En una demanda civil, está la parte demandante y cino demandados. Despues de admitida a trámite la demanda en juicio ordinario y remitida a las cinco partes demandadas, dichas partes ya han contestado a la demanda. Ahora, ¿que plazo tiene el juez para señalar fecha para la celebración de la Audiencia Previa?. ¿Se cumple el plazo que establece la LEC (art. 414) o se estará a que haya hueco libre en la agenda del juez?. Si se sobrepasa ese plazo, ¿para que c..... está la Ley?.