Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

poder

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
02/09/2006 14:55
Mor, no entiendo tus mensajes. Lo siento. Posiblemente te pase como a mi, que muchas veces no me hallo y no sé lo que digo.

Saludos cordiales
02/09/2006 14:13
Efectivamente, Scarles. La culpa la tiene el secretario-administrador. Los comuneros que no tenemos ni idea de LPH. aceptamos todo lo que diga el “O”. ("para eso le pagamos"). Pasa que, el Adm.. quiso hacer las cosas tan bien hechas que le nombró propietario, y eso fue lo que más me j.... y más me llamó la atención. Es decir, el Adm. tenía especial interés en que ese vecino, en concreto, fuera presidente; porqué?, porque quedaba todo en familia (apropiaciones indebidas, comisiones, trapicheos, y todo muy bien guardadito para que nadie pueda descubrirlo). Ya dije anteriormente que a mí lo que menos me importa es que un no propietario sea presidente, secretario o administrador, siempre y cuando lo haga bien. Lo que verdaderamente me joroba es que el ILEGITIMO haya firmado, en representación de la Comunidad, dando su conformidad a menesteres que son abusivos, contrarios a la LPH. y gravemente perjudiciales para unos y muy beneficioso para otros.
Cuando le pregunté al presidente ilegítimo si era propietario me dijo que se ofreció porque el vecino estaba ausente, le volví a preguntar si era propietario y me dijo que su vida privada a mí no me importaba; le pedí unos documentos de la Comunidad y me dijo que estaba muy ocupado y que no me los podía entregar, y añadió que él no tenía nada que “lo tenía todo Felipe” (todo esto es muy sospechoso).
Fui a hablar con Felipe. Le pregunté que desde cuando era propietario el presidente (La primera vez que aparece como propietario, en el Acta es cuando se le nombra presidente), me dice que tiene un contrato de compraventa, le vuelvo a preguntar que desde cuando lo es (propietario), pues en el Registro no figura como propietario.....,
Pe pido la documentación de la Comunidad para ver algunas cosas que no me cuadran y me dice que no pueser porque todo lo tiene el presidente, le digo que el presi me ha dicho que no tiene nada .....
Al final, algo nervioso por el “lavado de cerebro”, me dice que está muy ocupado porque es viernes, le digo que entiendo que esté muy ocupado porque, efectivamente, es viernes, pero que no me tome más el pelo….. y que el lunes, a primera hora, me pasaré por allí, me dice que no estará porque tiene que ir a nosedonde….
Se queda con mi teléfono y me dice que ya me llamará para despejarme mis dudas y dejarme la documentación. Han pasado 2 años de esto y todavía a no me ha llamado. pero ya no hace falta.
Saludos cordiales.
PD. ¡Y lo peor de todo es que tengo que demandar a la Comunidad!. No puedo demandar al secretario-administrador!, ¡él es un mandao!. ¡Su nombre no aparecerá en las SENTENCIAS!. Y para mis "vecinos", y lo entiendo, ¡yo soy la mala de la película".
02/09/2006 08:58
"Un no propietario no puede ser presidente, cierto. pero cuando se le elige, y no se impugna, en tiempo y forma, dicen algunas LENGUAS, que la eleción es valida" dice cortita

Se elige un presidente. Hasta ahí es lo que sale de la Junta, ¿no?
Si alguien dice que no es propietario tiene que impugnarlo para demostrar que no lo es. En principio, podría serlo ¿por qué no?
Según tú dices vive en el edificio ya que comentas que fue presidente porque "el vecino" de al lado estaba ausente.
Los comuneros ven que vive allí y lo eligen presidente porque no saben si es propietario o no.
Culpa.... enn este caso de administrador-secretario que puede saber que no lo es y se calla. De hecho tiene que saberlo.
02/09/2006 08:15
Lo que tenían que haber hecho es haber elegido, si es que van de forma rotatoria, a la esposa, ¿o no puede ser ella presidente?
"De todas formas, veo que incapacitáis a las personas con una facilidad que hiela la sangre.
En fin, que doy por finalizada mi intervención, buena suerte." (de Patricia)

¿Quién ha incapacitado a quién?
¿Qué dice la Jurisprudencia aplicable? ¿Aplicable a qué?
02/09/2006 08:10
¿No es incapacidad acaso estar en la cama sin poder moverse? ¿para que lo han elegido presidente si estaba en esa situación? ¿Cómo va a poder ejercer de presidente en esa situación?
Lo que
02/09/2006 00:30
Pues en mi comunidad han elegido presidente a un NO propietario, según me dijo él, se ofreció a serlo porque el vecino de al lado estaba ausente (yo sé la verdadera razón, por eso impugné la elección). Y, curiosamente, cuando me tocaba a mí ser vicepresidenta (última Junta) pues me pasaron de largo. ¡Lo que hay que ver!. Menos mal que yo nunca he querido ser ni presidenta ni vicepresidenta. Así que estoy encantada.
Saludos cordiales.

