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Plusvalia , ¿influye el metodo de calculo elegido en el irpf de la venta?

2 Comentarios
 
Plusvalia , ¿influye el metodo de calculo elegido en el irpf de la venta?
13/10/2023 18:26
Buenos dias ; he buscado este tema concreto de plusvalía y no lo encuentro.
Mi consulta es sobre una herencia y los impuestos a pagar (es en Madrid).
Ya que la herencia finalmente se va a vender, en escritura y para pago de impuesto de sucesiones, pondremos el valor máximo de los inmuebles a heredar, para después pagar menor IRPF .
Pero mi duda, es a la hora de pagar plusvalía ,ya que ahora te dan dos opciones de pago por método objetivo y método real.
Mi pregunta es, si el método que se eliga para pagar en plusvalía, se tendrá también en cuenta a la hora de pagar IRPF en la venta, pues si no se tiene encuentra en el IRPF, podríamos escoger la opción mas económica. Es decir ¿Hacienda tiene en cuenta la plusvalía y concretamente el método elegido, para cuando haga la declaración de la renta después de la venta?
Espero haberlo explicado correctamente.
Gracias
14/10/2023 02:22
alb3
Mi respuesta es clara, NO.
Hacienda solo tendrá en cuenta lo valorado en escritura de herencia que debería coincidir con lo liquidado en el ISD.
16/10/2023 09:12
Esto pásalo a derecho tributario, no es estrictamente un tema de herencias, sino un tema fiscal.

Como dice el compañero hay un único valor de transmisión que es el declarado en la escritura de herencia y en la liquidación del ISD. A nivel del impuesto municipal (IIVTNU) se pueden hacer dos cálculos para calcular la plusvalía, el que resulte de la resta de estos valores declarados, o en caso de interesarle y demostrar que no ha sido tanta, un valor objetivo, dado que una cosa es el valor de la vivienda y otra el valor del terreno urbano, que es por lo que se paga el IIVTNU, ojo. Pero a efectos del IRPF lo que se vende es la vivienda, no el terreno urbano, y sigue habiendo un único valor de transmisión, y (siempre que sea como mínimo el valor de referencia) es el valor por el que habrá que declararse toda plusvalía por esa venta.
Si se decide optar por otro valor para el IIVTNU en la liquidación de este impuesto por la adquisición mortis causa, lo que tendrá repercusión no es en el IRPF, sino en la siguiente operación sujeta a IIVTNU, que será la que tendréis que presentar cuando vendáis esa vivienda.