Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Piso - herencia

7 Comentarios
 
Piso - herencia
06/03/2015 17:38
Pueden mis hermanos obligarme a venderles mi parte de un piso que esta proindiviso.
Mi abogado dice que si y si no puede salir a subasta publica
06/03/2015 18:47
Obligar, obligar, no. Lo que ocurre es que si ellos quieren venderlo pueden iniciar un proceso que termine en una subasta pública y el dinero que os den por el piso será mucho menos que si se vende en el mercado normal.
Así que lo más conveniente es llegar a un acuerdo.
07/03/2015 07:53
Ellos no quieren vender, quieren quedarse con el piso y comprar mi parte. Y es un piso que tiende a subir y con una rentabilidad inmediata
07/03/2015 10:12
Pero Vd. solo tiene una participación, por lo que solo obtendría una parte de la rentabilidad. ¿no le compensa individualizarse y no depender de nadie? con lo que le den pueden cancelar deuda si la tiene, comprar algún otro activo como plaza de garaje, trastero.. que tambien tienen rentabilidad via alquiler.
07/03/2015 21:15
Si valoran bien la parte que le corresponde en el piso, venda; y como se le está diciendo aquí administre lo suyo de la mejor manera que pueda. El valor de afección en realidad es nada. Más afección tomará a lo que adquiera siendo suyo propio y exclusivo, sin que tenga que rendir cuentas a nadie. Si pleitean parte del valor del piso se lo llevará el proceso judicial y eso es una lástima (procuradores, abogados, perito...), y a todo ello sume la incertidumbre a la que se verá sometido cuando llegue la fecha de la subasta -se pueden quedar sus hermanos con su parte por menos de lo que le están ofreciendo ahora.
No de más vueltas al asunto y resuelva pronto el problema. Eso sí, para evitar sorpresas consulte las consecuencias fiscales de la transmisión (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana, y la incidencia en su declaración de la renta del año que viene.
08/03/2015 08:38
Yo tengo una discapacidad psíquica y no tengo pensión. Mi madre esta a cargo mio.
08/03/2015 08:39
La discapacidad es del 65%
08/03/2015 10:31
En el Código civil, suponiendo que estemos hablando de un supuesto de hecho regulado por él, no se hace referencia a la discapacidad del comunero.
En cuanto a ser custodio de su madre, tendríamos que ver si ella tiene algún derecho de usufructo sobre la vivienda, pero aún así, ningún comunero está obligado a permanecer en la indivisión.
La forma de arreglarse el problema es distinto en Cataluña que en Castilla, eso también debe saberlo.