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Períodos de cotizacion asimilados por parto

2 Comentarios
 
Períodos de cotizacion asimilados por parto
14/04/2010 13:35
Hola, mi pregunta es la siguiente:

Llevo 33 años de funcionaria, de los cuales una parte he cotizado a la Seguridad Social y otra a clases pasivas. Tengo intención de jubilarme y me dicen en clases pasivas que no me van a reconocer 112 días completos de cotización por cada parto (he tenido dos) que según la Ley 3/2007 me corresponden, porque dicen que clases pasivas todavía no ha aplicado esa Legislación.

¿Alguien está o ha estado en esta situación y me puede decir algo? Os lo agradecería.

Gracias
07/05/2010 12:37
Hola Rosama, sí que hay alguna persona más en tu situación.

Inexplicablemente Clases Pasivas no aplica el mandato establecido en la DA 44 de la LO 3/2007. Más inexplicable es que desde el Ministerio de Igualdad, al cual me he dirigido, no hayan hecho absolutamente nada, al menos hasta ahora, para corregir esta interpretación que entiendo vulnera preceptos y principios de la Constitución. Creo que se conseguirá este beneficio también para las funcionarias de Clases Pasivas, pero no van a ceder fácilmente y posiblemente haya que recurrir a la justicia. Si decides hacerlo el Tribunal Supremo, Sala Social, ha reconocido este derecho en el antiguo SOVI, que no forma parte del sistema de la seguridad social, por lo que los argumentos de ese Alto Tribunal serían trasladables al supuesto de las funcionarias de Clases Pasivas.

La Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas reconoce que el mecanismo de cobertura de clases pasivas forma parte del sistema de la seguridad social, es evidente pues se integra en de uno de sus regímenes especiales, sin embargo luego no aplica la DA 44 porque dice que modifica una norma de Seguridad Social, como si el régimen especial de los funcionarios no fuera también seguridad social, y continúa diciendo que clases pasivas se rige por sus propias normas, artículo 10.3 LGSS.
Los argumentos de Clases Pasivas no se sostienen desde una perspectiva constitucional, ya que lo que se ha pretendido es dar un beneficio en compensación por la discriminación a la que han estado sometidas las mujeres madres, por su maternidad y por su dedicación a la familia, cosa que en general no habían hecho los hombres. Esta dedicación siempre la habían realizado las mujeres con independencia de si eran funcionarias o no, o del régimen de seguridad social en el que estuviesen encuadradas.

En definitiva, entiendo que tienes derecho pero de momento no están por la labor de reconocerlo. Espero que entre todas y todos se pueda conseguir.
Un saludo.
15/06/2010 09:58
bakugan

Muchas gracias por tu información.

Yo no estoy dispuesta a tirar la toalla. Cuando llegue el momento en el que quiero jubilarme el 10-06-2011 si no me lo aplican, recurriré y ya os informaré del resultado.