PD. Gracias, patricia MV, y BUENA SUERTE también para tí.
01/09/2006 20:32
Bueno, es sencillo, ¿te has mirado la jurisprudencia aplicable? ¿a que no?
De todas formas, veo que incapacitáis a las personas con una facilidad que hiela la sangre.
En fin, que doy por finalizada mi intervención, buena suerte.
01/09/2006 15:51
Un no propietario no puede ser presidente, cierto. pero cuando se le elige, y no se impugna, en tiempo y forma, dicen algunas LENGUAS, que la eleción es valida. Pero en que quedamos. Jajajajajajaj. Esto no hay quien lo entienda, jajajajajajaja (risa nerviosa).
01/09/2006 14:20
Una pregunta.
Teniendo en cuenta la situación del padre, ¿no puede ser presidente la mujer? ¿No se puede llevar esa propuesta a la Junta? (Si es que se va haciendo de forma rotatoria por pisos).
Creo que se puede reconsiderar en vista de las circunstancias. Lo cierto es que se debería haber teniendo en cuenta antes pero vaya que tiene solución.
01/09/2006 13:50
El cónyuge debería solicitar al Juez que se declare su incapacidad. ¿Habeis pedido la incapacidad de vuestro Padre? ¿No? Pues entonces no protesteis.
01/09/2006 11:51
y si una persona mayor encama ó padeze cualquier enfermedad que no es posible levantarse de la cama?? nunca podran los hijos desempeñar ese cargo???? no se, creo que la gente mayor por muy propietario que sea sino puede ser presidente deberia poder delegar . es una opinion solamente.
01/09/2006 10:22
Si quieres participar de la vida de la comunidad deberás ser propietario, y si tu padre está incapacitado, la otra opción es que te haga un poder especial para representarle, poder que no vadrá para ser elegido presidente.
01/09/2006 09:57
pero si yo lo hago con la finalidad de ejercer en lugar d emi padre ,una por que mi padre esta esfermo y otra por que en la comunidad siempre son los mismos, pero si es por ley presento el certificado medico y ya no hay problema, pero yo lo hago por lo que ya dije y por que yo vivo alli desde hace 7 años y mi padre no se entera de la mayoria de las cosas.
01/09/2006 08:29
Y digo yo, ¿Qué coño le importará a los terceros la elección de presidente, si no pueden presentarse a la elección, ni tampoco impugnarla?

Es el síndrome postvacacional.

01/09/2006 08:24
Jajajajajajaja.

La Ley de Propiedad Horizontal siempre habla de Titulares. No de Titulares registrales salvo para el caso de deudas con la comunidad. Cuando quieras aplicamos extrictamente la Ley. Por mi encantado.

Jajajajajajaja
01/09/2006 05:26
No puede ser Vd, presidente por no ser propietario. Para acudir a las reuniones en su nombre, bastará que le haga una autorización permanente, donde consten los datos de su padre, los suyos, y que le otorga la representación permanente (firmada por él), una vez hecho, basta que se lo entregue al secretario de la comunidad y que firme un recibí de la entrega de ese documento. Se ahorra la notaría.
Los acuerdos contrarios a la ley, no son válidos.
No valdría en acuerdo privado pues no es inscribible en el registro de la propiedad, cara a que figures frente a terceros como propietario, lo digo porque si se vende uno de lso pisos, los nuevos propietarios podrían denunciar la irregularidad aplicando estrictamente la ley de propiedad horizontal.
30/08/2006 13:32
Elevarla a escritura pública te puede costar dinero, pero transmitirla en contrato privado sólo te exigirá pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y la plusvalía. Y no es necesario transmitir la propiedad completa. Valdría una parte proindivisa.
30/08/2006 10:15
pues muchas gracias lo consultare y a ver si asi lo hago, mi padre vá mayor y enfermo y ya no esta para muchos ajetreos y ponerla a mi nombre seria mucho dinero y no lo dispongo, gracias nuevamente,muy amable
29/08/2006 20:10
Que tu no puedes disponer en pleno dominio de la vivienda, no la puedes vender, ni ceder, ni alquilar ( sin consentimiento de tu padre) y todas las rentas que genere en el presente o en el futuro mientras viva, son de tu padre.
29/08/2006 17:09
y que significa que mi padre me trasmita la vivienda,reservando el derecho de usufructo?????
poder | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

poder

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
02/09/2006 14:55
Mor, no entiendo tus mensajes. Lo siento. Posiblemente te pase como a mi, que muchas veces no me hallo y no sé lo que digo.

