Menor de 14 años es invitada a realizar viaje dentro de la Península con la familia de una amiga de la niña.
La guardia y custodia la tiene la madre. No hay Régimen de Visitas para el padre, que únicamente tiene contacto con su hija a través de un Punto de Encuentro cada 15 días durante 2 horas. En septiembre habrá revisión de esta situación y probablemente se suspenderán cautelarmente las visitas, ya que Asistencia Social consideran que comienzan a ser nocivas para la menor, ya que el padre no le dirige la palabra en todo ese tiempo.
La cuestión es: ¿Es necesario también el permiso del padre para que la menor realice ese viaje de 10 días o bastaría con la autorización sólo de la madre? El padre se niega sistemáticamente a conceder cualquier permiso a la menor, incluso en temas relacionados con el colegio. Se le ha concedido a la madre, en sentencia firme, la potestad de decidir unilateralmente para que, sólo con su permiso, la menor pueda actuar en las celebraciones del colegio, ya que el padre se niega.