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06/06/2005 11:06
Quiero exponer un problema que tenemos con nuestro convenio. Hace unos días un compañero tuvo que quedarse en un hospital porque habían ingresado a su cuñado, pidió un día de permiso por hospitalización del cuñado y un miembro del comité de empresa le dice que no le toca, el jefe de personal le dijo que lo mismo.
El convenio hace apenas cuatro meses que se ha firmado, y en su disposición final dice que lo que no contemple el convenio será de aplicación el E.T lo cual se lo expuse al jefe de personal delante del presidente del comité y del miembro que le dijo que no, el jefe de personal dijo que se habia obviado a los cuñados porque la empresa no estaba dispuesta a que los trabajadores cogiesen dias de permiso por los cuñados y que lo del estatuto de los trabajadores no era de aplicació.
En concreto el artículo dice: 2 días por intervención,hospitalización de los siguoientes familiares: padres,abuelos,hijos,nietos,hermanos,suegros y conyuge. Lo que no pone es discriminación por afinidad o consanguinidad.
Yo entiendo sobre este tema que si le corresponde, en todo caso si fuese legal el artículo tendría que poner el tipo de discriminación, por otro lado los miembros del comité no se mojarán ni en este tema y por lo que estoy viendo en muchos mas.
Haber si algun forero me puede dar luz sobre el asunto y jurisprudencia sobre el tema. Gracias
06/06/2005 11:34
El Estatuto habla de hospitalización de parientes de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad y eso es perfectamente aplicable a tu empresa y a todas, diga lo que diga el convenio.
06/06/2005 12:14
Gracias The end, lo que yo suponía. El resto del comité por la postura que ha tomado es la del mínimo esfuerzo y al servicio de la empresa, que dios nos coja confesados.
Saludos
29/07/2005 10:21
Hola Román , deberia haber gente un poco más implicada en tu comite, puedes argumentarles que ningun convenio puede estar por debajo del ET, existe una jerarquia normativa, además hay un principio que es el de irrenunciabilidad de derecho, por mucho que intenten limitar o recortar derechos en tu convenio siempre os podeis amparar en la condicion más beneficios para el trabajador.
29/07/2005 12:57
De acuerdo con los dos compañeros. No pueden negarle el permiso retribuído. El Estatuto de los Trabajadores ostenta un rango superior que los convenios colectivos, así que dile a tu compañero que está tranquilo que no le pueden descontar ningún día.

Saludos
29/07/2005 13:24
HOla.

Absolutamente de acuerdo con lo expuesto. Ningún convenio puede ir contra lo establecido en el Estatuto. cualquier clausula contraria a la Ley serái nula y se aplicaria lo que en ella se establezca.

Saludos.
29/07/2005 14:52
Tenía olvidada la pregunta, gracias por vuestras respuestas ( Ne, Nel y Ninfa).

El tema siguió de la siguiente forma:
Hice al compañero una carta argumentando el tema según unas sentencias que saque del memento de Francis Lefevre y una compañera del sindicato la avaló con su nombre (no podía poner el mío) se la entregue al compañero y este se la enseñó a uno del comité este pasó de la carta diciendo "es lo que hay".

Por desgracia para mí y el resto de trabajadores, tenemos un Comité que se ha alineado a las tesis de la empresa, a mí me han anulado por ser un personaje que cuestiono demasiadas cosas.

Que le vamos ha hacer mientras no se den cuenta los demás tendremos lo que nos merecemos.

Saludos y gracias.
29/07/2005 17:19
Hola.

Pues cuando todos los elementos se ponen en contra, solo queda hacer valer tus derechos por la vía judicial.

Saludos.
29/07/2005 20:32
Hola, estoy de acuerdo con todo lo que se ha dicho pues los convenios pueden o deben desarrollar el ET, pero no oponerse a el. En el caso de que se fuera a emprender alguna acción por la vía judicial, yo no descartaría para nada de hacer partícipes de ello a la ITSS, pues yo al menos entiendo que estos hechos son constitutivos de la infracción prevista y tipificada como falta grave en el art. 7.5 de la LISOS.

