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plazo caducidad multa tráfico policía local

15 Comentarios
 
Plazo caducidad multa tráfico policía local
30/07/2009 10:48
El día 28-7-2009 aparqué el coche cerca de una residencia en donde tengo a un familiar enfemo. Estuve menos de una hora y al regresar, me encontré en el parabrisas una multa de la policía local por "aparcar en lugar prohíbido por señal".
Ha pasado más de un mes y no he recibido notificación alguna ni más noticias. ¿Existe algún plazo de caducidad para notificármela? ¿Puedo iniciar algún pliego de descargo o espero a ver si me "perdonan" por ser la primera vez? Gracias
30/07/2009 11:48
Perdón, el día de autos fue el 28-6-2009
30/07/2009 21:58
hola,el plazo de preescricion de esa multa es de un 1 año,siempre y cuando no sea puesta en el boletin oficial del estado,el unico pliege de descargo es pedir una foto de la multa en como si era su coche el que estaba mal aparcado.si no aparece la foto no pueden justificar que era su coche.un saludo.
30/07/2009 23:52
Gracias por la información, Cocoli. La policía local no sé si hizo alguna foto de mi vehículo. Yo me encontre "el papelito" sobre mi parabrisas informándome de la denuncia. Cometí la infracción y la tengo que asumir, pero, claro, pensaba que a lo mejor podía alegar algo relacionado con el motivo de mi aparcamiento que no era otro que visitar a una anciana enferma.
Pensé que existiría un plazo para NOTIFICARME la denuncia y que, si ese plazo pasaba, podría quedar nula tal denuncia. De todos modos, muchas gracias
05/08/2009 11:19
Cocoli, no líes al personal.

Las prescripciones son a los 3, 6 ó 12 meses dependiendo de la gravedad de las infracciones (leves, graves o muy graves).

Olvídate de la foto, si la denuncia es de la policía local no es necesaria prueba alguna, el mero testimonio (salvo prueba en contra) es suficiente. Yo esperaría a ver si llega, si lo hace observar que no se hayan pasado los plazos y recurrir, en ese sentido o argumentando lo que se crea conveniente.

Suerte.
05/08/2009 11:34
Fausto, lo dicho por cocoli es correcto y lo de kapitan también. El primero se refiere a la notificación y el segundo a la incoación del expediente (al inicio de su tramitación).
06/08/2009 16:13
De acuerdo, voy a esperar a ver por dónde sale la cosa. Pero cuántos meses han de pasar para que, si no contestan, se considere nula? La multa por estacionar en lugar prohibido por señal ha sido de 90 euros. Saludos
06/08/2009 23:21
La foto no es necesaria para dar valided a la multa, el agente en materia de trafico tiene caracter probatorio.
Lo que yo haria, esperar la notificacion, por si acaso se pasa aunque no suele ser habitual, y presentar recurso alegando lo que paso. Cuente que el recurso lo leera el agente denunciante y afirmara o no segun lo que ud ponga en el mismo, y le aseguro que se leen muchas burradas en los recursos.
07/08/2009 14:02
Para que no os lieis mutuamente: una cosa es la prescripción de la infracción y otra, muy diferente, es la prescripción de la sanción.
19/08/2009 10:35
Hoy, día 19 de agosto 2009, ha llegado a mi domicilio una carta portada por un funcionario (supongo) del Ayuntamiento que dice arriba

PROCESO SANCIONADOR TRAFICO
ACTUACIONES PREVIAS

(Como comenté, me encontré "un papelito" avisando de que mi coche estaba aparcado en lugar prohibido por señal el 28-6-09, es decir, 52 días antes de la fecha de hoy y ahora resumo algo de este escrito por si pueden echar un cable.)

" ...Por todo lo anterior se le formula requerimiento para que en el plazo de 15 días contados a partir del recibo de la presente notificación, remitiendo a este Ayuntaiento el nombre, apellidos y dni y el domicilio delconductor, advirtiéndole que, de no proceder a su identificación, se le instruiría expediente sancionador como autor de falta muy grave.....
(Antes de este párrafo, la carta me indica que la calificación de la falta es:leve. Y sigo)

"En el caso de que dé cumplimiento a dicho requerimiento, le sería instruído el expediente sancionador a la persona identificada como conductor/a por los hechos arriba referenciados, teniendo derecho a las bonificaciones correspondientes"

Como ya comenté, el conductor soy y aparqué mal casi una hora porque no había lugar posible en la Residencia de Ancianos que iba a visitar. Voy a responder que soy yo el conductor, pero pregunto: ¿es el momento de alegar algún motivo para que dicho expediente sancionador no se inicie?
Gracias a quien me oriente en la mejor dirección.
19/08/2009 13:39
Fausto, la no designación es muy grave, y el aparcar en lugar prohibido es leve... Lo que no sé miy bien es que pretendes alegar?

