Buenas noches, Mi mujer va a dar a luz en junio. No tengo ni idea de como va lo de los permisos de maternidad y paternidad y lo de la reducciion de jornada.... Ella es laboral y yo funcionario. Alguine puede hacerme un resumen orientativo de como proceder?me han dicho tantas incongruencias que me pierdo ya.
La baja por maternidad son 16 semanas remuneradas al 100%. Es obligatorio para la madre , coger 6 semanas después del parto y las otras 10 semanas las puede coger la madre, o bien cederle todas al padre, o bien cederle parte para que ambos estén con el bebé simultáneamente(por la ley de igualdad). Por ejemplo, despues de las seis semanas, la madre te cede 5 semanas y se guarda otras 5 para ella, así ese tiempo los dos estáis en casa y con el contrato en suspenso.
Reducción de jornada, se puede reducir la jornada de 1/8 hasta la mitad, eso lo decide la madre/padre y la concrección horaria tambien, es decir es la madre/padre quien decide cuanto se reduce y en que horario lo hace, siempre que sea dentro de su jornada efectiva. La podeis reducir los dos a la vez porque es un derecho individual (si no estáis trabajando en la misma empresa,claro. Se puede estar con reducción de jornada mientras el hijo/a sea menor de 8 años. (para los funcionarios es más pero no recuerdo, creo que es hasta los 12 años)
Lactancia: 9 meses de lactancia. La madre/padre tiene una hora diaria que puede dividir en dos periodos a su voluntad eligiendo el horario. Si quiere o bien llegar mas tarde o salir antes (o sea reducir la jornada), entonces solo es media hora. Y también puede acumular esas horas para tener jornadas o días completas (10 ó 12 días , hay que hacer las cuentas). El permiso de paternidad son 13 días que se suman a los 2 días por nacimiento de hijo, total 15 días, remunerados al 100%.
Si eres funcionario, la cosa cambia porque hay más privilegios, míratelo porque yo te estoy hablando solo de lo general y lo específico es mejorable por convenio colectivo, o en vuestro caso por ser funcionarios.
1.- mi mujer cuando de a luz quiere acoger-se a las 16 semanas para ella.
2.-yo tendria de todos modos mis 15 dias. Con lo que coincidiriamos los primeros 15 dias despues del nacimiento.
3.- luego si los dos trabajamos, cuando ella finaliza las 16 semanas yo pediria reducción de jornada, que si junto las horas, equivale a unas 16 semanas para estar en casa con el bebé y con sueldo integro 100%.
Si eres funcionario acogido al EBEP te corresponden 5 d (permiso) 28 días (paternidad), en lugar de los habituales 2 13. De los 28 d. has de solicitar al INSS el pago de 15, el resto son a cargo de la empresa. Respecto a lo de juntar la reducción de jornada yo diría que no se puede. Si podrías juntar lo que te decía el compañero acerca de la lactancia.