Hola, en el proceso laboral (1ª instancia) no es necesaria la personación (en el sentido procesal estricto) ya que no se requiere la postulación por abogado y procurador.
PERO, la ley de procedimiento obliga a anunciar que se irá asistido de letrado, con el fin de que ambas partes acudan en igualdad de armas.
Lo que yo te recomiendo es que hagas un escrito en nombre de tu cliente anunciando que irá asistido por ti.
hola, queria saber si alguno de los que tenéis experiencia en laboral me echais una mano por favor, ¿sabeis si en laboral se hace escrito de personación? es que el día 24 de marzo tengo un juicio y queria consultar el expediente. hasta ahora la demanda la ha encabezado y firmado el particular, sin que figurara yo como letrada. Muchas gracias por vuestra colaboración