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Permiso de residencia no lucrativo con medios económicos

3 Comentarios
 
Permiso de residencia no lucrativo con medios económicos
06/07/2019 01:19
Buenas. Un familiar me ha pedido información sobre los trámites a llevar a cabo para que un amigo suyo (africano , del congo o guinea creo recordar) pueda conseguir el permiso de residencia. Por lo visto tiene pasta mas que suficiente para demostrar que tiene los medios suficientes tanto para subsistir como para retornar a su país. Pero mi duda surge al ver que solo conceden ese tipo de permiso para un año, pasado ese tiempo, ¿es muy complicado conseguir la renovacion de este tipo de permisos?
Saludos y gracias por adelantado.
06/07/2019 12:31
Malagarpg
Hola :

Básicamente se requiere acreditar disponibilidad de recursos propios suficientes. La cuantía mínima fijada por el Reglamento de desarrollo de la ley de extranjería es el equivalente al 400% del IPREM mensual por cada mes que vaya a durar la autorización de residencia ( la inicial es de un año, que se puede renovar : 2 años la primera renovación y 2 años la segunda renovación, hasta completar los 5 años, cuando ya le corresponderá solicitar una autorización de residencia de larga duración) y un seguro médico que tenga el mismo nivel de cobertura que el ofrecido por el Instituto Nacional de Salud en España .

Para renovar es necesario que la persona siga cumpliendo con los requisitos que dieron lugar a la concesión de la autorización inicial ( tener los recursos en la cuantía fijada para el tiempo de vigencia de la renovación y el seguro médico con las características ya indicadas) y que durante el tiempo que ha residido en España no se le hayan generado antecedentes penales.

Un cordial saludo.
08/07/2019 14:41
Condedecartagena
Muchas gracias. Vamos a ver que tal va la cosa. Un saludo
08/07/2019 14:52
Condedecartagena
Una cosa más. ¿Cual sería la manera ideal para seguir los trámites, presentación de documentación, etc?
1.- Visado de permiso 90 días (con la documentación ya preparada de su país certificado de antecedes). Y presentar estando durante ese período en España la solicitud junto con la documentación en la oficina de extranjeria o consulado.
2. ¿O sería cuestión de hacerlo todo desde su país? No sé si cabe esta opción