Vamos a ver, no me entero. Cuando un empleado incumple el período de preaviso estipulado en el convenio colectivo al que está acogida la empresa para la que trabaja a la hora de solicitar la baja voluntaria:
- ¿Se le descontarían los días que faltaron para cumplir con el preaviso o no? En ese caso, ¿se le podría tocar el salario o solo la parte correspondiente a vacaciones y pagas extras pendiente?
He leído varios post en este foro y cada vez estoy mas liado. En unos se dice que si en otros que no en otros que solo de la liquidación en otros que del total pendiente de cobrar incluído el salario.....
Hola, - Sí. - No te líes: pagas extras y vacaciones, también son salario (sólo que de devengo superior al mes). Se puede descontar la indemnización del salario, las pagas, las vacaciones y lo que quieras...