrato (exista temporalidad o no).
Es más, creo recordar que en las bonificaciones de la Ley 35/2010, se establece que las empresas que se beneficien de las bonificaciones de la contratación indefinida que la norma indica, deben mantener el nivel de empleo dentro de la misma. Pero este nivel no se verá afecto, por las extinciones de contratos indefinidos durante el período de prueba.
En cualquier caso, si es nula una parte del contrato (existencia o no de temporalidad), el resto se entenderá válido (art. 9.1 ET).