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Pintura de escalera

1 Comentarios
 
15/11/2023 10:56
En Cataluña los propietarios deben sufragar los gastos comunes en proporción a su cuota de participación o de acuerdo con las especialidades fijadas por el título de constitución, los estatutos o los acuerdos de la junta.
La ley catalana autoriza a establecer sistemas distintos al legal puro, que sería el proporcional a la cuota para todos, mediante la fijación de cuotas distintas, el aumento de la cuota para determinados copropietarios, e incluso la exoneración de algunos de determinados gastos, pero ello siempre como especialidades del sistema de cuotas. Lo que no contempla es la posibilidad de establecer un sistema que, prescindiendo totalmente de la idea de cuotas, fije unas cantidades iguales para todos los propietarios.

Texto extraído de la BD de Propiedad Horizontal Cataluña de Lefebvre
Pintura de escalera
14/11/2023 20:46
En la ley de propiedad horizontal de Cataluña los gastos de pintura de escalera se pagan igual o por coeficiente