Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Positivo en alcoholemia (0,43)

3 Comentarios
 
Positivo en alcoholemia (0,43)
07/11/2008 16:52
Hola mi pregunta es:

Que tipo de sancion apareja esta tasa?

300-600€

1 a 3 meses de retirada

Hasta 4 puntos

Si la sanción no se gradua, de tal manera que me aplican el máximo 602 €, 4 puntos, y retirada 3 meses, al amparo del artículo 69 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la LSV la puedo recurrir para que apliquen dicha graduación?

Que posibilidades aparte de esta hay para recurrir?

Hay noticias de que prosperen dichos recursos?

Para que prescriban en el año que circunstancias tienen que darse, se ha dado algún caso?
10/11/2008 09:29
Hola,

Intentare responder a sus preguntas.

1) Si Vd. no tiene " antecedentes" en esta materia y le ponen la sanción en su grado máximo si que podria recurrir alegando una violación del principio de proporcionalidad y, seguramente la falta de motivación de la imposición de la sanción en su grado máximo.

2) Tiene que tratarse de irregularidades muy escandalosas ( por ej. que se acredite que el vehiculo no estaba en el lugar el día y hora que se dice) para que la administración de su brazo a torcer en vía administrativa.. aunque algun que otro caso hay.

3) Para que la infración prescriba simplemente tiene que pasar el año sin que la administración le notifique el acuerdo de incoación del expediente sancionador y.. algun que otro caso también se da..


Saludos
18/11/2008 19:42
Letrado, imaginate que le envían la notificación 18 meses después de cometer la infracción y el infractor paga. Más tarde se entera de que ya había prescrito. ¿Le podrían devovler el dinero o "no había obligación de pagar, pero si se paga se entiende que está bien pagado"?
19/11/2008 11:16

Si realmente se consigue una resolución en via adminsitrativa que declare que la infracción estaba prescrita ( lo cual es casi un milagrito..) lo que se deberia de hacer es instar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos por parte de la Administración. ( y armarse de paciencia hasta que finalmente se vuelve a recibir el dinero)

Saludos
Positivo en alcoholemia (0,43) | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Positivo en alcoholemia (0,43)

3 Comentarios
 
Positivo en alcoholemia (0,43)
07/11/2008 16:52
Hola mi pregunta es:

Que tipo de sancion apareja esta tasa?

300-600€

1 a 3 meses de retirada

Hasta 4 puntos

Si la sanción no se gradua, de tal manera que me aplican el máximo 602 €, 4 puntos, y retirada 3 meses, al amparo del artículo 69 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la LSV la puedo recurrir para que apliquen dicha graduación?

Que posibilidades aparte de esta hay para recurrir?

Hay noticias de que prosperen dichos recursos?

Para que prescriban en el año que circunstancias tienen que darse, se ha dado algún caso?
10/11/2008 09:29
Hola,

Intentare responder a sus preguntas.

1) Si Vd. no tiene " antecedentes" en esta materia y le ponen la sanción en su grado máximo si que podria recurrir alegando una violación del principio de proporcionalidad y, seguramente la falta de motivación de la imposición de la sanción en su grado máximo.

2) Tiene que tratarse de irregularidades muy escandalosas ( por ej. que se acredite que el vehiculo no estaba en el lugar el día y hora que se dice) para que la administración de su brazo a torcer en vía administrativa.. aunque algun que otro caso hay.

3) Para que la infración prescriba simplemente tiene que pasar el año sin que la administración le notifique el acuerdo de incoación del expediente sancionador y.. algun que otro caso también se da..


Saludos
18/11/2008 19:42
Letrado, imaginate que le envían la notificación 18 meses después de cometer la infracción y el infractor paga. Más tarde se entera de que ya había prescrito. ¿Le podrían devovler el dinero o "no había obligación de pagar, pero si se paga se entiende que está bien pagado"?
19/11/2008 11:16

Si realmente se consigue una resolución en via adminsitrativa que declare que la infracción estaba prescrita ( lo cual es casi un milagrito..) lo que se deberia de hacer es instar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos por parte de la Administración. ( y armarse de paciencia hasta que finalmente se vuelve a recibir el dinero)

Saludos