En cuanto al comité lo ideal sería revocarlos pero como no es nada fácil, tendrías que ir mirando de hacerles campaña de desprestigio cuestionando todo lo que HAGAN MAL. Por ej. si le tenéis que entregar alguna carta aseguraros que os acusan recibo de la misma, y si no hacen caso de ella pues fotocopia de ella y al tablón de anuncios. Si alguno está afiliado al mismo sindicato que ellos ídem a tal sindicato “para” que los llamen al orden. Y si los estómagos agradecidos de los dirigentes del sindicato tienen conflicto de intereses, pues le redactáis un escrito como que os pasáis en bloque a la competencia (que no digo que sea mejor, pero...), etc.
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Quiero exponer un problema que tenemos con nuestro convenio. Hace unos días un compañero tuvo que quedarse en un hospital porque habían ingresado a su cuñado, pidió un día de permiso por hospitalización del cuñado y un miembro del comité de empresa le dice que no le toca, el jefe de personal le dijo que lo mismo.
El convenio hace apenas cuatro meses que se ha firmado, y en su disposición final dice que lo que no contemple el convenio será de aplicación el E.T lo cual se lo expuse al jefe de personal delante del presidente del comité y del miembro que le dijo que no, el jefe de personal dijo que se habia obviado a los cuñados porque la empresa no estaba dispuesta a que los trabajadores cogiesen dias de permiso por los cuñados y que lo del estatuto de los trabajadores no era de aplicació.
En concreto el artículo dice: 2 días por intervención,hospitalización de los siguoientes familiares: padres,abuelos,hijos,nietos,hermanos,suegros y conyuge. Lo que no pone es discriminación por afinidad o consanguinidad.
Yo entiendo sobre este tema que si le corresponde, en todo caso si fuese legal el artículo tendría que poner el tipo de discriminación, por otro lado los miembros del comité no se mojarán ni en este tema y por lo que estoy viendo en muchos mas.
Haber si algun forero me puede dar luz sobre el asunto y jurisprudencia sobre el tema. Gracias
06/06/2005 11:34
El Estatuto habla de hospitalización de parientes de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad y eso es perfectamente aplicable a tu empresa y a todas, diga lo que diga el convenio.
06/06/2005 12:14
Gracias The end, lo que yo suponía. El resto del comité por la postura que ha tomado es la del mínimo esfuerzo y al servicio de la empresa, que dios nos coja confesados.
Saludos
29/07/2005 10:21
Hola Román , deberia haber gente un poco más implicada en tu comite, puedes argumentarles que ningun convenio puede estar por debajo del ET, existe una jerarquia normativa, además hay un principio que es el de irrenunciabilidad de derecho, por mucho que intenten limitar o recortar derechos en tu convenio siempre os podeis amparar en la condicion más beneficios para el trabajador.
29/07/2005 12:57
De acuerdo con los dos compañeros. No pueden negarle el permiso retribuído. El Estatuto de los Trabajadores ostenta un rango superior que los convenios colectivos, así que dile a tu compañero que está tranquilo que no le pueden descontar ningún día.

Saludos
29/07/2005 13:24
HOla.

Absolutamente de acuerdo con lo expuesto. Ningún convenio puede ir contra lo establecido en el Estatuto. cualquier clausula contraria a la Ley serái nula y se aplicaria lo que en ella se establezca.

Saludos.
29/07/2005 14:52
Tenía olvidada la pregunta, gracias por vuestras respuestas ( Ne, Nel y Ninfa).

El tema siguió de la siguiente forma:
Hice al compañero una carta argumentando el tema según unas sentencias que saque del memento de Francis Lefevre y una compañera del sindicato la avaló con su nombre (no podía poner el mío) se la entregue al compañero y este se la enseñó a uno del comité este pasó de la carta diciendo "es lo que hay".

Por desgracia para mí y el resto de trabajadores, tenemos un Comité que se ha alineado a las tesis de la empresa, a mí me han anulado por ser un personaje que cuestiono demasiadas cosas.

Que le vamos ha hacer mientras no se den cuenta los demás tendremos lo que nos merecemos.

Saludos y gracias.
29/07/2005 17:19
Hola.

Pues cuando todos los elementos se ponen en contra, solo queda hacer valer tus derechos por la vía judicial.

Saludos.
29/07/2005 20:32
Hola, estoy de acuerdo con todo lo que se ha dicho pues los convenios pueden o deben desarrollar el ET, pero no oponerse a el. En el caso de que se fuera a emprender alguna acción por la vía judicial, yo no descartaría para nada de hacer partícipes de ello a la ITSS, pues yo al menos entiendo que estos hechos son constitutivos de la infracción prevista y tipificada como falta grave en el art. 7.5 de la LISOS.

En cuanto al comité lo ideal sería revocarlos pero como no es nada fácil, tendrías que ir mirando de hacerles campaña de desprestigio cuestionando todo lo que HAGAN MAL. Por ej. si le tenéis que entregar alguna carta aseguraros que os acusan recibo de la misma, y si no hacen caso de ella pues fotocopia de ella y al tablón de anuncios. Si alguno está afiliado al mismo sindicato que ellos ídem a tal sindicato “para” que los llamen al orden. Y si los estómagos agradecidos de los dirigentes del sindicato tienen conflicto de intereses, pues le redactáis un escrito como que os pasáis en bloque a la competencia (que no digo que sea mejor, pero...), etc.