1º.- Desconfiar de quien te asegura que con un cursillo te conviertes en perito.
2º.- Leer arts 340 y ss L.E.C.
3º.- Inscribirse en el turno de peritos de las siguientes profesiones: Arquitectos superiores y tecnicos, ingenieros industriales y tecnicos, ingenieros agrónomos y tecnicos, agentes de la propiedad inmobiliaria
Si en un pleito una parte presenta su peritaje, en principio lo puede hacer cualquiera. pero si yo que no soy medico y he hecho un cursillo de primeros auxilios firmo un informe sobre unas lesiones a causa de p.ej un accidente, el juez se va a reir mucho y tomará mi informe con el valor que tiene: CERO.
Si es el propio juzgado el que solicita un peritaje, esta obligado por la LEC a solicitarlo de la Administración pública, si es que presta ese servicio, o bien de colegios profesionales (los que antes te indique según la materia y fin de la peritación).
Las asociaciones que prometen curso, título, e introducirte en las listas de los juzgados no creo mque jueguen limpio. Te aseguro que en mi partido judicial los jueces solo llaman a los titulados que te indiqué, requiriendo cada año lista actualizada a cada colefio oficial.
Gracias ignacio por tu informacion,entonces por lo que deduzco me desaconsejas realizar el curso de peritacion judicial?yo estudio actualmente derecho , que me aconsejarias que hiciera para consequir algun tipo de curso o trabajo que me ayude a consequir dinero para terminar la carrera?