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policía judicial

4 Comentarios
 
Policía judicial
18/09/2006 11:15
Pasa algo si los testigos de un caso mienten a la policía judicial, es decir, quiero saber si cometen esos testigos alguna infracción.
18/09/2006 12:44
Pienso que cometen falso testimonio. Ya que sus declaraciones tienen lugar dentro de la causa criminal.
Un saludo.
18/09/2006 20:08
Podría ser discutible el saber si las diligencias que puede estar llevando a cabo la policía judicial son "causa judicial" o pueden llegar a serlo, pero todavía no lo son.
Pongamos, por ejemplo, una posible investigación de la policía judicial a raíz de una información que llegue a sus oídos. Puede que tras ciertas indagaciones, que pueden incluir preguntas a testigos, seguimientos, etc., la misma policía considere que no hay ni indicios racionales de criminalidad. En este caso, constatadas por los agentes las mentiras dichas por algún testigo ¿habría causa judicial?, ¿si se diera parte de la falsedad cometida cómo actuaría el juez? ...
En conclusión, no siempre hay causa judicial, aunque es incuestionable que la propia policía (o el juez posteriormente) siempre tratará de averiguar el por qué de no declarar la verdad ya constatada
19/09/2006 11:28
¿Usted quiere decir, que si de la invesitgacion de la policia judicial se concluye que no hay indicios, no hay causa judicial, y que por tanto no hay falso testimonio? No se si le he entendido bien.
23/09/2006 16:30
DP, me gustaria saber porque no responde.
Con su intervencion usted ha sembrado en mi la duda, y algo que parecia tener claro, ahora no lo tengo.

No me referia a la causa judicial, me referia a la causa criminal, que enetiendo que es todo procedimiento cuyo objeto es precisamente la averiguacion de unos hechos aparentemente delicitivos. El falso testimonio, esta previsto para estos casos en el art. 458 . 2 CP. A eso me referia, y a eso creo que se referia tambien la persona que formuló la pregunta.

Quizas pienso que usted no le apetezca perder el tiempo con una estudiante como yo.... no le obligo a que me conteste si no quiere, faltaria más, ni se lo reprocho, es solo que usted me pone en duda con su argumento, y esperaba su respuesta. Que menos...
Pero supongo que es para usted mucho mas util y divertido andar tras el hombre de los mil nicks.

No pretendo ser hostil con usted, ni mucho menos.Es una opinion.


Un saludo
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18/09/2006 11:15
Pasa algo si los testigos de un caso mienten a la policía judicial, es decir, quiero saber si cometen esos testigos alguna infracción.
18/09/2006 12:44
Pienso que cometen falso testimonio. Ya que sus declaraciones tienen lugar dentro de la causa criminal.
Un saludo.
18/09/2006 20:08
Podría ser discutible el saber si las diligencias que puede estar llevando a cabo la policía judicial son "causa judicial" o pueden llegar a serlo, pero todavía no lo son.
Pongamos, por ejemplo, una posible investigación de la policía judicial a raíz de una información que llegue a sus oídos. Puede que tras ciertas indagaciones, que pueden incluir preguntas a testigos, seguimientos, etc., la misma policía considere que no hay ni indicios racionales de criminalidad. En este caso, constatadas por los agentes las mentiras dichas por algún testigo ¿habría causa judicial?, ¿si se diera parte de la falsedad cometida cómo actuaría el juez? ...
En conclusión, no siempre hay causa judicial, aunque es incuestionable que la propia policía (o el juez posteriormente) siempre tratará de averiguar el por qué de no declarar la verdad ya constatada
19/09/2006 11:28
¿Usted quiere decir, que si de la invesitgacion de la policia judicial se concluye que no hay indicios, no hay causa judicial, y que por tanto no hay falso testimonio? No se si le he entendido bien.
23/09/2006 16:30
DP, me gustaria saber porque no responde.
Con su intervencion usted ha sembrado en mi la duda, y algo que parecia tener claro, ahora no lo tengo.

No me referia a la causa judicial, me referia a la causa criminal, que enetiendo que es todo procedimiento cuyo objeto es precisamente la averiguacion de unos hechos aparentemente delicitivos. El falso testimonio, esta previsto para estos casos en el art. 458 . 2 CP. A eso me referia, y a eso creo que se referia tambien la persona que formuló la pregunta.

Quizas pienso que usted no le apetezca perder el tiempo con una estudiante como yo.... no le obligo a que me conteste si no quiere, faltaria más, ni se lo reprocho, es solo que usted me pone en duda con su argumento, y esperaba su respuesta. Que menos...
Pero supongo que es para usted mucho mas util y divertido andar tras el hombre de los mil nicks.

No pretendo ser hostil con usted, ni mucho menos.Es una opinion.


Un saludo