Juan S, no creo que estuviese liando a nadie...simplemente no quise entrar en eso que después es peor. Pero vamos, que sí, que notificación de la sanción, que quede claro!
19/08/2009 18:39
Por supuesto que voy a decir que el conductor que aparcó indebidamente soy yo, pero lo que pretendo alegar, si es este el momento y si lo consideráis conveniente, es que aparqué mal porque no había plaza alguna de aparcamiento disponible y ´me urgía visitar a un familiar enfermo grave en la residencia. Y que además , aunque aparqué indebidamente, no obstaculicé ni puse en riesgo a ningún vehículo o persona.
Pienso yo que, alegando esto, a lo mejor desiste de iniciar el procedimiento sancionador (aunque lo veo difícil en estos tiempos en que los ayuntamientos tienen fuerte afán recaudatorio).
20/08/2009 10:10
Mi consejo: Haz lo que se te pide, informa de quién era el conductor. Nada más (no les interesa el resto, son procedimientos distintos. Cuando te llegue la denuncia, paga en período voluntario y benefíciate del descuento. Tus argumentos de descargo no te servirán de nada, sólo para dilatar el procedimiento, si es que eso te interesa, pero acabarás pagando en el mejor de los casos sin ese descuento.
20/08/2009 11:05
Empieza a ser casi hasta habitual pero coincido con kapitan. Es que "visitar" de urgencia a un familiar.... y que no hay otro sitio para aparcar...acabas de definir todos los días cuando llego a mi casa!
21/08/2009 18:51
Informaré y pagaré, como dice Kapitán. gracias
25/08/2010 11:52
kapitan, ¿en dónde está regulado que las prescripciones son a los 3, 6 ó 12 meses dependiendo de la gravedad de las infracciones (leves, graves o muy graves)?
¿podrías decirme la norma donde encontrar eso?
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Plazo caducidad multa tráfico policía local
30/07/2009 10:48
El día 28-7-2009 aparqué el coche cerca de una residencia en donde tengo a un familiar enfemo. Estuve menos de una hora y al regresar, me encontré en el parabrisas una multa de la policía local por "aparcar en lugar prohíbido por señal".
Ha pasado más de un mes y no he recibido notificación alguna ni más noticias. ¿Existe algún plazo de caducidad para notificármela? ¿Puedo iniciar algún pliego de descargo o espero a ver si me "perdonan" por ser la primera vez? Gracias
30/07/2009 11:48
Perdón, el día de autos fue el 28-6-2009
30/07/2009 21:58
hola,el plazo de preescricion de esa multa es de un 1 año,siempre y cuando no sea puesta en el boletin oficial del estado,el unico pliege de descargo es pedir una foto de la multa en como si era su coche el que estaba mal aparcado.si no aparece la foto no pueden justificar que era su coche.un saludo.
30/07/2009 23:52
Gracias por la información, Cocoli. La policía local no sé si hizo alguna foto de mi vehículo. Yo me encontre "el papelito" sobre mi parabrisas informándome de la denuncia. Cometí la infracción y la tengo que asumir, pero, claro, pensaba que a lo mejor podía alegar algo relacionado con el motivo de mi aparcamiento que no era otro que visitar a una anciana enferma.
Pensé que existiría un plazo para NOTIFICARME la denuncia y que, si ese plazo pasaba, podría quedar nula tal denuncia. De todos modos, muchas gracias
05/08/2009 11:19
Cocoli, no líes al personal.

Las prescripciones son a los 3, 6 ó 12 meses dependiendo de la gravedad de las infracciones (leves, graves o muy graves).

Olvídate de la foto, si la denuncia es de la policía local no es necesaria prueba alguna, el mero testimonio (salvo prueba en contra) es suficiente. Yo esperaría a ver si llega, si lo hace observar que no se hayan pasado los plazos y recurrir, en ese sentido o argumentando lo que se crea conveniente.

