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Potestad sancionadora

2 Comentarios
 
Potestad sancionadora
24/09/2007 18:06
¡ Hola a todos/as !
Ayer( domingo ), estando de viaje por Cordoba (capital),estacione mi coche en zona azul y por ser festivo y no estar acostumbrado a ello en otras ciudades , no retire el tiket correspondiente y a la vuelta me sorprendio una sancion de la famosa " HORA".Ya sé, que la ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento, pero por amor propio, y esta es mi pregunta:
¿ Tiene potestad sancionadora la persona que me multó,no siendo esta Policia municipal ? ¿ Es legal ?.
Gracias de antemano
27/09/2007 13:35
Si la denuncia es de un agente de la ORA, sin que esté visada por un funcionario público (Policía Local), únicamente tiene el valor de denuncia voluntaria, como la que puede efectuar cualquier ciudadano.

Ello implica que su declaración no resulta probatoria de los hechos denunciados, tal y como ocurre con las denuncias formuladas por los agentes encargados de la vigilancia del tráfico.

Salvo mejor opinión.

PD: La potestad sancionadora la ostenta la alcaldesa de Córdoba, no la Policía Local.
27/09/2007 17:15
para " res publica " :
Muchas gracias por tu aclaracion,habiendome sacado a la vez del desconocimiento sobre la potestad sancionadora de la Policia Local
Potestad sancionadora | PorticoLegal
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Potestad sancionadora
24/09/2007 18:06
¡ Hola a todos/as !
Ayer( domingo ), estando de viaje por Cordoba (capital),estacione mi coche en zona azul y por ser festivo y no estar acostumbrado a ello en otras ciudades , no retire el tiket correspondiente y a la vuelta me sorprendio una sancion de la famosa " HORA".Ya sé, que la ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento, pero por amor propio, y esta es mi pregunta:
¿ Tiene potestad sancionadora la persona que me multó,no siendo esta Policia municipal ? ¿ Es legal ?.
Gracias de antemano
27/09/2007 13:35
Si la denuncia es de un agente de la ORA, sin que esté visada por un funcionario público (Policía Local), únicamente tiene el valor de denuncia voluntaria, como la que puede efectuar cualquier ciudadano.

Ello implica que su declaración no resulta probatoria de los hechos denunciados, tal y como ocurre con las denuncias formuladas por los agentes encargados de la vigilancia del tráfico.

Salvo mejor opinión.

PD: La potestad sancionadora la ostenta la alcaldesa de Córdoba, no la Policía Local.
27/09/2007 17:15
para " res publica " :
Muchas gracias por tu aclaracion,habiendome sacado a la vez del desconocimiento sobre la potestad sancionadora de la Policia Local