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Plazos suspendidos en la seguridad social salvo los siguientes casos

1 Comentarios
 
Plazos suspendidos en la seguridad social salvo los siguientes casos
07/04/2020 10:26
""""Le recordamos que los plazos de los procedimientos de Seguridad Social, salvo en los ámbitos de la afiliación, LIQUIDACIÓN y cotización, están suspendidos para evitar perjuicios a los ciudadanos. Se mantiene la obligación de ingresar las cotizaciones en plazo.""""""

¿A QUE SE REFIERE AQUÍ CON LIQUIDACIÓN?

Lo digo porque aun no he podido presentar los papeles necesarios para mi baja por paternidad y temo perder el dinero del mismo.

Gracias
16/04/2020 11:26
Todoley
Buenos días. Pídelo por la web. Me he hecho con unas instrucciones que están mandando. Métete por ahí. Suerte, enhorabuena y saludos!!!
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Las prestaciones por nacimiento y cuidado del menor pueden solicitarse fácilmente a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede-tu.seg-social.gob.es). A través de este portal también puede tramitar el alta de su hijo como beneficiario de asistencia sanitaria, sin necesidad de aportar documento alguno. Para utilizar Tu Seguridad Social es preciso haberse registrado en el sistema CL@VE Permanente o disponer de un certificado digital.
Encontrará Vd. la solicitud de asistencia sanitaria en el siguiente enlace:
http://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/c8c3c8e2-586c-4915-a098-f6c4eaec2fba/6-071_Castellano_v10_0.pdf?MOD=AJPERES&CVID=
Recomendaciones:
Si va a identificarse con un certificado digital, utilice Internet Explorer.
Si utiliza otros navegadores, identifíquese con Cl@ve.
Si dispone de un certificado digital pero no de Cl@ve permanente, puede registrarse Ud. mismo siguiendo las instrucciones de este enlace: https://clave.gob.es/clave_Home/registro/Como-puedo-registrarme.html
Si tiene alguno de estos medios, es conveniente que los utilice, puesto que en muchos casos el expediente que se genera se resuelve automáticamente y podrá percibir antes la prestación.
Puede realizar la solicitud de estas prestaciones a través de cualquier persona que disponga de alguno de los certificados electrónicos citados y que actúe como representante de vd. Para ello solo deberá otorgarle su representación firmando un documento cuyo modelo encontrará al acceder al servicio electrónico de la prestación que desee solicitar.
https://sede.seg-social.gob.es/wps/wcm/connect/sede/57c0aa7d-1ee3-43a4-87ea-0f0d39f7147a/Modelorepresentaci%C3%B3ntr%C3%A1mitesregistro-eACCESIBLE.pdf?MOD=AJPERES&CVID
Excepcionalmente, si no dispone de certificado digital o Cl@ve permanente ni de ninguna persona cercana que pueda hacer el trámite en su nombre y solo mientras dure la actual situación, siga estas instrucciones:
Cumplimente la “solicitud de nacimiento y cuidado del menor” que corresponda a su situación (parto o adopción), fírmela y guárdela en formato PDF. Puede descargar la solicitud en este enlace:
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Servicios/34887/40968/675dcd57-75d3-4a97-926a-1ba60fa72d32
Digitalice también su DNI. De momento, no es preciso que aporte certificado de empresa o libro de familia, puesto que los datos que contienen esos documentos los recibiremos por medios telemáticos. Revise las instrucciones de la solicitud por si en su situación debe aportar algún documento adicional.
Remítanos la solicitud y su DNI (y, en su caso, el resto de los documentos. Puede hacerlo en este enlace:
https://sede.seg-social.gob.es
En la parte superior de la pantalla verá un texto sobre fondo azul. Elija la opción Presentación de otros escritos solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social. Elija la opción “Sin certificado digital”.
Siga las instrucciones que se le irán mostrando: elija la provincia donde tenga su residencia y envíenos un mensaje indicándonos: sus datos (NIF/NIE, nombre, apellidos y un teléfono de contacto) y el texto escrito que quiera dirigirnos. En el asunto debe indicar SUBSIDIOS.
Envíe los documentos en formato PDF. Si dispone de un móvil smartphone, existe una gran variedad de APPs gratuitas (Oficce Lens, Adobe Scan, Tapscanner, etc.) disponibles tanto para Android como para iOS, que le permitirán transformar las imágenes obtenidas con la cámara del móvil en ficheros PDF. Si solo consigue hacer fotos con el móvil, envíelas con la menor resolución posible para que el fichero no tenga un tamaño que dificulte su tratamiento. El uso de formatos diferentes al PDF puede originar la incompatibilidad de los ficheros, por lo que se prioriza el tratamiento de los mensajes que ya adjuntan los documentos en ese formato.
Saludos.