Saludos cordiales
02/09/2006 14:13
Efectivamente, Scarles. La culpa la tiene el secretario-administrador. Los comuneros que no tenemos ni idea de LPH. aceptamos todo lo que diga el “O”. ("para eso le pagamos"). Pasa que, el Adm.. quiso hacer las cosas tan bien hechas que le nombró propietario, y eso fue lo que más me j.... y más me llamó la atención. Es decir, el Adm. tenía especial interés en que ese vecino, en concreto, fuera presidente; porqué?, porque quedaba todo en familia (apropiaciones indebidas, comisiones, trapicheos, y todo muy bien guardadito para que nadie pueda descubrirlo). Ya dije anteriormente que a mí lo que menos me importa es que un no propietario sea presidente, secretario o administrador, siempre y cuando lo haga bien. Lo que verdaderamente me joroba es que el ILEGITIMO haya firmado, en representación de la Comunidad, dando su conformidad a menesteres que son abusivos, contrarios a la LPH. y gravemente perjudiciales para unos y muy beneficioso para otros.
Cuando le pregunté al presidente ilegítimo si era propietario me dijo que se ofreció porque el vecino estaba ausente, le volví a preguntar si era propietario y me dijo que su vida privada a mí no me importaba; le pedí unos documentos de la Comunidad y me dijo que estaba muy ocupado y que no me los podía entregar, y añadió que él no tenía nada que “lo tenía todo Felipe” (todo esto es muy sospechoso).
Fui a hablar con Felipe. Le pregunté que desde cuando era propietario el presidente (La primera vez que aparece como propietario, en el Acta es cuando se le nombra presidente), me dice que tiene un contrato de compraventa, le vuelvo a preguntar que desde cuando lo es (propietario), pues en el Registro no figura como propietario.....,
Pe pido la documentación de la Comunidad para ver algunas cosas que no me cuadran y me dice que no pueser porque todo lo tiene el presidente, le digo que el presi me ha dicho que no tiene nada .....
Al final, algo nervioso por el “lavado de cerebro”, me dice que está muy ocupado porque es viernes, le digo que entiendo que esté muy ocupado porque, efectivamente, es viernes, pero que no me tome más el pelo….. y que el lunes, a primera hora, me pasaré por allí, me dice que no estará porque tiene que ir a nosedonde….
Se queda con mi teléfono y me dice que ya me llamará para despejarme mis dudas y dejarme la documentación. Han pasado 2 años de esto y todavía a no me ha llamado. pero ya no hace falta.
Saludos cordiales.
PD. ¡Y lo peor de todo es que tengo que demandar a la Comunidad!. No puedo demandar al secretario-administrador!, ¡él es un mandao!. ¡Su nombre no aparecerá en las SENTENCIAS!. Y para mis "vecinos", y lo entiendo, ¡yo soy la mala de la película".
02/09/2006 08:58
"Un no propietario no puede ser presidente, cierto. pero cuando se le elige, y no se impugna, en tiempo y forma, dicen algunas LENGUAS, que la eleción es valida" dice cortita

Se elige un presidente. Hasta ahí es lo que sale de la Junta, ¿no?
Si alguien dice que no es propietario tiene que impugnarlo para demostrar que no lo es. En principio, podría serlo ¿por qué no?
Según tú dices vive en el edificio ya que comentas que fue presidente porque "el vecino" de al lado estaba ausente.
Los comuneros ven que vive allí y lo eligen presidente porque no saben si es propietario o no.
Culpa.... enn este caso de administrador-secretario que puede saber que no lo es y se calla. De hecho tiene que saberlo.
02/09/2006 08:15
Lo que tenían que haber hecho es haber elegido, si es que van de forma rotatoria, a la esposa, ¿o no puede ser ella presidente?
"De todas formas, veo que incapacitáis a las personas con una facilidad que hiela la sangre.
En fin, que doy por finalizada mi intervención, buena suerte." (de Patricia)

¿Quién ha incapacitado a quién?
¿Qué dice la Jurisprudencia aplicable? ¿Aplicable a qué?
02/09/2006 08:10
¿No es incapacidad acaso estar en la cama sin poder moverse? ¿para que lo han elegido presidente si estaba en esa situación? ¿Cómo va a poder ejercer de presidente en esa situación?
Lo que
02/09/2006 00:30
Pues en mi comunidad han elegido presidente a un NO propietario, según me dijo él, se ofreció a serlo porque el vecino de al lado estaba ausente (yo sé la verdadera razón, por eso impugné la elección). Y, curiosamente, cuando me tocaba a mí ser vicepresidenta (última Junta) pues me pasaron de largo. ¡Lo que hay que ver!. Menos mal que yo nunca he querido ser ni presidenta ni vicepresidenta. Así que estoy encantada.
Saludos cordiales.

