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Permiso de residencia y trabajo, reagrupacion de familia, pareja de hecho

5 Comentarios
 
Permiso de residencia y trabajo, reagrupacion de familia, pareja de hecho
23/12/2010 01:35
Buenas, Soy ciudadano español con contrato, recursos económicos, empadronado en la comunidad de madrid, actualmente mi novia es estadounidense y esta en los EEUU, llevo más de 2 años con ella, pero he estado estudiando en EEUU 3 años donde la conocí y viví con ella. Ahora le gustaría venir a españa, leyendo la nueva ley de extranjeria en la que las parejas de hecho tienen la posibilidad de ser reagrupadas. Ella va a venir en enero del año que viene con visado de turista a España en la que nada más llegar nos vamos hacer pareja de hecho.
-¿Cual es el tiempo que tarda la comunidad de madrid en el papeleo de pareja de hecho? (Ya tengo pedida cita para el 2 de feb.
-Una vez que tengo el papel de pareja de hecho. ¿Cual es la documentación que necesito y donde debo entregarlo, y con que solicitud para que ella pueda quedarse en España con permiso de residencia y trabajo?
-Si estos últimos trámistes que me imagino lo gestiona extranjería tardan más de 3 meses, ¿tendría que volver ella a su país?
Muchísimas gracias por su ayuda.
23/12/2010 13:36
Hola. De acuerdo con lo dispuesto en la normativa de la Comunidad de Madrid, para poder practicarse la inscripción como parejas de hecho, deben acreditar, mediante testigos preferiblemente, pero también pueden aportar otros medios si los tienen y desean presentar, que han convivido como pareja de hecho, mínimo, durante doce meses.

De acuerdo con la normativa, el plazo para resolver sobre la inscripción, es de dos meses.

Cuando tengan el certificado de la inscripción, debe solicitar cita previa en la página web del Ministerio de la Presidencia y comparecer en el día que se le asigne con la documentación:
1.- Original y copia del pasaporte.
2.-Original y copia del certificado de inscripción como pareja de hecho.
3.- Original y copia del DNI del ciudadno español.
4.-Certificado de empadronamiento
5.- Impreso EX-16 cumplimentado, en original y copia (descargable desde Internet).

Si tardan más de tres meses, ella tiene dos opciones, a efectos de mantener la legalidad de su permanencia en el país y no caer en la irregularidad:

A) Solicitar una prórroga de estancia (por otros 90 días).
B) Hacer un viaje a un país cercano extracomunitario, lo que implica salir de la Unión Europea y del Espacio Shengen y volver a entrar luego de unos días (por ejemplo, una semana en Marruecos o en Croacia, Serbia o en Turquía, por poner unos ejemplos).

Cuando ella tenga la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, podrá trabajar sin limitaciones.

Un cordial saludo y suerte.

31/01/2011 00:56
Hola. Tienes que dirigirte a la Oficina de Extranjeros que te corresponda en Canarias y solicitarla. Dependiendo de si debas o no pedir cita previa en la provincia en la que te encuentres (eso míralo en la página web del Ministerio de Política Territorial : www.mpt.es, apartado EXTRANJEROS), puedes pedirlo desde ya o esperar al día en el que te salga asignada la cita previa; debes reunir la documentación y presentarla. Es fundamental el certificado de inscripción como pareja de hecho, los certificados de empadronamiento tuyo y de tu pareja de hecho comunitaria y el DNI si es española o su pasaporte más el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, si es de otro país de la Unión Europea.

Pueden demorar unos tres meses, como máximo. Con todo, los asuntos de comunitarios o sus familiares, se deben despachar con agilidad. Desde el momento en que tengas el resguardo de la expedición de la tarjeta y en él te venga asignado el NIE (si no viene, pídelo, porque lo necesitarás), ya podrán contratarte. Bueno, en realidad, teóricamente, pueden contratarte desde ya, pero claro, los empleadores querrán ver tu tarjeta.

Un cordial saludo y suerte.
06/03/2011 22:57
Hola. Casi tengo el mismo caso, soy marroqui vivo en madrid llevo mas de 5 años, he ententado solicitar el permiso de resedencia, me han denegado, tengo una novia francesa trabaja aqui en madrid, me pregunta si puedo tener el permiso de resedencia con pareja de hecho.. Un saludo ..
06/03/2011 23:18
Hola. Sí, puedes obtener la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión si te inscribes como pareja de hecho con tu novia. Para hacerlo, debes primero inscribirte con ella en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad de Madrid. Tienen que acreditar que han convivido como pareja al menos 12 meses consecutivos (esto se prueba con dos testigos que declaren en tal sentido) y por lo menos uno de los dos tiene que estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid. Además, dado que ambos son extranjeros, deben presentar certificaciones de soltería o capacidad matrimonial, extendidas por el Registro Civil del país de cada uno y debidamente legalizada y traducida al castellano (para la francesa, basta un certificado plurilingüe, que viene en los idiomas de todos los países signatarios de esa Convención y no necesita legalización).

REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

Dirección
C/ Gran Vía, 18 - planta baja.


La lista detallada de requisitos, así como los impresos y la forma de pedir cita previa, las tienes en la siguiente ruta:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Tramite_FA&cid=1109168958196&definicion=Inscripcion Registro&idConsejeria=1109266187224&idListConsj=1109265444710&language=es&pagename=ComunidadMadrid/Estructura&sm=1109265843990&tipoServicio=CM_Tramite_FA

Luego, cuando ya tengas la certificación de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, podrás a la vez dirigirte a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
07/03/2011 02:30
me alegro mucho por contestar a mi pregunta, asi no es necesario que mi novia tenga nacionalidad española. por el certificado de soltera estoy divorciado, y tengo el certificado del divorcio con la fecha del año 2007 esta legalizado en el ministerio de asuntos exteriores de Marruecos y de España en el mismo año (2007), no se si es valdo todavia o necesito pedir otro.