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Plan parcial modificado

6 Comentarios
 
Plan parcial modificado
24/10/2011 10:50
Tengo una duda que quizás es extensible a todos los actos administrativos.
Se trata de un Plan Parcial aprobado en 1993, subsanado posteriormente en 2003, aprobándose un nuevo plan parcial subsanado basándose en el de 1993.
El problema que se plantea es la legislación a aplicar. Si aplicamos una Ley de 2001 me favorece en mis pretensiones. Si aplicamos la ley de antes del 2001 no tengo nada que hacer.
La pregunta es
¿ cuando se aprueba un nuevo Plan Parcial Modificado en 2003 se inicia de nuevo el cómputo del plazo, es decir, se tiene en cuenta esa nueva fecha de aprobación y se puede tener en cuanta la Ley del 2001, o la subsanación no es suficiente para iniciar nuevo plazo y se tiene en cuenta la ley anterior por aprobarse el Plan Parcial original en 1993?
24/10/2011 11:31
No conozco ninguna forma de subsanar los planes, si conozco la figura de modificación puntual de los planes parciales.

Considerando que sea ese el problema, la modificación puntual de cualquier planeamiento afecta, exclusivamente, a las cuestiones modificadas.

Como es preceptivo, la modificación producida deberá ser conforme con la legislación vigente en el momento de su aprobación. En lo no modificado continuará con las determinaciones del plan inicialmente aprobado en 1993.

Es decir modificar no significa aprobar un nuevo plan parcial, eso debes tenerlo en cuenta. Dicho esto, si que podría impugnarse la modificación de dicho plan si como consecuencia de ello, resultara alterada la distribución equitativa de las cargas y beneficios aprobadas por el planeamiento modificado.
24/10/2011 12:12
Muchas gracias por la respuesta. Y gracias también por la rapidez.
abrazo
24/10/2011 12:14
Una cosa más, la modificación puntial de los planes parciales tienen un plazo determinado para poder realizarlos. Sin embargo pasan 10 años desde la aprobación definitiva del Plan Parcial en 1993, y la aprobación en 2003 del plan modificado7subsanado. ¿no se excede en el plazo para las modificaciones puntuales?
24/10/2011 13:11
Todos los planes parciales tienen vigencia indefinida una vez aprobados definitivamente.

En consecuencia, también son indefinidos los plazos para aprobar modificaciones puntuales o aisladas de los planes parciales. Dichas modificaciones han de estar debídamente justificadas para el sector de que se trate, por lo que, siendo sobrevenidas, no puede haber nunca un exceso en el plazo.

PD : Complemento la última frase del post anterior puesto que podría inducir a error.

" Es decir, modificar no significa aprobar un nuevo plan parcial, eso debes tenerlo en cuenta. Dicho esto, si que podría impugnarse la modificación de dicho plan si como consecuencia de ello, resultara alterada la distribución equitativa de las cargas y beneficios aprobadas por el planeamiento modificado CON RESPECTO A LA DISTRIBUCIÓN APROBADA EN EL PLAN PARCIAL MODIFICADO ".

Un saludo.



27/10/2011 09:39
Muchas gracias de nuevo "alga", tendré que intentar la contestación por otras vías. Un saludo
27/10/2011 14:05
Puedes intertarlo por otros conductos, pero es como te he indicado.

No hay nigún plazo para modificar los planes parciales, como tampoco es obligatoria su modificación, todo depende de las necesidades o cambio de criterios del ayuntamiento..