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4 Comentarios
 
13/12/2010 19:34
Pues sí.

Espera a enero, que es cuando te toca realmente empezar a cobrarlo, y si no te lo abonan, lo reclamas.
13/12/2010 19:30
Así lo interpreto yo pero os cuento:
En Octubre cumplí cinco años con la empresa y como tal en la nómina apareció un importe con concepto plus antigüedad, pero en la nómina de Noviembre ya no aparece y me dicen en la empresa que tal y como dice el convenio es un plus quinquenal y que se paga una vez cada cinco años.

¿Suena a chiste verdad?

13/12/2010 19:22
También es las posteriores. Pero ojo a lo establece respecto a cuando se se empieza a pagar:

"Los aumentos periódicos por años de servicio comenzarán a devengarse a partir del primero de enero del año en que se cumpla cada quinquenio, si la fecha del vencimiento es anterior al 30 de junio y desde primero de enero del año siguiente si es posterior."
13/12/2010 19:21
El plus antiguedad , una vez que se tiene derecho tiene que aparecer en todas las nominas
saludos
Plus antigüedad
13/12/2010 19:01
Convenio colectivo siderometalurgia provincia de Alicante. Dice en su artículo 51:

El personal comprendido en este convenio percibirá aumentos periódicos por año de servicio consistentes en el abono de quinquenios en la cuantía del 5 % del salario base correspondiente a la categoría en la que este clasificado.

Mi pregunta es:
Este aumento debe aparecer solo en la nómina que se liquida al cumplir cinco años en la empresa o también en las posteriores?.





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Pues sí.

Espera a enero, que es cuando te toca realmente empezar a cobrarlo, y si no te lo abonan, lo reclamas.
13/12/2010 19:30
Así lo interpreto yo pero os cuento:
En Octubre cumplí cinco años con la empresa y como tal en la nómina apareció un importe con concepto plus antigüedad, pero en la nómina de Noviembre ya no aparece y me dicen en la empresa que tal y como dice el convenio es un plus quinquenal y que se paga una vez cada cinco años.

¿Suena a chiste verdad?

13/12/2010 19:22
También es las posteriores. Pero ojo a lo establece respecto a cuando se se empieza a pagar:

"Los aumentos periódicos por años de servicio comenzarán a devengarse a partir del primero de enero del año en que se cumpla cada quinquenio, si la fecha del vencimiento es anterior al 30 de junio y desde primero de enero del año siguiente si es posterior."
13/12/2010 19:21
El plus antiguedad , una vez que se tiene derecho tiene que aparecer en todas las nominas
saludos
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Convenio colectivo siderometalurgia provincia de Alicante. Dice en su artículo 51:

El personal comprendido en este convenio percibirá aumentos periódicos por año de servicio consistentes en el abono de quinquenios en la cuantía del 5 % del salario base correspondiente a la categoría en la que este clasificado.

Mi pregunta es:
Este aumento debe aparecer solo en la nómina que se liquida al cumplir cinco años en la empresa o también en las posteriores?.