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Plazos accidente laboral

3 Comentarios
 
Plazos accidente laboral
27/02/2004 18:16
¿Cuáles son los plazos para reclamar por accidente laboral por resp. civil, penal, laboral, o social?
Gracias.
27/02/2004 21:22
Hola Maria46. Lee la Sentencia del TS Sala 1ª de 22.01.2003 Recurso de Casacion Civil 5.303/1999 Ponente Teofilo Ortega Torres. En dicha Sentencia se habla de culpa extracontractual y accidente de trabajo, responsabilidad de la empresa, inimputabilidad del accidente al arquitecto y aparajador, prescripcion de la accion: computo del polazo : dia inicial : no es la fecha del alta medica sino la del conocimiento del alcance de las secuelas sufridas por el lesionado: remision a la fecha de la propuesta de declaracion de invalidez formulada por la Comision de Evaluacion de Incapacidades.
En concreto, en relacion con tu pregunta, plazo para reclamar por AT. Creo que el TS tiene dicho, doctrina consolidada, que si se acciona en base al articulo 1902 del CC , es decir, la culpa extracontractual, la jurisdiccion competente es la civil, pero yo considero que tambien se puede ir por la via laboral o social. Si debes saber que la jurisdiccion social,aunque mas barata,menos costos, es mas restrictiva que la civil para indemnizar las lesiones y secuelas derivadas de un AT, para dar cantidad. En todo caso, no te olvides que accionando via 1902, el plazo, sin duda, es de un año desde que el perjudicado puede ejercitar la accion.

Por contra, si la accion que ejercitas es derivada de culpa contractual, el plazo es de 15 años. Cuando existiria culpa contractual?. Pues existiria culpa contractual cuando el daño se produce en la ejecucion o desarrollo estricto del trabajo obligado a prestar en virtud del contrato de trabajo.

29/02/2004 13:00
O como dice la doctrina del TS "lo decisivo es que el daño se impute a un incumplimiento laboral y no civil". En conclusion, incumplimiento en la ejecucion del contrato, plazo de 15 años y competencia de la jurisdiccion social. Incumplimiento distinto del antes aludido, plazo de un año y competente la jurisdiccion civil.
01/03/2004 18:05
Gracias Miguel.Muy amable