Querría saber cuál es el plazo máximo para que te reclamen como avalista en ausencia del deudor principal en un préstamo personal. Hace unos 5 años que se firmó dicho préstamo y no he tenido noticias ni requerimiento de pago, tampoco contacto con el deudor desde entonces pero sé que la deuda existe. Es posible que me contengan en una lista de solvencia sin habermelo requerido antes de forma efectiva? Y es posible que la deuda estuviese ya saldada y aún así continúe apareciendo en dicha lista? MUchas Gracias
Soy la avalista de un préstamo personal de un coche y acabo de recibir una carta porque el avalado no ha pagado algunas cuotas. Hay alguna forma de renunciar a seguir siendo avalista o alguna Ley que me protega a no pagar la deuda?. Gracias.
Para Eurídice:
El plazo máximo será el de prescripción de la deuda, que por lo general es de 15 años, aunque hay otros plazos según el tipo de deuda.
Antes de meterle en una lista de morosos lo lógico es que le reclamen la deuda. Si no ha cambiado de comicilio así lo habrían hecho.
Para lidiarios:
No puede renunciar a ser avalista, es como renunciar a ser deudor. Usted avaló esa deuda de forma voluntaria y consciente (supongo) por lo que deberá pagar la deuda, aunque le queda el recurso de reclamarle al deudor principal.
Dependerá de que condicones han cambiado.
Si ha cambiado la cantidad, aumentándola, pienso que solo avalará por la cantidad inicial.
Otras condiciones habría que verlas, por ejemplo cambiar alguna garantía del préstamo podría ser si eso le perjudica.
Habría que ver que condiciones han cambiado.
Las condiciones a las que llegó con el banco fueron aplazar unas cuotas debido a que se encontraba sin trabajo y no podía pagarlas, y él tan siquiera me avisó de ello. Gracias.