Disiento en parte con lo expuesto por Jesusfer. El trabajador tiene derecho a los permisos para acudir a los exámenes finales, pero no para asistir a clase, ni siquiera para exámenes parciales.
Salvo que el convenio diga otra cosa, es potestad de la empresa concederle el permiso para acudir a clase o no.
Hola: Hombre, de fiesta no creo que se vaya. En todo caso irá a las clases establecidas y a los exámenes.
En concreto, el derecho lo tiene previa comunicación y justificación posterior. Y estos permisos no retribuidos, salvo que el convenio colectivo establezca otra cosa, no tienen porque recuperarse.
la cuestion es que la emplesa no tiene mas que un jornada de trabajo de 8 horas y turno partido. el trabajador se coje los miercoles por la mañana de fiesta y no lo recupera por que se niega a trabajar el sabado ya que dice que en su contrato pone que su jornada es de lunes a viernes. esto a la empresa le esta acarreando muchos problemas.
hola: El E.T. prevé en su art. 23 el disfrute de los permisos necesarios para acudir a exámenes, siempre que se curse estudios para la obtención de un título académico o profesional. En los convenios colectivos debe regularse el ejercicio y el grado de aprovechamiento necesario.
También tiene preferencia para elegir turno de trabajo y adaptación de la jornada para asistir a cursos de formación.
La denegación debe ser motivada y estar justificada si no puede suponer el derecho a indemnización de daños y perjuicios en el caso de no superación de los cursos academicos por la negativa del empresario a reconocer el derecho a elegir turno de trabajo.
si un trabajador te pide permiso para ausentarse los miercoles para asistir al intituto ¿se le puede denegar? y en el caso de no quien tiene que decidir cuando y como ha de recuperar las horas que falta en el trabajo