Suerte.
05/08/2009 11:34
Fausto, lo dicho por cocoli es correcto y lo de kapitan también. El primero se refiere a la notificación y el segundo a la incoación del expediente (al inicio de su tramitación).
06/08/2009 16:13
De acuerdo, voy a esperar a ver por dónde sale la cosa. Pero cuántos meses han de pasar para que, si no contestan, se considere nula? La multa por estacionar en lugar prohibido por señal ha sido de 90 euros. Saludos
06/08/2009 23:21
La foto no es necesaria para dar valided a la multa, el agente en materia de trafico tiene caracter probatorio.
Lo que yo haria, esperar la notificacion, por si acaso se pasa aunque no suele ser habitual, y presentar recurso alegando lo que paso. Cuente que el recurso lo leera el agente denunciante y afirmara o no segun lo que ud ponga en el mismo, y le aseguro que se leen muchas burradas en los recursos.
07/08/2009 14:02
Para que no os lieis mutuamente: una cosa es la prescripción de la infracción y otra, muy diferente, es la prescripción de la sanción.
19/08/2009 10:35
Hoy, día 19 de agosto 2009, ha llegado a mi domicilio una carta portada por un funcionario (supongo) del Ayuntamiento que dice arriba

PROCESO SANCIONADOR TRAFICO
ACTUACIONES PREVIAS

(Como comenté, me encontré "un papelito" avisando de que mi coche estaba aparcado en lugar prohibido por señal el 28-6-09, es decir, 52 días antes de la fecha de hoy y ahora resumo algo de este escrito por si pueden echar un cable.)

" ...Por todo lo anterior se le formula requerimiento para que en el plazo de 15 días contados a partir del recibo de la presente notificación, remitiendo a este Ayuntaiento el nombre, apellidos y dni y el domicilio delconductor, advirtiéndole que, de no proceder a su identificación, se le instruiría expediente sancionador como autor de falta muy grave.....
(Antes de este párrafo, la carta me indica que la calificación de la falta es:leve. Y sigo)

"En el caso de que dé cumplimiento a dicho requerimiento, le sería instruído el expediente sancionador a la persona identificada como conductor/a por los hechos arriba referenciados, teniendo derecho a las bonificaciones correspondientes"

Como ya comenté, el conductor soy y aparqué mal casi una hora porque no había lugar posible en la Residencia de Ancianos que iba a visitar. Voy a responder que soy yo el conductor, pero pregunto: ¿es el momento de alegar algún motivo para que dicho expediente sancionador no se inicie?
Gracias a quien me oriente en la mejor dirección.
19/08/2009 13:39
Fausto, la no designación es muy grave, y el aparcar en lugar prohibido es leve... Lo que no sé miy bien es que pretendes alegar?

Juan S, no creo que estuviese liando a nadie...simplemente no quise entrar en eso que después es peor. Pero vamos, que sí, que notificación de la sanción, que quede claro!
19/08/2009 18:39
Por supuesto que voy a decir que el conductor que aparcó indebidamente soy yo, pero lo que pretendo alegar, si es este el momento y si lo consideráis conveniente, es que aparqué mal porque no había plaza alguna de aparcamiento disponible y ´me urgía visitar a un familiar enfermo grave en la residencia. Y que además , aunque aparqué indebidamente, no obstaculicé ni puse en riesgo a ningún vehículo o persona.
Pienso yo que, alegando esto, a lo mejor desiste de iniciar el procedimiento sancionador (aunque lo veo difícil en estos tiempos en que los ayuntamientos tienen fuerte afán recaudatorio).
20/08/2009 10:10
Mi consejo: Haz lo que se te pide, informa de quién era el conductor. Nada más (no les interesa el resto, son procedimientos distintos. Cuando te llegue la denuncia, paga en período voluntario y benefíciate del descuento. Tus argumentos de descargo no te servirán de nada, sólo para dilatar el procedimiento, si es que eso te interesa, pero acabarás pagando en el mejor de los casos sin ese descuento.
20/08/2009 11:05
Empieza a ser casi hasta habitual pero coincido con kapitan. Es que "visitar" de urgencia a un familiar.... y que no hay otro sitio para aparcar...acabas de definir todos los días cuando llego a mi casa!
21/08/2009 18:51
Informaré y pagaré, como dice Kapitán. gracias
25/08/2010 11:52
kapitan, ¿en dónde está regulado que las prescripciones son a los 3, 6 ó 12 meses dependiendo de la gravedad de las infracciones (leves, graves o muy graves)?
¿podrías decirme la norma donde encontrar eso?