Os expongo mi caso a ver si me podéis asesorar, dispongo de un piso a la venta que pertenecía a mi difunto padre, mi propósito es vender la vivienda para ya poder comprarme uno donde vivo ya que estoy de alquiler con mi mujer e hijos, el piso totalmente vacío de mi padre dispongo de una cámara conectada al wifi del vecino y ya es la 2 vez que me entran en la vivienda, por suerte a pesar de los destrozos han salido voluntariamente después de avisar yo a la policía apenas minutos de que entraran gracias al aviso de la cámara.
Me comenta la policía que al ser una segunda residencia y estar el piso vacío no se considera allanamiento de morada, se considera ocupación, y no pueden echarlo porque no se establece los de las 48h…. Me han comentado que deje muebles, juguetes y pertenecías en el piso de mi padre para así la próxima vez se pueda determinar que es un allanamiento de morada y no ocupación ….
Más que "fabricar" un delito distinto al que se está produciendo (allanamiento vs usurpación), puede colocar medidas anti okupación (hay puertas especiales, alarmas conectadas a policía...) que deberían evitar cualquier delito.
No soy abogado pero me sorprende la respuesta policial. Creo que si pasan 48 horas de la ocupación, hay que incoar el desahucio, pero si la policía llega antes de ese tiempo, los puede expulsar de la vivienda, independientemente de si es segunda, primera o quinta. Es tuya. Las alarmas sirven para eso, para que el operador, identificándose, avise a la policía de inmediato y ahí es donde pueden entrar legalmente.por allanamiento. Yo, independientemente de las respuestas, la próxima vez que tu alarma detecte la presencia de alguien, llama a otro cuerpo de policía. Suerte con esta "peste"