Por favor, ¿hay alguna norma que prevea a la distancia mínima en que se puede construir un polígono industrial del límite del núcleo urbano?. Otra pregunta, ¿es obligatorio poner carteles bien visibles cuando se construye un edificio o una nave insdustrial dentro del núcleo urbano, en los que conste, entre otras, fecha de inicio y terminación, características de la obra, constructor, etc.?
1º) La norma es el propio PGOU del municipio, si clasifica suelo urbanizble de uso industrial al borde del suelo urbano y tal clasificación es aprobada, ese polígono tendrá todas las bendiciones legales.
2º) Respecto al cartel la situación es semejante, si el ayuntamiento tiene vigente una ordenanza de la edificación que así lo establezca será obligatorio, sino existe ninguna no lo será.
Lo habitual es que dicha ordenanza está aprobada, prácticamente todos los ayuntamientos la tienen.
Muchísimas gracias, Alga. Y digo yo, si el Ayuntamiento de una localidad no tuviera PGOU, ¿hay alguna norma que con carácter general se aplique en estos casos?