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Plazo ejecución sentencia laboral

6 Comentarios
 
Plazo ejecución sentencia laboral
08/08/2020 01:42
Una sentencia firme de improcedencia con opción de la empresa por la indemnización. Cuanto plazo hay para ejecutarla? Es un año al ser una cantidad dineraria?
08/08/2020 17:29
Desde que se notifica la sentencia se abre un plazo de 5 días para que la empresa opte por la readmisión o abonar el despido improcedente, si pasados esos 5 días la empresa no opto por ninguna de las dos opciones se entenderá que opera la readmisión con lo que la empresa tendrá un nuevo plazo de 10 días para comunicar al trabajador su reincorporación y ésta tendrá que ser al menos con 3 días de antelación.
Tras esto se dan 3 opciones:
-Que la empresa no haga nada pues transcurridos estos plazos se abre un plazo de 20 días para que el trabajador demande ante el Juzgado "la no reinciorporación"
-Que opte por indemnizar y no abone la cantidad pues nuevamente 20 días para reclamar el pago
-Que readmita pero sin respetar las condiciones que tenia e trabajador anteriores al despido, nuevamente 20 días para reclamar esa incorporación anómala
09/08/2020 02:54
Jamgrrhh28
Perdona pero no lo entiendo.

La empresa optó por la indemnización dentro de los 5 días. El trabajador solo tiene 20 días para solicitar la ejecución o tiene 1 año al ser una cantidad?

Los 20 días o el año, desde que la sentencia es firme? La empresa ha anunciado suplicación por lo que hasta que pasen los 10 días para interponer lo no se sabrá si lo interponen finalmente o no, y por tanto si la sentencia es firme. Entiendo que mientras se sustancia la suplicación no corre plazo alguno para solicitar la indemnización por despido solicitada en primera instancia, correcto?
09/08/2020 04:04
El año es para interponer la reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social, ahora ya hay sts y si opta por indemnizacion pues que lo haga, si anuncia suplicación, no impide que ustedes reclamen el pago de la indemnización, si quiere esperar esos 10 días haber si hay recurso o no es cosa suya pero nada impide que reclamé el pago de la indemnización.
smo
09/08/2020 10:19
Jamgrrhh28
Gracias.

Aún así no lo veo claro. El 243.2 habla de 1 año y dado que la indemnizacion es una ejecucion dineraria, creo que es lo que aplicaria y desde que la sentencia sea firme,es decir desde que no quepa recurso.
09/08/2020 17:33
No se de dónde saca que es cuando la Sra es firme, lo que interpreto de dicho artículo es del plazo para interponer la reclamación de cantidad, un año pero aquí estamos hablando de la ejecución de sus.
smo
09/08/2020 17:35
Vaya, como siempre el traductor no entiende sts y al no fijarme puso lo que le dio la gana, una vez Sea y la 2 sus, me refería a sts.
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Plazo ejecución sentencia laboral
08/08/2020 01:42
Una sentencia firme de improcedencia con opción de la empresa por la indemnización. Cuanto plazo hay para ejecutarla? Es un año al ser una cantidad dineraria?
08/08/2020 17:29
Desde que se notifica la sentencia se abre un plazo de 5 días para que la empresa opte por la readmisión o abonar el despido improcedente, si pasados esos 5 días la empresa no opto por ninguna de las dos opciones se entenderá que opera la readmisión con lo que la empresa tendrá un nuevo plazo de 10 días para comunicar al trabajador su reincorporación y ésta tendrá que ser al menos con 3 días de antelación.
Tras esto se dan 3 opciones:
-Que la empresa no haga nada pues transcurridos estos plazos se abre un plazo de 20 días para que el trabajador demande ante el Juzgado "la no reinciorporación"
-Que opte por indemnizar y no abone la cantidad pues nuevamente 20 días para reclamar el pago
-Que readmita pero sin respetar las condiciones que tenia e trabajador anteriores al despido, nuevamente 20 días para reclamar esa incorporación anómala
09/08/2020 02:54
Jamgrrhh28
Perdona pero no lo entiendo.

La empresa optó por la indemnización dentro de los 5 días. El trabajador solo tiene 20 días para solicitar la ejecución o tiene 1 año al ser una cantidad?

Los 20 días o el año, desde que la sentencia es firme? La empresa ha anunciado suplicación por lo que hasta que pasen los 10 días para interponer lo no se sabrá si lo interponen finalmente o no, y por tanto si la sentencia es firme. Entiendo que mientras se sustancia la suplicación no corre plazo alguno para solicitar la indemnización por despido solicitada en primera instancia, correcto?
09/08/2020 04:04
El año es para interponer la reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social, ahora ya hay sts y si opta por indemnizacion pues que lo haga, si anuncia suplicación, no impide que ustedes reclamen el pago de la indemnización, si quiere esperar esos 10 días haber si hay recurso o no es cosa suya pero nada impide que reclamé el pago de la indemnización.
smo
09/08/2020 10:19
Jamgrrhh28
Gracias.

Aún así no lo veo claro. El 243.2 habla de 1 año y dado que la indemnizacion es una ejecucion dineraria, creo que es lo que aplicaria y desde que la sentencia sea firme,es decir desde que no quepa recurso.
09/08/2020 17:33
No se de dónde saca que es cuando la Sra es firme, lo que interpreto de dicho artículo es del plazo para interponer la reclamación de cantidad, un año pero aquí estamos hablando de la ejecución de sus.
smo
09/08/2020 17:35
Vaya, como siempre el traductor no entiende sts y al no fijarme puso lo que le dio la gana, una vez Sea y la 2 sus, me refería a sts.