PD. Gracias, patricia MV, y BUENA SUERTE también para tí.
01/09/2006 20:32
Bueno, es sencillo, ¿te has mirado la jurisprudencia aplicable? ¿a que no?
De todas formas, veo que incapacitáis a las personas con una facilidad que hiela la sangre.
En fin, que doy por finalizada mi intervención, buena suerte.
01/09/2006 15:51
Un no propietario no puede ser presidente, cierto. pero cuando se le elige, y no se impugna, en tiempo y forma, dicen algunas LENGUAS, que la eleción es valida. Pero en que quedamos. Jajajajajajaj. Esto no hay quien lo entienda, jajajajajajaja (risa nerviosa).
01/09/2006 14:20
Una pregunta.
Teniendo en cuenta la situación del padre, ¿no puede ser presidente la mujer? ¿No se puede llevar esa propuesta a la Junta? (Si es que se va haciendo de forma rotatoria por pisos).
Creo que se puede reconsiderar en vista de las circunstancias. Lo cierto es que se debería haber teniendo en cuenta antes pero vaya que tiene solución.
01/09/2006 13:50
El cónyuge debería solicitar al Juez que se declare su incapacidad. ¿Habeis pedido la incapacidad de vuestro Padre? ¿No? Pues entonces no protesteis.
01/09/2006 11:51
y si una persona mayor encama ó padeze cualquier enfermedad que no es posible levantarse de la cama?? nunca podran los hijos desempeñar ese cargo???? no se, creo que la gente mayor por muy propietario que sea sino puede ser presidente deberia poder delegar . es una opinion solamente.
01/09/2006 10:22
Si quieres participar de la vida de la comunidad deberás ser propietario, y si tu padre está incapacitado, la otra opción es que te haga un poder especial para representarle, poder que no vadrá para ser elegido presidente.
01/09/2006 09:57
pero si yo lo hago con la finalidad de ejercer en lugar d emi padre ,una por que mi padre esta esfermo y otra por que en la comunidad siempre son los mismos, pero si es por ley presento el certificado medico y ya no hay problema, pero yo lo hago por lo que ya dije y por que yo vivo alli desde hace 7 años y mi padre no se entera de la mayoria de las cosas.
01/09/2006 08:29
Y digo yo, ¿Qué coño le importará a los terceros la elección de presidente, si no pueden presentarse a la elección, ni tampoco impugnarla?

Es el síndrome postvacacional.

01/09/2006 08:24
Jajajajajajaja.

La Ley de Propiedad Horizontal siempre habla de Titulares. No de Titulares registrales salvo para el caso de deudas con la comunidad. Cuando quieras aplicamos extrictamente la Ley. Por mi encantado.

Jajajajajajaja
01/09/2006 05:26
No puede ser Vd, presidente por no ser propietario. Para acudir a las reuniones en su nombre, bastará que le haga una autorización permanente, donde consten los datos de su padre, los suyos, y que le otorga la representación permanente (firmada por él), una vez hecho, basta que se lo entregue al secretario de la comunidad y que firme un recibí de la entrega de ese documento. Se ahorra la notaría.
Los acuerdos contrarios a la ley, no son válidos.
No valdría en acuerdo privado pues no es inscribible en el registro de la propiedad, cara a que figures frente a terceros como propietario, lo digo porque si se vende uno de lso pisos, los nuevos propietarios podrían denunciar la irregularidad aplicando estrictamente la ley de propiedad horizontal.
30/08/2006 13:32
Elevarla a escritura pública te puede costar dinero, pero transmitirla en contrato privado sólo te exigirá pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y la plusvalía. Y no es necesario transmitir la propiedad completa. Valdría una parte proindivisa.
30/08/2006 10:15
pues muchas gracias lo consultare y a ver si asi lo hago, mi padre vá mayor y enfermo y ya no esta para muchos ajetreos y ponerla a mi nombre seria mucho dinero y no lo dispongo, gracias nuevamente,muy amable
29/08/2006 20:10
Que tu no puedes disponer en pleno dominio de la vivienda, no la puedes vender, ni ceder, ni alquilar ( sin consentimiento de tu padre) y todas las rentas que genere en el presente o en el futuro mientras viva, son de tu padre.
29/08/2006 17:09
y que significa que mi padre me trasmita la vivienda,reservando el derecho de usufructo?????