En el sumario una persona victima de un delito por ejemplo de un abuso sexual debe ser examinada por dos peritos,artº 459 Lecrm. Y en unas diligencias previas,¿rige las misma regla?.O basta con que lo sea uno.
En el Ordinario son dos, con excepciones (Organismos Oficiales, pr ejemplo, se supone la intervención de más de uno, aunque sólo firme uno; casos en que sólo esté disponible uno en la localidad...).