llevo 8 meses separada fisicamente de mi marido. Cuando podemos presentar la demanda conjunta de separacion, de mutuo acuerdo? Tengo entendido que es posible a partir de los 6 meses de cese de conviviencia, me equivoco?
Para la separación de mutuo acuerdo "actualmente" la ley (artículo 81 código civil) sólo establece un plazo: que haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio, un saludo.